Dictamen del Comité Económico y Social sobre el tema «Revisión intermedia de los tres procesos en los que se apoya la...

Páginas149-161

Dictamen del Comité Económico y Social sobre el tema «Revisión intermedia de los tres procesos en los que se apoya la estrategia europea de empleo» CES 236/2001 En su pleno del 2 de marzo de 2000, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 3 de artículo 23 del Reglamento Interno, el Co- mité Económico y Social decidió elaborar un dictamen de iniciativa sobre el tema «Revisión intermedia de los tres procesos en los que se apoya la estrategia europea de empleo». y constituir, con arreglo al apartado 4 del ar- tículo 11 y el apartado 1 del artículo 19 del Reglamento Interno, un subcomité encargado de preparar los trabajos correspondientes. El Subcomité adoptó su proyecto de dicta- men el 14 de febrero de 2001 (ponente: Sr. OLS- SON, coponente: Sra. ENGELEN-KEFER). En su 379º pleno de los días 28 de febrero y 1 de marzo de 2001 (sesión del 28 de febrero de 2001) el Comité Económico y Social ha aprobado por 93 votos a favor, uno en contra y dos abstenciones el presente dictamen. 1. FUNDAMENTOS DE LA REVISIÓN 1.1. El objeto del presente dictamen es --- revisar los diversos procesos existentes (Luxemburgo, Cardiff y Colonia) con un planteamiento global; --- preparar el Consejo Europeo de Estocol- mo, en primavera de 2001, que será el primer seguimiento de la cumbre de Lis- boa, en la que se confirmó la necesidad de coordinar los tres procesos y aportar nuevos elementos. Habida cuenta de que el Comité repre- senta a los distintos agentes de la sociedad ci- vil organizada, esta revisión se basa en los siguientes criterios: --- participación de la sociedad civil organi- zada en la preparación y aplicación de los tres procesos y el seguimiento de la es- trategia de Lisboa; --- función y responsabilidades respectivos de los distintos agentes ante la necesidad de lograr un equilibrio razonable entre medi- das legislativas y no legislativas para cum- plir los objetivos de desarrollar una econo- mía basada en el conocimiento en el marco de la cohesión social, de un mayor empleo, del desarrollo sostenible y de una igualdad de oportunidades justa para todos. Los indicadores estructurales presentados por la Comisión para efectuar un seguimien- to de la cumbre de Lisboa se evalúan en otro dictamen del Comité 1 . 149 1 Los indicadores estructurales, CES 24112001. REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 31 1.1.1. Proceso de Luxemburgo El proceso de Luxemburgo (noviembre de 1997) aspira a reforzar la coordinación de las políticas de empleo nacionales. La esencia del proceso es conseguir que los Estados miem- bros se comprometan a cumplir un conjunto integrado de objetivos y metas comunes que se basan en cuatro pilares: empleabilidad, es- píritu empresarial, adaptabilidad e igualdad de oportunidades. Se ha establecido un proce- so periódico de programación, información, revisión paritaria, evaluación y ajuste de los objetivos. Su principal plasmación a nivel co- munitario son las orientaciones para el em- pleo que se aprueban cada año y que posteriormente se incorporan a los planes de actuación nacionales para el empleo de cada Estado miembro. Con objeto de hacer más eficaz el proceso de Luxemburgo, el Consejo de Lisboa otorgó un mandato para la revisión intermedia, cu- yas conclusiones se reflejan en las orientacio- nes para la política de empleo de 2001. En la revisión intermedia 2 se puede com- probar que el proceso ha contribuido a cen- trar la atención en el empleo y que varios actores se han comprometido en el marco de un enfoque integrado. Al mismo tiempo, se observan diferencias regionales crecientes junto a una escasez cada vez mayor de mano de obra cualificada. Además, hay un desequi- librio en la aplicación de las distintas direc- trices, en especial, en cuanto a los niveles de adecuación. También «la integración de la igualdad entre mujeres y hombres» se ha re- alizado únicamente en parte. De cara al futu- ro se proponen menos directrices, mayor eficacia en la coordinación con otros procesos, desarrollo de indicadores, mejor vigilancia y difusión de buenas prácticas. Se ha solicitado un reparto más claro de tareas entre los acto- res, así como un compromiso mayor de los in- terlocutores sociales. Por último, se pide una mayor visibilidad del proceso hacia el exte- rior. El Comité se muestra de acuerdo con las conclusiones de la revisión intermedia y quie- re subrayar especialmente la importancia de concentrar la atención en los puntos clave, en objetivos cuantitativos y cualitativos más cla- ros, en la importancia de fomentar el espíritu empresarial y en las tareas y el compromiso de los interlocutores sociales y su papel en las directrices que más les afectan a todos los ni- veles. Al mismo tiempo el Comité subraya la necesidad de que el proceso de Luxemburgo tenga una amplia implantación en los Esta- dos miembros, tanto a nivel local como en las organizaciones económicas y sociales. Una vez terminado el quinquenio sería, pues, oportuno considerar una pausa de un año para poder comprometer concretamente a to- dos los actores interesados. Para poder cen- trar la atención en los objetivos y hacerlos más claros, es conveniente, pues, simplificar el proceso. 