Dinero Electrónico: revisión de las dos caras de la moneda

AutorDimitris Kyriakou
CargoIPTS

Asunto: Los recientes enfoques innovadores y asociaciones comerciales están destacando las posibilidades del uso de dinero electrónico, así como los riesgos asociados. Los problemas identificados por los análisis del IPTS hace más de dos años permanecen sin resolver.

Relevancia: Aunque es una realidad que la llegada del dinero electrónico forma parte necesaria e inevitablemente de la creciente comercialización de Internet, y puede fomentar el comercio, puede también anunciar consecuencias bastante drásticas y no necesariamente bienvenidas para las políticas tributarias, bancarias e incluso monetarias.

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Análisis

El número de usuarios de Internet crece rápidamente, aproximándose en este momento a los 100 millones y a decenas de miles de empresas (y las cifras siguen creciendo a un ritmo vertiginoso). Con el fin de que Internet consolide su posición comercial - y se evite sufrir la mala fortuna de los antaño populares foros no comerciales como los CBs de los setenta - deberían facilitarse la transacciones mediante el uso del dinero electrónico. En este sentido, Internet es, en una espiral de acontecimientos poco común, ¡un mercado en busca de un producto!

Los vendedores a través de Internet deben tratar con muchos visitantes y pocos compradores, en gran medida debido a la dificultad de realizar las transacciones en línea, sin obligar a que el comprador escriba o envíe por fax su número de tarjeta de crédito, o envíe cheques por correo. Debido a que para algunos espías de Internet es fácil interceptar mensajes, no es recomendable enviar información financiera personal en línea. Además, el uso de técnicas de codificación puede tropezar con la falta de un protocolo de codificación adoptado en toda la Internet, así como con el debate actual sobre el derecho ( y la cuestionable capacidad) del Estado a descodificar cuando lo crea necesario.

Varias empresas han intentado solventar estos problemas. En algunos sistemas un tercero (por ejemplo un banco) actúa como intermediario en las transacciones, simulando en efecto el papel de los bancos en las transacciones mediante tarjetas de crédito. El comprador y el vendedor han de tener cuentas abiertas en el banco; un programa especial instalado en el ordenador del cliente notificaría al banco la intención del cliente de comprar a un determinado comerciante, produciéndose como resultado una transferencia de la cantidad correspondiente. Otras empresas proponen variaciones de este sistema, en las que el banco pide al cliente que confirme cada transacción antes de transferir la cantidad. Este último sistema puede proteger al cliente, pero puede requerir excesiva confianza por parte del vendedor.

En general existen varios tipos diferentes de dinero electrónico:

en línea vs. fuera de línea;

marcado (localizable) versus anónimo (no localizable);

pre-pago versus pago aplazado;

reembolsable directamente vs. necesitado de conversión;

emitido por bancos o no;

dependiente de cuentas bancarias vs. independiente de cuentas bancarias; y

relacionado con sistemas de pago establecidos o con un sistema nuevo.

Las propiedades deseables de las fichas de dinero digital son las siguientes:

Autenticidad. Debe asegurarse al usuario que las fichas que acepta son válidas. Esta seguridad puede implicar el contactar con un tercero que pueda certificar las fichas, o puede implicar el uso de algún soporte físico, como una tarjeta inteligente.

Fungibilidad. Para ser aceptadas como dinero real, las fichas deben ser convertibles en efectivo, o al menos en saldos bancarios convertibles en efectivo.

Irrefutabilidad. Los usuarios deben ser capaces de comprobar, a través de algún comprobante de pago, que una determinada transacción ha tenido lugar. Esto puede hacerse añadiendo la información a la ficha misma (como la conformación al dorso de los cheques de papel) o mediante un recibo separado (que a su vez debe ser accesible, auténtico, confidencial, etc.).

Privacidad. El sistema debe asegurar la confidencialidad de cualquier registro de la transacción. En algunos sistemas, la privacidad y la irrefutabilidad son incompatibles; pero al menos hay una propuesta que ofrece ambas posibilidades

Capacidad de protección. Los usuarios deben estar seguros de que no pueden ser estafados ni acusados falsamente de intentar estafar. Téngase en cuenta que la protección puede exigir una pérdida de privacidad, como cuando se presenta una reclamación por fraude, o cuando se persigue a un falsificador.

