Directiva 2011/70/EURATOM del Consejo de 19 de julio de 2011 por la que se establece un marco comunitario para la gestión responsable y segura del combustible nuclear gastado y de los residuos radiactivos. (DOUE núm. 199, de 2 de agosto de 2011)

AutorDavid Arribas Gómez
CargoEstudiante en Prácticas del Centro Internacional de Estudios de Derecho ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Páginas10-11

Page 10

Temas Clave: Residuos Radiactivos; Gestión de residuos;

Resumen:

El propósito de la Directiva es establecer un marco de seguridad en la gestión de los residuos radiactivos y combustible nuclear gastado, incluyendo los residuos procedentes del previsible desmantelamiento de instalaciones nucleares existentes. Se pretende proteger así a la población y en especial a las generaciones venideras de los peligros que derivan de las radiaciones ionizantes.

La Directiva, con un total de diecisiete Artículos, se estructura en tres capítulos, y aparecen rubricados de la siguiente forma, Capítulo I, «Ámbito de aplicación, definiciones y principios generales», Capítulo II, «Obligaciones» y por último Capítulo III, «Disposiciones finales».

Su ámbito de aplicación se circunscribe a la gestión de residuos irradiados y combustible nuclear gastado desde su generación hasta su almacenamiento definitivo siempre y cuando procedan de actividades civiles, se complementa así con el ámbito de aplicación de la Directiva 2006/21. Como principio general se establece que cada uno de los Estados miembros será el responsable último en la gestión de los residuos de carácter radiactivo y combustible nuclear gastado que se hayan generado en su territorio. Por otra parte, además de la precisión que ofrecen las definiciones de conceptos del Artículo 3, la piedra angular de la Directiva es la obligación para los Estados miembros de establecer un marco nacional de actuación, que implica la existencia de medidas organizativas, legislativas y reglamentarias. Se especifica en el Artículo 5.1 el contenido del marco nacional, entre otras, destaca la obligada inclusión de un sistema de concesión de licencias para las instalaciones o las actividades de gestión de los residuos, de un sistema de fiscalización basado en inspecciones reglamentarias con presentación de informes y la asignación de responsabilidades a los organismos que intervengan en las diferentes etapas de la gestión de los combustibles gastados de origen nuclear y de los residuos irradiantes. Se apostilla que el marco nacional asignará responsabilidades en base a quien haya generado esos residuos de carácter radiactivo, o a los titulares de las licencias a quienes los organismos competentes hayan autorizado su gestión. El denominado marco nacional también integrará un programa nacional para la aplicación de la política acordada sobre gestión de residuos irradiados y combustible nuclear usado, que contemplará...

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