1.1.2. Proceso de Cardiff El proceso de Cardiff (junio de 1998) tiene por objetivo las reformas económicas necesa- rias para convertir al mercado único en un motor de creación de empleo y el fomento del espíritu empresarial y la competitividad. El proceso engloba las medidas que supri- man los obstáculos al comercio entre Estados miembros, aumenten el rendimiento del sec- tor de los servicios, establezcan un entorno para las pequeñas y medianas empresas más favorable al crecimiento y al empleo, mejoren la eficacia de los mercados de capitales y la disponibilidad de capital riesgo, fomenten una política de la competencia efectiva y re- duzcan las ayudas estatales. En cumplimiento del mandato del Consejo Europeo de Cardiff, los Estados miembros y la Comisión deben elaborar informes anuales 150 DOCUMENTOS 2 Documento interno de la Comisión: Revisión in- termedia del proceso de Luxemburgo. REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 31 sobre asuntos relativos a la reforma de los mercados de productos y de capitales. En el segundo informe de Cardiff 3 la Co- misión pidió a la UE y a los Estados miem- bros que realizaran reformas económicas compatibles con la cohesión económica y so- cial, garantizaran la participación de todas las partes interesadas e instaran a los pode- res públicos a velar por una repercusión real en la competitividad, la mejora del bienestar de los consumidores y la existencia de nor- mas reglamentarias simples y de gran cali- dad. El Comité apoya esta petición, pero desea subrayar la necesidad de un seguimiento más sistemático y coherente para poner en práctica el proceso de Cardiff con un mayor compromiso por parte de los interlocutores sociales y de- más organizaciones económicas y sociales. 1.1.3. Proceso de Colonia El proceso de Colonia (junio de 1999) com- plementa los procesos de Luxemburgo y Car- diff mediante un amplio enfoque global ---los pactos europeos para el empleo--- que cubre todas las medidas de la política de empleo de la Unión. El proceso implica coordinar la po- lítica económica y mejorar las interacciones entre evolución de los salarios y política mo- netaria, presupuestaria y fiscal mediante un diálogo macroeconómico, para mantener un crecimiento sostenido no inflacionista y con- solidar a largo plazo el éxito de la unión eco- nómica y monetaria. Las orientaciones generales de política económica son un elemento básico del proceso de coordinación de las políticas económicas. Constituyen la interfaz entre la política eco- nómica y los procesos de Luxemburgo y Car- diff, y desde 2000 se discuten en un ámbito distinto de los ministros de economía. El Consejo, la Comisión, el BCE y los in- terlocutores sociales participan en el diálogo macroeconómico. A este respecto, se celebran dos reuniones anuales desde 1999, presididas por el Presidente del Consejo Ecofin. El Comité comprueba que el proceso de Colonia se ha puesto en marcha pero desea subrayar el punto de vista compartido por las organizaciones que representan a los interlo- cutores sociales según el cual los ministros de Hacienda deben participar efectivamente y el diálogo debe incluir las relaciones entre la po- lítica macroeconómica y las reformas estruc- turales 4 . 2. CUMBRE DE LISBOA - NUEVO MÉTODO ABIERTO DE COORDINACIÓN 2.1. Como continuación lógica de las cum- bres de Colonia y Helsinki, el Consejo Euro- peo de Lisboa se centró en la coherencia entre los diversos procesos de coordinación y en la mejora de su estructura. No obstante, en vez de iniciar un nuevo proceso, el Consejo introdujo un nuevo méto- do político denominado nuevo método abierto de coordinación con el fin de aplicar el nuevo objetivo estratégico adoptado en la cumbre de Lisboa. 2.2. El nuevo método implica determinar directrices y calendarios específicos para lo- grar los objetivos, establecer indicadores cuantitativos y cualitativos, y puntos de ref- erencia cotejados con los mejores que existan, así como comparar las prácticas idóneas. Las orientaciones europeas deberían plasmarse en medidas de política nacional y regional mediante la fijación de objetivos específicos y 151 3 COM (1999) 61 final. Reforma económica y es- tructural en la UE (Cardiff II). 