Jurisprudencia de la Dirección general de los Registros y del Notariado

AutorGinés Cánovas Coutiño
CargoRegistrador de la Propiedad
Páginas32-34

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Bienes gananciales. En nuestro régimen hipotecario no existen inscripciones extendidas expresamente a favor de la sociedad de gananciales como persona jurídica independiente de las personas físicas que la han constituído, sino que los bienes y derechos aparecen inscritos a nombre del marido o de la mujer, con ciertas circunstancias o datos que permiten su atribución a un grupo patrimonial de fines peculiares y régimen característico.

Resolución de 11 de octubre de 1941 B. O. de 5 de noviembre

En escritura autorizada en Oviedo a 20 de marzo de 1936 por el Notario D. Benedicto Blázquez Giménez, comparecieron doña Rosaura Menéndez Suárez y doña María de las Nieves Suárez Menéndez, y su esposo D. Graciano Martínez Navalón, haciéndose constar: que D. Florentino Suárez.Arenas, esposo y padre de las comparecientes, falleció bajo testamento, en el que instituyó herederos a sus hijos D. Félix, doña María de las Nieves y doña María Oliva, y al concebido (luego llamada Flora) ; que fallecidas doña María Oliva y doña Flora, fué declarada heredera su madre, doña Rosaura; que ésta renunciaba a cuantos derechos le pudieran corresponder en la herencia de su esposo, D. Florentino, y en la sociedad conyugal que con él formó; que la misma doña Rosaura renunciaba también a los derechos que le correspondían como heredera de sus hijas,, doña María Oliva y doña Flora; que por otra escritura de la misma fecha, y ante el propio Notario, D. Félix vendió a doña María de las Nieves cuantos derechos y acciones le correspondían en la herencia del padre porPage 33precio de 500 pesetas, manifestando el marido de la compradora, don Graciano Martínez, al conceder la oportuna licencia marital, que el dinero importe de la adquisición era de la propiedad exclusiva de su esposa, y consentía, por tanto, en que los bienes se inscriban a nombre de ella.

Presentadas dichas escrituras, con los documentos complementaríos, en el Registro de la Propiedad de Oviedo, el Registrador interino, titular de Pola de Lena, denegó su inscripción (anotación expresa la notai con evidente error de técnica, según señala la Dirección), entre otros defectos que np interesan, porque siendo ganancial la. adquisición de derechos hereditarios, la manifestación hecha por el marido de que consiente la inscripción de los bienes a nombre de la mujer, no basta a remover...

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