AA. VV. (Dir. R. CALVO ORTE GA): Fiscalidad de las Entidades de Economía Social (Cooperativas, Mutuas, Sociedades Laborales, Fundaciones, Asociaciones de Utilidad Pública, Centros Especiales de Empleo, Empresas de Inserción Social), Civitas, 2005

AutorElisa I. García Luque
CargoProfesora Titular de E. U. de Derecho Financiero y Tributario Universidad de Málaga

Con esta obra, el profesor CALVO ORTEGA dirige un extenso y elaborado trabajo sobre un tema de actualidad y reconocida trascendencia no solo en el ámbito fiscal español sino también en el europeo: el régimen tributario de las entidades de economía social. La presente monografía recopila los extraordinarios trabajos del director de la obra y de los profesores, ALGUACIL MARÍ, CALVO VERGEZ, CUBEDO TORTONDA, DE LUIS ESTEBAN, GARCÍA CALVENTE, LUCAS DURÁN, RUIZ GARIJO y VAQUERA GARCÍA, quienes apoyados en tan magnifico maestro, imprimen a la obra, el mismo concepto y el mismo método de los que parte el ilustre profesor a lo largo de su dilatada trayectoria académica.

Antes de iniciar la exposición de aquellos aspectos más significativos de la monografía que reseñamos, consideramos conveniente dejar constancia de un mérito añadido en la realización de este trabajo. Nos referimos a la gran complejidad y dispersión normativa de la que parten los autores habida cuenta de la forma tan asistemática con la que se han ido anidando numerosas medidas de apoyo a las entidades de economía social y a la que se enfrentan obteniendo como resultado un estudio sistemático y claro del régimen tributario de cada una de estas entidades y de las subvenciones concedidas a las mismas por el Estado y las CCAA. No cabe duda de que se trata de un tema de gran importancia y trascendencia en un modelo de Estado como el nuestro en el que las entidades de economía social se convierten en un poderosos aliciente para la realización de determinadaza actividades de interés general, y con ello, para la consecución efectiva del desarrollo y bienestar social implícito en el Estado Social y Democrático de Derecho establecido en nuestra Carta Magna.

La monografía se estructura en ocho capítulos y un anexo. Así, en el capítulo primero se exponen las razones de la fiscalidad específica aplicada a las entidades de economía social en general; en el capítulo segundo, se inicia el estudio de las cooperativas, dividiéndose el trabajo en cuatro partes: la primera dedicada a la Sociedad Cooperativa Europea; la segunda al régimen tributario actual en el ordenamiento español; la tercera a las reflexiones sobre el futuro fiscal de las cooperativas, y la cuarta a señalar las zonas oscuras y los puntos de debate de la contabilidad. El capítulo tercero se ciñe a la tributación de las Mutuas Generales, Mutualidades de Previsión Social y de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales, el capítulo cuarto a la de las Sociedades Laborales; y el quinto a la fiscalidad de las Entidades sin Fines Lucrativos: Fundaciones y Asociaciones de Utilidad Pública. En ella se incluyen dos partes: por un lado, el régimen tributario en el ordenamiento español y por otro, las entidades sin ánimo de lucro en los principales ordenamientos de la UE. A continuación, en el capítulo sexto se analiza el marco normativo y el régimen tributario de los Centros Especiales de Empleo, abordándose más tarde el estudio de las empresas de Inserción social en el capítulo séptimo; y por último, en el capítulo octavo, se plantea la relación que presenta el régimen de todas estas entidades con las Ayudas de Estado. Finalmente se incorpora un anexo muy trabajado centrado en las subvenciones del Estado y de las CCAA a las Entidades de Economía Social.

Pues bien, en el Primer Capítulo titulado "ENTIDADES DE ECONOMÍA SOCIAL: RAZONES DE UNA FISCALIDAD ESPECÍFICA", el profesor CALVO ORTEGA elabora los cimientos con los que poder sostener el régimen tributario peculiar y específico de dichos entes. En primer lugar, aporta una definición de economía social que engloba una gran diversidad de entidades basándose en tres elementos esenciales: a)la realización de un interés general, b) que ésta sea llevada a cabo por sujetos privados de naturaleza empresarial y c) que éstos tengan sus facultades dominicales limitadas específicamente por la ley; pasando revista a todas y cada una de las entidades que quedan...

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