4 Puntos de partida comunes de cara al foro de alto nivel UNICE/CEEP/CES (Unión de Confederaciones de la Industria y los Empresarios de Europa, Centro Europeo de las Empresas de Participación Pública y de las Empre- sas de Interés Económico General y Confederación Euro- pea de Sindicatos) de junio de 2000. DOCUMENTOS REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 31 la adopción de medidas que tengan en cuenta las diferencias nacionales y regionales. 2.3. El Consejo Europeo, conforme al principio de subsidiariedad y mediante un planteamiento descentralizado, sugiere que la Unión Europea, los Estados miembros, los entes regionales y locales, así como «los inter- locutores sociales y la sociedad civil» partici- pen activamente. Por lo tanto, la estrategia se basa fundamentalmente en el sector priva- do y en la colaboración entre los sectores pú- blico y privado. 2.4. El Comité señala que en el nuevo método se incluye al conjunto de la sociedad civil organizada para ejecutar la estrategia. El proyecto europeo no avanzará con un plan- teamiento «de arriba abajo» sino mediante la coordinación «de abajo arriba» de las políticas de agentes públicos y privados. 2.5. El Comité ha sugerido en diversas ocasiones que las organizaciones económicas y sociales participen en la elaboración, ejecu- ción y supervisión de las políticas de la UE tan- to a escala comunitaria como nacional, por ejemplo, en las orientaciones generales de polí- tica económica, orientaciones para el empleo, política empresarial, mercado único, educa- ción y formación, protección social, programa de acción contra la exclusión social, regula- ción de los mercados financieros, etc. El Comité señala que la estrategia de Lis- boa ha abierto la vía para introducir nuevos «procesos» en el ámbito de otras políticas, así como en lo relativo a la política de lucha con- tra la exclusión social y la pobreza. 2.6. El próximo paso debería consistir en la integración de las políticas europeas de transporte, energía y medio ambiente en la estrategia de Lisboa. 2.7. El nuevo método abierto de coordina- ción corresponde a la diversidad de la cultura, la forma de vida y las condiciones económicas y sociales existente en Europa. La diversi- dad, que ha aumentado con los años, necesita una variedad de instrumentos legislativos y no legislativos, así como la creación de una cultura de participación de todos los agentes: empresas de la «nueva» y la «vieja» economía, organizaciones sindicales, instituciones de protección social, otros agentes económicos y sociales, centros de enseñanza oficiales o no, organizaciones individuales y autoridades. La dimensión territorial de la política basada en una amplia cooperación también es funda- mental para abordar la diversidad. Pero al mismo tiempo, el Comité subraya los valores comunes en los que se basa el mo- delo europeo, y destaca que el nuevo método de coordinación requiere que se realice en to- dos los Estados miembros un seguimiento y una evaluación de la política (que pueden lle- varse a cabo de diferente modo en cada país) basados en criterios comunes. 2.8. La corresponsabilidad del sector pri- vado plantea un desafio a la sociedad civil organizada y, por lo tanto, al Comité como representante de una amplia gama de orga- nizaciones que representan a la sociedad y a la vida económica. A este respecto, el Comité asume la res- ponsabilidad de movilizar a estos agentes con el fin de proporcionar valor añadido al proce- so. 2.9. El Comité quiere poner de manifies- to la necesidad de que los países candidatos se preparen lo más pronto posible para parti- cipar en este nuevo método de coordinación, puesto que la adhesión a la UE no sólo impli- ca la adecuación automática a la legislación comunitaria existente (acervo comunitario) y la creación de las instituciones públicas nece- sarias para su aplicación. También es igual- mente importante la participación activa de la organizaciones económicas y sociales, de manera que el proceso de ampliación cuente con todo el apoyo posible. En el marco de su propia iniciativa, el Comité seguirá con aten- ción esta evolución para implicar a las orga- nizaciones de la sociedad civil. 152 DOCUMENTOS REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 31 2.10. El nuevo método de coordinación también debe analizarse en relación con el fu- turo Libro Blanco sobre la nueva gobernanza para Europa que se publicará después del Consejo Europeo de Estocolmo. 