Percorsi europei di diritto privato e comparato

AutorGabriel García Cantero
CargoCatedrático Emérito de Derecho Civil
Páginas1427-1430

DIURNI, AMELIA y HENRICH, Dieter: Percorsi europei di diritto privato e comparato, Giuffr Editore (Milano, 2006), 266 pgs.

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La doctrina comparatista italiana en el actual momento histórico, es, probablemente, la mejor situada y organizada dentro de las estructuras universitarias europeas con vistas a la docencia e investigación de los temas de su especialidad. Es sabido que los planes de estudio de cada Universidad de aquel país deben contener, al menos, una asignatura troncal sobre Derecho Comparado, a la que se añaden, con frecuencia, otras especialidades facultativas. Nada extraña que se hayan multiplicado en los últimos años las publicaciones de todo tipo dirigidas a los estudiantes, ante una demanda cada vez creciente. La obra que recensiono -cuyo original título Percorsi sugiere algo dinámico en su concepción- se sitúa en esta dirección, matizada por algunas connotaciones dignas de resaltarse.

Es fruto de una prolongada colaboración iuscomparativa germano-italiana entre las Universidades de Regensburg y Verona, lo que indudablemente ha ampliado su horizonte temático y metodológico, aunque, por otro lado, pudiera también condicionarlo de algún modo, y, además, se indica en el prefacio que viene a adaptar otra obra anteriormente publicada en alemán. Es un manual escolar que aspira a estar rigurosamente al día en sus datos significativos, tal como resulta de la notable atención prestada al nuevo Código Civil holandés de 1992, a la legislación escandinava y a la evolución de la legislación civil en los antiguos países socialistas del este europeo; añádase el dato de recoger la ampliación de la UE en el 2004 a diez nuevos países (aunque no alcanza el ingreso de Bulgaria y Rumania en el 2007), así como el del amplio comentario de la Schuldrechtmodernisierungsgesetz alemana que entró en vigor el 2002 y del importante proyecto de reforma del Derecho de Obligaciones francés promovido por el Profesor CATALÁ; sin olvidar la puntual información sobre los diversos proyectos de unificación del Derecho Privado europeo, no limitándose al consabido Proyecto Lando (en efecto, además de los Principles of European Contract Law -PECL en sus siglas usuales- menciona los de UNIDROIT, el Code Européen des Contrats dirigido por Gandolfi, los Principles of European Tort Law, el Common-Core Project coordinado por MATTEI y BUSSANI y las iniciativas del Study Group on a European Civil Code, y de la Society of European Contract Law, animada por SECOLA. A título anecdótico cabe añadir que no se deja de aludir en la obra al serioPage 1428 problema lingüístico que padece ya la UE (se han admitido en 2005 tres idiomas de trabajo -alemán, francés e inglés-, aunque lo habitual sea el uso de los dos últimos con cierta tendencia monopolizadora del inglés), invocándose sorprendentemente el recurso al...

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