Las Diputaciones Provinciales analizadas por sus miembros

Páginas177-246
CAPÍTULO IV
LAS DIPUTACIONES PROVINCIALES
VISTAS POR SUS MIEMBROS
1. LA CONEXIÓN (INEXISTENTE) CON LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL
DEL TRIENIO LIBERAL
Además de lo que normativamente pueda establecerse, es importante también
conocer cuál era la opinión que los miembros de la Diputación tenían de la propia
Corporación, con especial atención a la consideración global que tenían de sus atri-
buciones y competencias. Adquiere esta cuestión una importancia peculiar pues, en
realidad, las Diputaciones provinciales de 1836 deberán partir prácticamente de
cero: si bien contaban con unos antecedentes legislativos que regulaban su funcio-
namiento (en especial la Instrucción de 1823), su existencia práctica había sido muy
corta en el tiempo, reducida al último año del Trienio Liberal. Por este motivo, las
nuevas Diputaciones deberían hacer frente a sus responsabilidades con un margen
muy estrecho de memoria histórica sobre etapas anteriores.
En el caso de Tarragona, las conexiones con el pasado fueron, si cabe, aún más
difíciles de establecer: todavía no se ha localizado el fondo documental de la pri-
mera Diputación de Tarragona, con lo cual poco se podía ilustrar la Corporación de
1836 respecto a la de 1822-1823. Tan sólo un diputado de los de 1822, Rafael de
Magriñá, tendrá un lugar en la Diputación de 1836 y posteriores. El resto de nom-
bres destacados en los años veinte, los diputados provinciales Joaquín Tarín,
Joaquín Alcoriza o Salvador Alba, que tantas gestiones hicieron para conseguir la
capitalidad provincial de Tarragona1, desaparecen del mapa político e institucional.
Tampoco Guillem Oliver, el gran propulsor de las aspiraciones de capitalidad pro-
vincial de la ciudad de Tarragona, tendría presencia en Tarragona, pues su vincula-
ción a la Junta de Comercio de Barcelona y a su Ayuntamiento (del que sería alcal-
de en 1837) le alejaron totalmente de la Diputación de Tarragona de 18362.
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1Vid. José ADSERÁ MARTORELL, Tarragona..., 87-123, y 161-193; Salvador-J.
ROVIRA i GÓMEZ, La comissió..., 11-26.
2Sobre Guillem Oliver, vid.: José ADSERÁ MARTORELL, Tarragona..., 59 y ss.; Ernest
LLUCH MARTÍN, El pensament econòmic a Catalunya (1760-1840). Els orígens ideològics
del proteccionisme i la presa de consciència de la burgesia catalana (Barcelona 1973),
En 1836, la conexión con el pasado de la Diputación se basaba no tanto en
aspectos institucionales como personales, en el conocimiento que hubieran podido
tener de su actuación hombres como Rafael de Magriñá, y quizá en menor medida,
José Antonio de Castellarnau y de Camps (que sería, aunque por pocos meses, el
primer Depositario de la Diputación en 1836), y José F. Ixart y Pi, diputado pro-
vincial en 18363.
Por estos motivos tiene aun si cabe mayor interés comprobar cuál era la visión
que los primeros diputados tenían de sí mismos como miembros de la Corporación,
sin olvidar qué pensaba el Jefe político, presidente de la misma. Y analizar, por un
lado, si esta visión se correspondía con la que establecía la normativa vigente; y,
por otro, comprobar si en otras Diputaciones provinciales se tenía una impresión
similar.