3. ENCUESTA SOBRE LA COLABORACIÓN DE LA SOCIEDAD CIVIL ORGANIZADA 3.1. Se envió un cuestionario a los miem- bros del Comité y a miembros de las organi- zaciones europeas y los comités económicos y sociales nacionales. Las preguntas versa- ban sobre su grado de participación activa en los distintos ámbitos políticos (diálogo macroeconómico, directrices para el empleo, programas empresariales, mercado único, servicios financieros, seguridad social, pro- gramas para luchar contra la exclusión social y programas de desarrollo regional). Las respuestas de los miembros del Comi- té abarcan trece de los quince Estados miem- bros. Además, respondieron una veintena de organizaciones europeas y ocho comités eco- nómicos y sociales nacionales. A pesar de que el porcentaje de respuestas ha sido relativa- mente bajo, se pueden extraer las siguientes conclusiones preliminares: Las organizacio- nes socioprofesionales participan bastante, tanto a nivel europeo y nacional como regio- nal y local. Esto es especialmente cierto en el caso de las organizaciones socioprofesionales con relación a los temas que más les interesan. Incluso las organizaciones que representan in- tereses específicos como, por ejemplo, los ser- vicios financieros o la exclusión social, tienen un alto nivel de actividad. No obstante, las respuestas muestran que en algunos Estados miembros las organizaciones socioprofesiona- les no participan cuando se trata, por ejem- plo, de política de empleo. En relación con los temas del mercado único, las respuestas dan cuenta de una participación relativamente baja. La participación de las organizaciones de «actividades diversas» (Grupo IR) es, por término medio, más baja (excepto cuando se trata de programas empresariales o exclu- sión social a nivel nacional) que la de las or- ganizaciones económicas o de trabajadores. Las respuestas muestran que los CES nacio- nales no siempre colaboran (como máximo, participan seis de cada ocho en algunos de los ámbitos políticos citados) ni siquiera a nivel nacional. 3.2. El Comité, con el fin de aumentar la participación en el proceso, insta a las organi- zaciones socioeconómicas de la sociedad civil a que hagan oír su voz a escala nacional, re- gional y local, e invita a las autoridades de di- chos niveles a que establezcan la colaboración propuesta entre los sectores público y privado con arreglo a los principios de sinceridad, confianza mutua e igualdad. En la cumbre de Estocolmo el Consejo de- bería insistir de nuevo en la importancia de la colaboración de la sociedad civil organiza- da. Sin embargo, el Comité considera que es importante que la Comisión y los gobiernos nacionales permitan a los interlocutores so- ciales desempeñar su papel y no intervengan inoportuna o precipitadamente, sino que dejen a estos últimos asumir a fondo sus responsabi- lidades en el ámbito de las competencias que les son propias. 4. COLABORACIÓN ENTRE LOS SECTORES PÚBLICO Y PRIVADO Y FUNCIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA 4.1. Con arreglo a las responsabilidades compartidas entre los sectores público y pri- vado que constituyen la base de la estrategia de Lisboa, el papel de la administración pú- blica debería consistir en facilitar las condi- ciones marco que permitan a la sociedad civil organizada contribuir a la realización de los objetivos fijados por los procesos y en la reu- nión de Lisboa. En este contexto, el Comité apoya las recomendaciones del informe Car- 153 DOCUMENTOS REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 31 diff II de un cuadro normativo simple y de gran calidad 5 . 4.2. Debería potenciarse la colaboración entre los sectores público y privado, además de establecer un procedimiento de evaluación comparativa para determinar las buenas prácticas y la forma en que se comparten las responsabilidades. 4.3. La Administración necesita un plan- teamiento horizontal para superar la seg- mentación con el fin de, por una parte, aumentar la eficacia y, por otra, adecuarse al enfoque integrado de la sociedad civil organi- zada. Ello respondería a la reforma adminis- trativa que se pidió en la cumbre de Lisboa como parte de la necesaria reforma económi- ca. Para impulsar la reforma administrativa y garantizar la alta calidad de los servicios, es ne- cesario adoptar medidas que permitan desarro- llar una política de participación y gestión del personal. También es necesaria una política ac- tiva para fomentar mejores posibilidades para las mujeres y los grupos desfavorecidos y lograr la «modernización interna», la «innovación» y el incremento de la eficacia en paralelo con la su- presión de la rigidez jerárquica. Además, se de- ben tener en cuenta los efectos regionales de las reformas administrativas. El Comité considera que las administracio- nes públicas deben estimular el intercambio de experiencias entre los Estados miembros en re- lación con las reformas administrativas para que, de la misma manera que en la sociedad civil organizada, se puedan aprovechar los buenos ejemplos que se encuentran en otros lugares. 