Las diferencias de fusión (escisión): la prima y las plusvalías y minusvalías de fusión (escisión)

AutorLuis Fernández del Pozo
Páginas190-218
tables traspasados en la cuenta de capital. De hecho puede no ampliar
capital o ampliar en parte. El resto se lleva a prima de fusión 41.
2. LAS DIFERENCIAS DE FUSIÓN (ESCISIÓN):
LA PRIMAY LAS PLUSVALÍAS YMINUSVALÍAS
DE FUSIÓN (ESCISIÓN)
A. Concepto de prima de fusión/escisión.
Su atipicidad en Derecho español
Denominaremos «prima de fusión» —de la absorbente o de la nue-
va sociedad constituida por efecto de la fusión— la diferencia entre el
valor contable de los patrimonios en que se sucede por efecto de la
fusión y la cifra en que queda aumentado el capital social de la absor-
bente (en la fusión por absorción: art. 233.2 LSA) o fijado el de la nue-
va sociedad (en la constitución por fusión ex art. 233.1 LSA) 42.
190 LUIS FERNÁNDEZ DEL POZO
41 Sobre las fusiones horizontales en Alemania vid. supra lo dicho anteriormente. En Dere-
cho italiano insta la aplicación analógica o extensiva del precepto relativo a la fusión entre enti-
dades totalmente participadas (art. 2.504 del CC) el Tribunal de Trieste en su Decreto de 14 de
febrero de 1995. Vid. B. IANNIELO, op. cit., pp. 1190 ss.; C. SANTAGATA, «Lineamenti generali
dell’istituto delle fusione, natura giuridica e procedimento», en AAVV, Fusione e scissione di
società, Milano, Ipsoa ed., 1993, pp. 305 s. Ahora la cuestión se acepta de modo pacífico en la
doctrina más reciente. Vid. por todos F. MAGLIULO, La fusione delle società, op. cit., pp. 266 ss.
De hecho, las fusiones de dos o más sociedades íntegramente participadas por una tercera o de
un único sujeto se reconocen entre los supuestos típicos de fusión «senza rapporto di cambio»
en las recientes «Massime elaborate dalla commissione società del consiglio notariale di Mila-
no» (Massima núm. 22) que hemos citado anteriormente.
42 La aportación de nuestra doctrinal mercantil a la materia es muy modesta. En la literatura
tradicional es de señalar a M. DE LA CÁMARA ÁLVAREZ, Estudios de Derecho mercantil, II, 2.ª ed.,
Edersa, 1978, p. 422, en donde se defiende la asimilación de la prima de fusión a la reserva por
prima de emisión. El estudio más completo de la prima de fusión hasta hace poco era el de J.
SÁNCHEZ OLIVÁN, La fusión y escisión de sociedades. Aportación de activos y canje de valores.
Cesión global del activo y del pasivo. Estudio Jurídico, Fiscal y Contable, Edersa, 1998, pp. 186
ss. Su anterior libro, La fusión y escisión de sociedades. Estudio Jurídico, Fiscal y Contable, 3.ª
ed., Edersa, 1991, pp. 104 ss., es citado por múltiples mercantilistas que se adhieren a sus tesis;
tesis que aquí se discuten. Vid. F. VICENT CHULIÀ, Compendio crítico de Derecho mercantil, t. I,
vol. 21, 3.ª ed., p. 859; R. LARGO GIL, La fusión de sociedades mercantiles. Fase preliminar, pro-
yecto de fusión e informes, 11.ª ed., Madrid, 1992, pp. 312 ss.; A. SEQUEIRA MARTÍN, en SÁNCHEZ
CALERO (dir.), Comentarios a la Ley de Sociedades Anónimas, t. VII, Transformación, Fusión y
Escisión, arts. 223 a 259, Madrid, 1993, p. 50; A. MARTÍNEZ NADAL, El aumento de capital con
cargo a reservas y beneficios en la sociedad anónima, McGraw-Hill, 1996, pp. 369 ss.; F. J.
GARDEAZÁBAL DEL RÍO y MARTÍNEZ FERNÁNDEZ, «Problemática que plantean la fusión y el
aumento de capital en la sociedad anónima», en Estudios sobre la sociedad anónima, Madrid,
1991, pp. 259 ss.; F. J. GARDEAZÁBALDEL RÍO, «La fusión en la Ley de Sociedades Anónimas»,
en AAVV, Las sociedades de capital conforme a la nueva legislación, Madrid, 1990, pp. 810 s.;
F. C ERDÁ ALBERO, La escisión de la sociedad anónima, Tirant lo Blanch, 1993, pp. 228; A.
PÉREZ TROYA, La determinación del tipo de canje en la fusión de sociedades, Marcial Pons,
1998, pp. 96 ss. Vid. sobre esta cuestión mi libro El fortalecimiento de los recursos propios, Mar-
cial Pons, 1999, pp. 334 ss.