2. MANIFIESTOS DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE TARRAGONA
DE 1836
Los pasos previos
El 26 de enero de 1836, el Gobernador civil de la provincia, Juan López de
Ochoa, publica una alocución titulada “Habitantes de la provincia de Tarragona”4,
complementaria de la circular de la misma fecha que establecía instrucciones sobre
el procedimiento electoral de los diputados provinciales, en especial en los pueblos
de menos de 200 vecinos, tal como disponía el Real decreto de 21-9-1835. Esta alo-
cución se verá completada semanas más tarde con el discurso que pronunciará con
motivo de la instalación de la Diputación provincial, en marzo de 18365. Sorprende,
sin embargo, que al contrario que la mayor parte de las Diputaciones provinciales,
la de Tarragona no hiciera un manifiesto o alocución pública dirigido a los habi-
tantes de la provincia con motivo de su instalación. Sí lo hizo con motivo de los
hechos de La Granja6. Meses más tarde, la segunda Diputación, formada en octu-
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LAS DIPUTACIONES PROVINCIALES EN SUS INICIOS: TARRAGONA, 1836-1840
235-257, M. Antònia FERRER iBOSCH, “El programa urbanista de Guillem Oliver, síndic per -
soner de la ciutat de Tarragona l’any 1819; Diputat a Corts per Catalunya l’any 1820 i
Regidor de Tarragona el 1822-1823”, en Revista Técnica de la Propiedad Urbana
(Tarragona), 27 (1977), 115-122. De la misma autora: La ciutat de Tarragona cit.; y
“Guillem Oliver i Tarragona”, en Butlletí del Cercle d’Estudis Històrics i Locals Guillem Oliver
(Tarragona), 3 (1989), 6-9, que incluye una relación de obras del propio Oliver.
3Vid. Salvador-J. ROVIRA iGÓMEZ, Josep-Francesc Ixart..., 148 y ss.
4BOPT, 26-1-1836. Lo citamos como “Alocución”.
5ADT, Acta 2-3-1836. El discurso se publicó en BOPT, 4-3-1836. El texto recogido
en el acta de la sesión difiere en algunas palabras del publicado, probablemente porque el
secretario no tenía a la vista el discurso. Lo citamos como “Instalación”.
6ADT, Acta 13-8-1836. El párrafo más interesante a nuestro propósito es el siguien-
te: " ...solícita la Diputación en el deber de ser órgano fiel de vuestros sentimientos repre-
sentará a S.M. mañana mismo cuáles han sido vuestros votos á la vista de las ultimas ocu-
rrencias de Madrid. Afortunadamente uno es el voto, unos los sentimientos de todos los
bre de 1836, publicaría un manifiesto que nos sirve también de orientación a nues-
tro propósito7.
Los manifiestos de la Diputación provincial de Tarragona
¿Cuáles son los puntos más destacados de estas primeras referencias a la
Diputación provincial?
1) Papel protector de la Corona
“...Vuestro propio interés reclama, y la maternal solicitud de la mejor de las
Reinas, ejercida por su Augusta Madre la inmortal CRISTINA exige...”
(Alocución).
2) La Diputación provincial, representación de los habitantes de la provincia
“...Que los pueblos comprendidos dentro del círculo de este Gobierno civil no
continúen privados por más tiempo de los incalculables beneficios que ha de derra-
mar sobre ellos la mejor y la mas útil de las instituciones del sistema libre repre-
sentativo”. (Alocución)
“...[la Diputación] está bien persuadida que no os son desconocidos [sus princi-
pios] cuando acabáis de dispensarle vuestra confianza y habéis puesto en sus manos
la custodia de vuestros más gratos derechos”. (“Habitantes de la provincia de
Tarragona”).
3) Los objetivos de la Diputación provincial
“La mejora de la suerte de todos y cada uno de sus vecinos; el aumento de la
riqueza pública, el fomento de la Agricultura, Comercio y de todos los géneros de
industria, dependen del acierto de esta operación”. (Alocución).
“Buscad para vuestra Diputación provincial el patriotismo, la honradez, la pure-
za, la instrucción, los conocimientos prácticos del país, y el amor más decidido a
las libertades patrias”. (Alocución).
“[La Diputación es la] égida que ha de poner los pueblos a cubierto de los ata-
ques que de cualquier modo se dirijan contra su bienestar; manantial de todo géne-
ro de bienes que fecundará indudablemente el hermoso y feracísimo campo de la
agricultura, industria8y comercio, y que hará sentir su benéfico influjo desde el
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LAS DIPUTACIONES PROVINCIALES VISTAS POR SUS MIEMBROS
nacionales de Cataluña... Unámonos alrededor del Patriota y esclarecido General que tan-
tas pruebas tiene dadas en favor de la libertad y del trono legítimo: La unión asegura nues-
tros derechos y el premio de tanta constancia, a cuyo fin se ha puesto la Diputación en
comunicación con S.E., y veamos la Europa dignos de ser libres y llevemos á la inmortali-
dad el nombre de los liberales españoles".
7BOPT de 20-10-1836. El manifiesto lo citamos como “Habitantes de la provincia de
Tarragona”; es de fecha 19-10-1836, y está firmado por el Gobernador civil interino, como

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