De Dios, Salustiano: El Consejo Real de Castilla (1585-1522). Editorial del Centro de Estudios Constitucionales, Madrid, 1982, 518 págs.

AutorManuel Medina de Lemus
Páginas770-772

El tema del Consejo de Castilla parecía gastado en su investigación 1 cuando ha venido a redescubrirlo el libro que comentamos aportando una especial metodología, desde la que puede abordarse cualquier instituto histórico, y de la cual resulta un estudio muy completo del órgano colegiado y un vasto panorama de sugerencias para ulteriores análisis que continúen el diseño originariamente trazado.

Porque, hasta ahora, al precisar el nacimiento de una institución, o se pretende una creación ex nihilo en un momento concreto, o se intuye una perfecta continuidad histórica, incurriendo en ambos casos en una auténtica desconexión con la realidad social. Y lo que se trata es de exponer:

- El proceso que conduce a la aparición del instituto con los elementos que lo definen, en suma, sus antecedentes históricos.

- La institución caracterizada conceptualmente y explicitada en el soporte de una estructura típica.

Tal es el criterio que sigue escrupulosamente Salustiano de Dios, dividiendo su libro en dos partes, homogéneas en número de páginas, y cada una, a su vez, desgranada en una sistemática impecable que aporta criterios y conceptos progresivamente hasta desentrañar el último estrato de la figura analizada.Page 770

La primera parte recoge los -Precedentes, constitución y evolución histórica-. La prehistoria de los elementos jurídicos que configuraron la institución no puede dar razón de su génesis porque la sucesión cronológica de éstos no implica ninguna relación causal con ella 2. Es preciso un planteamiento que explique el régimen jurídico del instituto funcionando en su medio histórico y alojado en el contexto social en que se desenvuelve, con todo el complejo de intereses que le inspiran y dinamizan positiva o negativamente.

Así aparece el Consejo de Castilla como un órgano que desde unos perfiles imprecisos va consolidándose poco a poco, al socaire de un vigoroso proceso de institucionalización de la Monarquía que coincide con el suyo propio. Para ello habrá de prevalecer sobre afanes de control por parte de nobles y ciudades que quieren dominarlo por la simple razón de que en él se ventilan importantes intereses:

- El Consejo, órgano permanente del Estado, defendía sin reservas el poder real frente a Gobernadores, Condestables, Almirantes, etc., señores de vasallos que amparan ante todo los lugares de señorío.

- En Consejo se distribuye la renta de la Corona en forma de tierras, tenencias o mercedes en dinero, etc., aspecto esencial para la...

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