En igual sentido, el Borrador de Normas de Contabilidad aplicables
a las Fusiones y Escisiones de Sociedades (BNCFE) define la prima de
fusión —que se califica de «prima de emisión»— como «la diferencia
en más entre la suma de los patrimonios contables de fusión de las
sociedades extinguidas y el nominal de la ampliación de capital de la
sociedad absorbente o el nominal del capital de la sociedad de nueva
creación».
Análogamente, llamaremos «prima de escisión» —de la/s beneficia-
ria/s de una escisión— a la diferencia entre el valor contable de los patri-
monios traspasados en bloque por efecto de la escisión y la cifra del ca-
pital social de la/s beneficiaria/s si es/son de nueva creación o la cifra en
que queda aumentado el capital de esta/s última/s si era/n preexistente/s.
Con todo, la definición que acabamos de realizar de la prima de fusión (o
escisión) no es enteramente exacta sin alguna precisión adicional en relación
con los ajustes compensatorios que a veces conviene realizar para cuadrar el
canje.
Efectivamente, es posible que, por razones de orden práctico de ajuste o
«redondeo» de la relación de canje, existan «picos» —«rompus», en la termi-
nología de los prácticos— que se traducen en una compensación en dinero a
los socios perjudicados que no ha de exceder del 10 por 100 del valor nominal
de las acciones atribuidas [cfr. arts. 235.b) y 247.2 LSA]. De existir compen-
saciones complementarias como consecuencia de la fusión o escisión habrá
que practicar los correspondientes ajustes que disminuirán el importe de la
prima en igual cuantía.
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LA REESTRUCTURACIÓN DEL NETO PATRIMONIALEN FUSIONES Y ESCISIONES
En mi opinión, es mucho más interesante la aportación de nuestra doctrina contable a pro-
pósito de los temas relativos a la contabilización de estas operaciones: J. L. AYALA BLANCO,
«Análisis crítico del tratamiento contable de las operaciones de fusión y escisión de sociedades
propuesto en el borrador de normas del ICAC», Revista de Contabilidad y Tributación, julio de
1994; F. BALLARÍN, J. CANALS y P. FERNÁNDEZ,Fusiones y adquisiciones de empresas. Un enfo-
que integrador, Alianza Editorial, 1994; M. A. BESTEIRO VARELA, La escisión de sociedades en
España. Aspectos problemáticos de su regulación que inciden en la contabilidad, ICAC, Madrid,
1995, pp. 41 ss.; E. FONDEVILA ROCA, Fusiones y adquisiciones como instrumentos estratégicos
del empresario, Barcelona, Cedecs, 1997, esp. pp. 342 ss.; M. A. GARCÍABENAU y P. GARRIDO
MIRALLES, «Normativa comunitaria sobre fusiones», Partida Doble, diciembre de 1993, pp. 26
ss.; P. GARRIDO MIRALLES, Fusiones en Europa: aspectos económicos y contables, Madrid,
ICAC, 1996, pp. 189 ss.; M. A. GOMEZ ALBERO, «Contabilidad de las revalorizaciones derivadas
de fusiones entre entidades de crédito: la circular 4/1993 del Banco de España», Técnica Conta-
ble, año XLVII, agosto-septiembre de 1995, pp. 592 ss.; G. LABATUT SERER, «Problemática con-
table y fiscal de las fusiones de empresas», Partida Doble, num. 65, marzo de 1996, pp. 19 ss.;
G. LABATUT SERER y F. PARDO PÉREZ, «Las fusiones de empresas: aspectos contables y fiscales»,
Técnica Contable, enero de 1995, pp. 42 ss.; LARRIBA DÍAZ-ZORITA, «Problemas de valoración
en las fusiones y escisiones de sociedades», Partida Doble, núm. 44, abril de 1994, pp. 5 ss.;
«Procesos legales de concentración empresarial», en Expansión, manual IV sobre Dudas, ejem-
plos y soluciones del PGC, 1997, pp. 91 ss.; A. ROJO RAMÍREZ, Principios contables y fiscalidad
de la fusión de sociedades, Instituto de Planificación Contable, 1988, esp. pp.95 ss.; ÍDEM, en
J. MASCAREÑAS PÉREZÑIGO, «Agrupaciones empresariales: métodos de registro contable»,
Manual de fusiones y adquisiciones de empresas, 2.ª ed., McGraw-Hill, 1997, pp. 381 ss.

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