Fiabilidad. La infraestructura que maneja las fichas debe estar disponible en cualquier momento; debe trabajar incluso bajo grandes cargas del sistema o con fallos del sistema (Electronic Commerce, ESTO-IPTS, pp. 9-10)

Las versiones más interesantes de dinero electrónico (e-cash) implican el uso de un método similar al usado por las compañías telefónicas para proporcionar tarjetas telefónicas electrónicas inteligentes a los usuarios. El cliente compra una cierta cantidad de dinero electrónico pagando con dinero real, a través de algún banco colaborador. El dinero electrónico es una forma de ficha-moneda constituida por cadenas de unos y ceros, que incluyen sub-cadenas especiales "antifalsificación" y "antiduplicación". La falta de estas últimas activa un mecanismo de alerta en el programa del "proveedor", cuando se encuentra un "duplicado". Lo crucialmente distinto de este sistema es el anonimato que ofrece. La identidad del usuario de estas fichas es ilocalizable -excepto cuando se identifica un "duplicado", en cuyo caso puede identificarse al usuario original.

Tales desarrollos tienen repercusiones claramente positivas. Facilitan el crecimiento de los negocios en Internet y, lo que es potencialmente más importante, pueden proporcionar un fuerte estímulo al conjunto del sector empresarial. A través del dinero electrónico y de un buen programa de contabilidad cualquiera puede comenzar un negocio a través de Internet, con una cantidad substancialmente menor de obstáculos normativos que en el mercado real (por contraposición al virtual). Además si se acepta como un medio de intercambio puede reducir substancialmente los costes de las transacciones comerciales, facilitando el establecimiento instantáneo de las a menudo complejas obligaciones financieras.

El dinero electrónico está todavía en un nivel experimental, ya que está diseñado exclusivamente para su uso en transacciones netas. Por ejemplo, aproximadamente 100 sitios de Internet aceptan actualmente los "cyber bucks" emitidos por DigiCash, una de las más conocidas aproximaciones al dinero electrónico en línea. Las pruebas han tenido lugar en EE.UU. (Mark Twain Bank, San Luis), en Finlandia (con EuNet y Merita Bank), en Alemania (con el Deutsche Bank) y en Suecia (el Post Bank). Se han anunciado más pruebas en Noruega y Austria. Una empresa rival es CyberCash, estrechamente relacionada con Verifone Inc. Este consorcio está desarrollando un sistema competidor del de DigiCash. Existen proyectos conjuntos con el Wells Fargo Bank y el First National Bank de Omaha. Se ha anunciado una alianza con SLIGOS, una compañía francesa especializa en sistemas de pago bancario. Un indicador de la importancia de este tipo de actividades es la compra de Verifone por Hewlett-Packard por 1,2 mil millones de dólares. (op. Cit., págs. 12-13).

Aspectos fiscales

Los políticos necesitan estar alerta no sólo de los efectos positivos, sino también de los potenciales quebraderos de cabeza que puede generar el dinero electrónico. Debido a que el tráfico de información a través de Internet puede ser muy rápido, el dinero electrónico puede moverse fácilmente de ordenador a ordenador, de jurisdicción a jurisdicción, haciendo muy difícil para las autoridades fiscales contabilizar los ingresos reales computables. Los impuestos se imponen a una persona o entidad en función de su localización física y permanente identificable, por ejemplo en un país determinado. El comercio electrónico, sin embargo, se realiza en el "ciberespacio", y no está sujeto a limitaciones espaciales, y sus actividades no necesitan estar "permanentemente" situadas en ninguna localidad. El dinero electrónico agrava también los problemas de clasificación relativos a los ingresos y sus fuentes.

A la luz del amplio uso del dinero electrónico y de hasta qué punto se traduzca en un pago generalizado fuera de los canales bancarios establecidos, las autoridades fiscales están considerando cómo pueden adaptarse las actuales técnicas para combatir la evasión de impuestos, utilizando dinero electrónico; si se necesitarán nuevas técnicas de auditoría y si puede y debe exigirse información a los emisores de dinero electrónico, sin poner en peligro las reglas de confidencialidad y revelación de rendimientos (US Department of Treasury, 1996; Shin, 1996). Nótese que es el dinero electrónico "no-contable", cuando se realizan transacciones que no quedan registradas (en este sentido, es como el dinero real), el que genera mayor preocupación (sin embargo es el que tiene un mayor potencial, precisamente por sus bajos costes de transacción, y porque facilita la creación de negocios).