5. MANTENIMIENTO Y MEJORA DE LOS SERVICIOS DE INTERÉS GENERAL 5.1. Las medidas de la UE para fomentar la competitividad afectan cada vez más a las actividades del sector público. Muchos secto- res ya no recaen dentro del ámbito de regula- ción de los Estados miembros, sino que se rigen por la libertad de mercado. Esta evolución es positiva en la medida en que garantiza una calidad superior de los ser- vicios y precios más bajos, al tiempo que ofre- ce a los usuarios la posibilidad de acceder a los servicios ofrecidos a precios razonables. 5.2. Sin embargo, la Administración tie- ne la responsabilidad de mejorar los servicios de interés general, que son un aspecto clave del modelo social europeo. La carencia de di- chos servicios repercute de forma negativa en los ciudadanos, el empleo y la calidad del en- torno local. 5.3. Debe garantizarse la calidad de los servicios disponibles de interés general. El objetivo debe ser un sector público productivo y eficaz que combine participación de los usuarios, viabilidad económica y buenas con- diciones para los empleados, ofreciendo al mismo tiempo a los ciudadanos servicios de alta calidad a un precio razonable. Estos ob- jetivos deben prevalecer independientemente de que la producción de dichos servicios esté gestionada por el sector público o por el sector privado. 5.4. Son necesarias la innovación y el au- mento de la productividad que permiten me- jorar el servicio, posibilidades de elección más amplias y costes más bajos; pero, al mis- mo tiempo, deben encontrarse fórmulas para satisfacer la creciente demanda de nuevos ser- vicios sociales y respetuosos con el medio am- biente. Esto se halla en la misma línea que la invitación hecha en las orientaciones para la política de empleo a explotar al máximo el po- tencial de empleo en el sector de los servicios. 6. EMPLEO 6.1. El Comité constata con satisfacción que uno de los objetivos fijados en la cumbre de Lisboa es el del pleno empleo. 154 5 COM (1999) 61 final. Reforma económica y es- tructural en la UE (Cardiff II). DOCUMENTOS REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 31 6.2. Para lograr este objetivo es necesario aumentar la coordinación y la coherencia de todos los procesos en marcha en el marco de la estrategia de Lisboa que se encuentra aho- ra en el centro de la acción política. El Comité quiere poner de relieve la importancia de pro- yectar los indicadores comparables para po- der evaluar la evolución del empleo. Sin embargo, no basta con que los Estados miembros intenten reducir el desempleo. También tendrían que fijarse el objetivo de aumentar los niveles de empleo generales para alcanzar los porcentajes medios de em- pleo fijados en el punto 6.9. 6.3. El Comité aboga por que se instaure una coordinación que permita alcanzar siner- gias entre actores independientes, como lo son el BCE en la dirección de la política mo- netaria o los interlocutores sociales en la fija- ción de la política salarial. Esta coordinación permitirá, en efecto, una mejor comprensión de los objetivos y las limitaciones de las dife- rentes partes que participan en la elabora- ción de la política económica. Una política presupuestaria anticíclica y sostenible que no comprometa el equilibrio presupuestario a medio plazo. Para lograrla es indispensable, en opinión del Comité, que se prosigan los esfuerzos para garantizar la sostenibilidad de las finanzas públicas en el marco del pacto de crecimiento y estabilidad, velando, al mismo tiempo, por una estructura óptima del gasto público entre el destinado al consumo y el destinado a las inversiones. 6.4. El CES apoya un diálogo macroeco- nómico constante en el que participen los mi- nistros de economía y el presidente del BCE. Dicho diálogo deberá contribuir a conciliar las condiciones económicas con la necesidad de cohesión social y a que los interlocutores sociales asuman su responsabilidad en la aplicación de una política salarial orientada al empleo y al fomento de la inversión. El diá- logo es necesario para aumentar la confianza de los ciudadanos en el euro, así como para afrontar riesgos imprevistos que puedan ge- nerar inestabilidad económica y problemas sociales. Si el diálogo macroeconómico y la coordinación de la política financiera son ne- cesarios para apoyar el crecimiento económi- co, debería tomarse en consideración la diversidad nacional, de forma que los Esta- dos miembros sigan siendo competentes para adoptar las medidas concretas de la política económica y fiscal, dentro de una estrategia global coherente. 