A pesar de tales preocupaciones relativas al impacto de los desarrollos tecnológicos, se espera "que las normativas y principios fiscales actuales serán suficientemente flexibles para hacer frente a los desarrollos tecnológicos" (Electronic Commerce, proyecto ESTO-IPTS, pág. 29)

El sector bancario

Las autoridades que supervisan la banca se encuentran con tres problemas principales con respecto a la introducción de dinero electrónico. El primero de ellos se refiere a los tipos de emisores de dinero electrónico. La importancia de un emisor radica en su derecho a poner el dinero electrónico a disposición del cliente; y el dinero recibido por un emisor se considera como un depósito bancario, y únicamente las instituciones de crédito reguladas están autorizadas a aceptar depósitos. En segundo lugar, con la emisión de dinero electrónico se generan deudas, y éstas son pagaderas generalmente a las entidades que aceptan dinero electrónico como pago. Tercero, tales deudas implican riesgos de liquidez para los emisores. Por lo tanto, las normativas actuales sobre aceptación de depósitos están destinadas a crear y mantener la estabilidad del sistema y el régimen de liquidez (Shin, 1996).

Además, la emisión de dinero electrónico a través de las fronteras, por instituciones nacionales para pagar mercancías extranjeras o por emisores en un país para clientes en otro país, en la moneda de éste, crea ambigüedades jurisdiccionales. Además, las múltiples jurisdicciones pueden proporcionar incentivos para el blanqueo de dinero, especialmente por cuanto la capacidad de los sistemas de dinero electrónico para permitir el anonimato implica que las transacciones transfronterizas tienen también la capacidad de disminuir la efectividad de las leyes nacionales de protección de datos (Electronic Commerce, proyecto ESTO-IPTS, pág. 24).

Algunas autoridades supervisoras de la banca, incluyendo las de EE.UU., son cautelosas en cuanto a imponer costes normativos que pueden resultar contraproducentes o innecesarios (Goldfinger, 1996). Sin embargo, el énfasis general estriba en reforzar la capacidad de gestión de riesgos y los controles internos de las instituciones. Existen varios métodos para implementar controles internos. Por ejemplo, Alemania, Francia, Italia y Suecia aplican planes de seguros de depósitos para el dinero electrónico. Por otro lado, Holanda y Bélgica están considerando esta aplicación. Con respecto a las autorizaciones, Bélgica y Suecia no tienen restricciones para la emisión de dinero electrónico. En Francia, Holanda e Italia, todos los emisores deben ser instituciones de crédito. En Canadá y EE.UU., no existen restricciones para que las instituciones no financieras emitan dinero electrónico, pero los bancos necesitan autorización para invertir en actividades con dinero electrónico o para establecer una filial que realice esta actividad (Group of Ten, 1997, pp. 22; 32; 34).

Por lo tanto, también existe una preocupación justificable para los bancos. Indudablemente, el dinero electrónico despierta mucha desconfianza en mucha gente, como ocurría con los billetes, los cheques y las tarjetas de crédito cuando se introdujeron por primera vez. Con el dinero electrónico este largo proceso de abstracción del dinero (de los billetes a los cheques y a las tarjetas de crédito) alcanza su estado puramente abstracto. En cualquier caso, el efecto facilitador del dinero electrónico sobre el comercio puede socavar el papel de los bancos -y sus beneficios- en tales transacciones.

La solución que parece preferir el sector bancario está basada en conceder a los bancos el nada trivial privilegio de ser los únicos emisores autorizados de dinero electrónico (Electronic Commerce, ESTO-IPTS, pág. 22). Aunque esta solución convendría perfectamente a los bancos (y se añadiría a sus fuentes de ingresos), reduciría el atractivo del dinero electrónico al de una tarjeta de crédito muy rápida (reduciendo sus efectos sobre el coste de las transacciones y su papel promotor de la industria)

Los bancos centrales y la política monetaria

Si el dinero electrónico se crea una buena reputación puede empezar a usarse como una inversión y no sólo como un medio de intercambio. Para conseguirlo debería ser convertible en dinero real, contando con que el emisor garantice una correspondencia uno a uno entre la cantidad de dinero electrónico pendiente y el dinero real existente en poder del emisor. En este marco los balances de dinero electrónico pueden no producir intereses, debido a que cualquier interés que produjeran debería ser "pagado" frente al interés producido por el dinero real "congelado", que revierte en el dinero electrónico disponible. Al no haber intereses no habrá préstamos, por lo que el dinero electrónico no es una fuente de ingresos particularmente atractiva para los bancos. Las comisiones que pueden cargar por la emisión o la conversión de dinero electrónico tendrán que ser muy bajas en un medio competitivo. Una vez dicho esto, es verdad, sin embargo, que debido a la dificultad de convertir el dinero electrónico a monedas extranjeras puede encontrar limitaciones en el comercio internacional (o a la inversa, puede proporcionar un excelente medio de realizar operaciones en el mercado negro en moneda extranjera).