6.5. El Comité hace hincapié en las im- portantes conexiones por las que las políticas macroeconómicas y estructurales están ínti- mamente ligadas entre sí. Por consiguiente, debe intentarse lograr un «policy-mix», es de- cir, una mezcla coherente de medidas ma- croeconómicas y estructurales, que permita lograr los objetivos perseguidos en materia de crecimiento y de empleo. Esta clarificación del «policy-mix» no debe afectar únicamente a la vinculación entre las políticas macroeconómicas y estructurales, sino también al contenido de cada una de es- tas dos políticas. En otras palabras, debe in- tentar lograrse el máximo equilibrio entre las políticas monetaria, presupuestaria y sala- rial, que constituyen, las tres, la política ma- croeconómica. Del mismo modo, las reformas en materia de innovación tecnológica, de in- vestigación, de competencia, de mercado de trabajo y de infraestructuras, entre otras, de- ben apoyarse mutuamente y situarse en el centro de la política estructural. 6.6. El Comité señala que no puede consi- derarse que el foro de alto nivel organizado en junio de 2000 fuese un éxito. El foro debe organizarse de forma más operativa y debe- ría tener lugar entre la publicación del «infor- me de síntesis» y la celebración del Consejo de primavera, con el fin de aumentar su utili- dad para todos los interesados. 6.7. El Comité insta a las administracio- nes de los Estados miembros a establecer una estrecha colaboración, especialmente con los 155 DOCUMENTOS REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 31 interlocutores sociales, para debatir y aplicar la estrategia de empleo. Los interlocutores sociales deberían determinar con plena auto- nomía su contribución concreta para lograr el éxito de la estrategia y los gobiernos deberían tenerla en cuenta. El Comité insta a los países europeos a que dediquen grandes recursos al conoci- miento y a la formación, puesto que el éxito de la estrategia de empleo depende en gran medida de ello. Esto se ha puesto ya de relie- ve en numerosos dictámenes del Comité 6 . El Comité toma nota con satisfacción de que en el debate acerca de las directrices para la política de empleo también se incluye a los ministros de educación. El Comité espera que en la cumbre de Es- tocolmo se dé un nuevo paso adelante hacia la consecución de un «aumento del conoci- miento» generalizado que incluya a todos. 6.8. El Comité propone que la tendencia hacia el envejecimiento de la población euro- pea y la necesidad de aumentar la calidad del trabajo se aborden de forma expresa en la es- trategia de empleo durante los próximos años. A este respecto, el Comité señala que la tendencia demográfica hacia el envejecimien- to de la población puede hacer que aumente el nivel de ahorro y éste debe canalizarse a las inversiones en recursos humanos, I+D y nuevas tecnologías del conocimiento, para re- ducir los desequilibrios en el nivel de partici- pación en función de la formación, la edad y el sexo, así corno entre los diferentes grupos y regiones. 6.9. El desafio principal será aumentar la tasa de empleo media de todos los Estados miembros, de forma que se puedan lograr los objetivos globales (60% para las mujeres y 70% para los hombres). Este aumento debe completarse con medidas adecuadas para lo- grar la cohesión social. Para abordar esta si- tuación, hay que contar con el conjunto de la sociedad civil organizada. 6.10. A juicio del Comité, es preciso adop- tar las siguientes medidas en el marco de un sistema fiscal y de protección social que favo- rezca el empleo: --- aumentar la participación en la vida ac- tiva de los trabajadores de más edad. El Comité reitera su propuesta 7 de organizar una campaña de sensibilización a escala europea sobre el papel que los trabajadores de más edad pueden desempeñar y para propiciar un diálogo social que pueda consolidar las directrices de empleo ya existentes; --- lograr una tasa de empleo femenino más alta mediante la mejora de las posibili- dades de compaginar la vida familiar y laboral. Uno de los requisitos fundamen- tales es organizar el cuidado de los niños y de otros miembros no activos de la familia, facilitar el paso a otro tipo de trabajo, in- troducir nuevas formas de organización del trabajo y alcanzar la independencia económica de las mujeres; --- integrar a los grupos desfavorecidos en el mercado laboral. Se requieren políticas de apoyo con la participación del conjun- to de la sociedad civil organizada para apoyar los «itinerarios» para las perso- nas desfavorecidas con objeto de evitar los casos de pobreza; --- fomentar la igualdad de oportunidades y de trato de las personas con discapacidad 156 6 Nuevos conocimientos, nuevos empleos, CES 1194/2000. Empleo, reforma económica y cohesión social, DOC 117, 26.4.00, p. 62. La dimensión europea de la educación: naturaleza, contenido y perspectivas, CES 242/2001. Cooperación europea en materia de evaluación de la calidad de la educación escolar, DOC 168, 16.6.00, p. 30. 7 Trabajadores de edad avanzada, DOC 14 de 16.1.2OO1, puntos 5.3. y 5.5. Directrices de empleo 2001, DOC 14 de 16.1.2001. DOCUMENTOS REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 31 en el mercado de trabajo y en todos los campos relacionados con el empleo (mer- cado interior, sociedad de la información, etc.); --- mejorar la situación de los ciudadanos de terceros países y de otros inmigrantes re- sidentes en la UE, de forma que puedan lograr un empleo en el mercado de traba- jo abierto y disfrutar de niveles de pro- tección y de derechos adecuados; --- reconsiderar las políticas de inmigración desde todos los puntos de vista con el ob- jetivo de establecer una inmigración con- trolada que contribuya al bienestar tanto en Europa como en los países de origen. El Comité se está ocupando de este tema y de la política de refugiados, pero subra- ya que más adelante tendrán que tratar- se separadamente de la política general de emigración. 6.11. El Comité considera que el Consejo de Estocolmo debe ser la rampa de lanza- miento de nuevas iniciativas que mejoren la vida laboral como, por ejemplo: --- mejorar el nivel educativo mediante una campaña a escala europea en favor de la educación a lo largo de toda la vida que no sólo implique la participación de las empresas, sino de todos los agentes que intervienen en la educación y la forma- ción académica o no. Al mismo tiempo, se deben encontrar vías para aprovechar las competencias que ya tienen los traba- jadores; --- mejorar la salud y la seguridad en el lu- gar de trabajo mediante el estableci- miento del compromiso de un nuevo programa que contemple las políticas es- tablecidas en la Agenda social; --- vigilar que la política de incentivación del empleo y las reformas estructurales del mercado de trabajo tengan como re- sultado un trabajo provechoso y formas de contratación bien definidas; --- introducir medidas que estimulen for- mas innovadoras de organización del tra- bajo, una buena gestión y mecanismos flexibles de tiempo de trabajo que satis- fagan las necesidades de las empresas y de los trabajadores. Se debe favorecer el cambio de profesión y la movilidad; --- dedicar especial atención a las maneras de mejorar la situación de las mujeres y de otros grupos que tengan sueldos más bajos y menos posibilidades de promo- ción laboral. 7. LEGISLACIÓN EN EL MERCADO LABORAL Y SEGURIDAD SOCIAL 7.1. A fin de lograr un equilibrio razona- ble entre las medidas legislativas y no legis- lativas, debe revisarse la nueva legíslación social y de empleo de la UE en estrecha colabo- ración con los interlocutores sociales e incluso con las demás organizaciones socioeconómi- cas interesadas cuando sea conveniente. 7.2. El Comité acoge con satisfacción la creación del Comité de Protección Social y el hecho de que se ocupe actualmente de las pen- siones y la exclusión social. Al mismo tiempo comprueba que ejerce, además, responsabilida- des en las cuestiones de rentabilidad del tra- bajo y de sanidad sostenible a largo plazo. 7.3. La sostenibilidad de las pensiones está relacionada en última instancia y de ma- nera inevitable con un desarrollo económico sostenible a largo plazo, independientemente del modo en que se organicen los regímenes de pensiones: público, contractual o de mu- tualidades, complementario o privado indivi- dual. 7.4. Los mercados financieros están sien- do impulsados por el aumento de los fondos de pensiones individuales, de mutualidades o como resultado de acuerdos entre trabajadores y empresarios. A medida que se consoliden los fondos de pensiones, los representantes de los beneficiarios deberían tener un papel de- 157 DOCUMENTOS REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 31 cisivo en la inversión del capital para evitar los efectos perjudiciales en los rendimientos de los beneficiarios. El Comité sugiere que se establezcan directrices sobre las inversiones de los fondos de pensiones mediante acuerdos entre los interlocutores sociales o códigos de buena conducta de los fondos, con el fin de fa- vorecer el crecimiento y la sostenibilidad a largo plazo. Asimismo, el Comité de Protección Social debería tener como misión examinar el desa- rrollo de los planes de pensiones complemen- tados en estrecha colaboración con los interlocutores sociales. La movilidad de los trabajadores no debe- ría verse frenada por los planes de pensiones laborales 8 . 