Avanzando un paso más en el análisis, al igual que la correspondencia uno a uno con el oro, que inicialmente garantizaba a los entonces innovadores billetes, fue finalmente interpretada de una manera libre, y el préstamo en efectivo creció rápidamente, de igual modo puede acometerse el préstamo en dinero electrónico. Aunque esto podría ser una buena noticia para los bancos, puede ser bastante problemático para las autoridades monetarias y los diseñadores de la política económica. Si el dinero electrónico se convierte efectivamente en otra forma de moneda, entonces el hecho de que sea emitido de forma privada, puede inquietar bastante a los Bancos Centrales, ya que podrían tener que realizar el seguimiento de un nuevo componente de la oferta de dinero bastante incontrolable. Para complicar aún más las cosas, puede darse el caso en ciertos países, de que los emisores privados puedan tener mayor credibilidad que el gobierno. Si su papel se expande más allá de las fronteras nacionales, puede ser un competidor de las monedas nacionales, que podría anticipar la unión monetaria en un estado embrionario (si su credibilidad conduce a su adopción por un creciente número de clientes), o una más pronta unificación alrededor de una moneda real, debido a la competencia que podría desencadenar el dinero electrónico virtual.

Más específicamente, la introducción de dinero electrónico podría afectar potencialmente a la formulación de la política monetaria, afectando a la demanda de reservas bancarias o a la capacidad de los bancos centrales para proporcionar estas reservas. La demanda podría verse afectada si el dinero electrónico sustituye a los depósitos o si se produce una reducción substancial de la demanda de balances de pago por parte de los bancos, ya que los pagos entre bancos se producen típicamente a través de los libros de los bancos centrales (BIS, 1996). Una amplia sustitución por dinero electrónico podría complicar implícitamente los procedimientos de los bancos centrales para fijar los tipos de interés en el mercado monetario.

La capacidad de los bancos centrales para proporcionar reservas podría verse afectada por el grado de sustitución del dinero efectivo por dinero electrónico. Debido a que el dinero en efectivo constituye generalmente el mayor componente de las obligaciones de los bancos centrales en muchos países, por ejemplo, en Canadá, 87 %, en Japón, 85%, en EE.UU., 84%, en el Reino Unido, 70%, y en España, 49%, el uso generalizado del dinero electrónico podría disminuir significativamente los balances de los bancos centrales (BIS, 1996, págs. 5, 7). Esto, además, podría aceptar a la capacidad de los bancos centrales para realizar operaciones de "absorción de reservas" (BIS, 1996, pág. 7).

Como ya se mencionó anteriormente, los billetes en circulación representan el mayor componente de las obligaciones de los bancos centrales no correspondientes a intereses. Por lo tanto, la sustitución de dinero efectivo por dinero electrónico podría afectar en gran medida a los ingresos por seigniorage de los bancos centrales (los ingresos correspondientes a aquéllos que tienen el privilegio de emitir moneda).

Algunos analistas sugieren que los bancos centrales podrían considerar la adaptación de los agregados monetarios, como el M1 (como lo ha hecho el Bundesbank alemán), para incluir el dinero electrónico emitido por instituciones nacionales y extranjeras, y permitir la posibilidad de que el dinero electrónico afecte a los cambios de velocidad (la frecuencia con la cual el dinero cambia de mano en las transacciones económicas). Esto a su vez podría cuestionar la viabilidad de los agregados monetarios como objetivos o como indicadores para la política económica. (Shin, 1996; BIS, 1996). Además, con una extensa sustitución y un uso amplio, un sistema monetario podría evolucionar hacia una situación en la que la convertibilidad en moneda de curso legal dejara de ser una condición para el dinero electrónico (Crede, 1996).

En resumen, los bancos centrales de la UE sienten que en esta fase temprana del uso de sistemas de dinero electrónico, deberían ser flexibles y no introducir ninguna nueva medida significativa.

Existe además un grado de confianza en que la dirección de la política económica por parte de los bancos centrales no se verá afectada radicalmente si son los únicos emisores autorizados de dinero electrónico (lo cual es similar al deseo de los bancos comerciales, como se ha mencionado anteriormente). Sin embargo, puede ser necesario reconsiderar tales opiniones si el uso del dinero electrónico se generaliza y desplaza substancialmente a la moneda de curso legal. Es importante, en el contexto del Mercado Único y con la introducción del Euro, que el futuro Sistema Europeo de Bancos Centrales necesitará considerar el impacto general del dinero electrónico denominado en Euros (op. Cit., págs. 19-21).

Conclusión

Más de dos años después de que el IPTS Report pusiera el asunto sobre la mesa en su primer número en diciembre de 1995, seguido por varios estudios en realizados 1996 y 1997 por el Banco Internacional de Pagos (BIS), la Tesorería de EE.UU., etc., los problemas fundamentales expuestos en el mencionado artículo permanecen sin solventarse.

La actitud de los actores relevantes en las áreas impositivas, banca y política monetaria pueden resumirse como sigue: los acuerdos/normas actuales son lo bastante flexibles para tratar adecuadamente el impacto de las distintas formas de dinero electrónico (incluyendo el más semejante al dinero real, que también parece estar entre los más populares).

La única solución clara (cuasi-panacea) recomendada tanto por los bancos como por los bancos centrales es que se les conceda el derecho exclusivo de emitir dinero electrónico.

Es sorprendente que incluso en el ámbito de los impuestos, que no puede reclamar la emisión de dinero electrónico, no existe más que una aparente actitud de espera. La sorprendente tolerancia pasiva en las tres áreas está favorablemente moderada por la concienciación de que se necesita un seguimiento continuado de modo que ninguna autoridad esté desprevenida ante nuevos desarrollos que puedan producirse.

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Palabras clave

dinero electrónico, protocolo de codificación, transacciones, Internet, impuestos, banca, políticas monetarias

Referencias

Banco Internacional de Pagos (BIS), Implications for Central Banks of the Development of Electronic Money, Basle, 1996

Crede, Andreas, Electronic Commerce and the Banking Industry: The Requirement and Opportunities for New Payment Systems using the Internet, 1996, http://www.usc.edu/dept/annenberg/vol/issue3/crede.html

Comisión Europea, Iniciativa Europea sobre Comercio Electrónico, COM (97) 157, 1997

Kyriakou, D., Electronic cash: The two Sides of the Coin, IPTS Report, diciembre 1995

ESTO-IPTS, Electronic Commerce, 1997

Comité Europeo de Normalización, G7 Memorandum of Understanding on Electronic Commerce Initiative, Enero 1997

Goldfinger, Charles, Electronic Money in the United States: Current Status, Prospects and Major Issues, Informe preparado por el Grupo de Trabajo sobre Asuntos Financieros de la Comisión Europea, 1996

http://www.ispo.cec.be/infosec/elecom/elemoney.html

Grupo de los Diez, Electronic Money: Consumer Protection, Law Enforcement, Supervisoty and Cross Border Issues, Report of the Working Party on Electronic Money, Bank for International Settlements, Basle, 1997

HLSG, Barriers to Electronic Commerce in Support of SMEs, Informe Nº. 2, edición 1.0, noviembre 1996.

Internet Payment System, Trabajo presentado al Taller de la OCDE sobre Economía de la Sociedad de la Información, Seul, 22-23 octubre, 1996

Seybold Report on Desktop Publishing, págs. 9-10, 1995

Shin, Yong-do, Electronic Cash: Policy and Issues, Trabajo presentado al Taller de la OCDE sobre Economía de la Sociedad de la Información, Seul, 22-23 octubre, 1996.

US Department of Treasury, Office for Tax Policy, Selected Tax Policy Implications of Global Electronic Commerce, 1996, http://www.ustreas.gov

Contacto

Dimitris Kyriakou

Tel: +34 5 4488298, Correo electrónico: dimitris.kyriakou@jrc.es

Sobre el autor

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Dimitris Kyriakou es licenciado en Ingeniería Eléctrica e Informática y doctor en Economía Internacional por la Universidad de Princeton. Antes de ingresar en el IPTS, donde es colaborador científico así como responsable de la asesoría en temas económicos y de la edición del IPTS Report, trabajó como economista en el Banco Mundial. Sus principales temas de investigación incluyen tecnologías de la información, empleo, desarrollo regional y desarrollo sostenible.

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