7.5. Por otro lado, el Comité de Protec- ción Social debería analizar con urgencia los sistemas de protección social que combinan la flexibilidad y la seguridad, y determinar especialmente las buenas experiencias y las soluciones que se puedan encontrar en este ámbito. 7.6. Otro ámbito en el que los Estados miembros se han comprometido a moderni- zar la protección social es el de la prestación de servicios sanitarios de calidad. 7.7. En cuanto al derecho de igualdad de acceso a la atención sanitaria, el Comité con- sidera que pueden combinarse los sistemas obligatorios y complementarios siempre que ambos compartan el mismo concepto de que su base jurídica es ser un servicio de interés general y que la exclusión de la selección de riesgos y del uso de información genética no puede servir para justificar la discriminación en los seguros. Al igual que ya señaló en su anterior dictamen 9 , el Comité considera que, más que introducir normas legislativas en un sector de evidente complejidad, sería más oportuno señalar las líneas directrices. El ob- jetivo es que los Estados miembros elaboren, mediante la colaboración y las negociaciones con las compañías aseguradoras privadas, cláusulas contractuales que funcionen como código de buena conducta. 8. FUNCIÓN DE LA EMPRESA 8.1. La empresa debería ser considerada como un agente económico que fomenta la co- hesión social. Por consiguiente, los Estados miembros deberían promover la cultura de la iniciativa empresarial en todos los estratos de la sociedad. 8.2. Los esfuerzos dirigidos a facilitar la creación y el traspaso de empresas son muy importantes para incrementar el índice de empleo. La mejora de las condiciones genera- les para las pequeñas empresas y el estable- cimiento de normas administrativas más simples son de capital importancia para explo- tar las nuevas áreas de crecimiento y empleo, especialmente en el sector de los servicios. El Comité reitera la propuesta 10 de que la Car- ta europea de la pequeña empresa se convier- ta en la referencia de evaluación comparativa para medir los avances logrados. 8.3. Es importante garantizar una gran diversidad de empresas y no sólo centrarse en los sectores innovadores y de «alta tecnolo- gía». La mayor parte de las empresas son pe- queñas, locales y hacen un uso intensivo de mano de obra, sobre todo, en el sector de los servicios. Hay un enorme crecimiento de nue- vas formas de empresa: entre otras, activida- des por cuenta propia a tiempo completo o tiempo parcial y empresas fundadas por em- presarios no tradicionales como, por ejemplo, mujeres, jóvenes y minorías. Son necesarias estructuras de apoyo adecuadas. Asimismo, deben encontrarse fórmulas adecuadas de se- guridad social del trabajo en las nuevas for- 158 8 Protección de los derechos a pensión comple- mentaria, DOC 157, 25.5.98. 9 Seguro de enfermedad complementario, DOC 204. 18.7.00, punto C. tercer párrafo. 10 DOC 14 de 16.1.2001. DOCUMENTOS REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 31 mas de empresa (tanto para los propietarios como para los empleados). 8.4. Sin embargo, una condición impor- tante para impulsar el espíritu empresarial en todos los sectores de la sociedad es el desa- rrollo de una cultura de la independencia y responsabilidad en el lugar de trabajo. La mayoría de las veces los creadores de empre- sas han sido antes asalariados. La mejora de la calidad del trabajo y la participación de los empleados en la determinación del mismo son parte integrante de una cultura de la in- dependencia. 8.5. Las diferentes formas de participa- ción de los asalariados en la empresa tam- bién pueden contribuir a reforzar la cultura empresarial, al tiempo que favorecen la cohe- sión social y aumentan la calidad del trabajo. La Comisión debería dar seguimiento al in- forme Pepper examinando diversos modelos como base para el intercambio de buenas prácticas. 8.6. La economía social desempeña una importante función como modelo para las em- presas con objetivos sociales o mutualistas, dado que se basa en la participación y centra la atención en las personas y en sus necesida- des. 8.7. Habída cuenta de que la mayoría de empresas se desarrolla fundamentalmente a un nivel territorial, debería destacarse una vez más la dimensión territorial de la estra- tegia del empleo. El CES sugiere que el plan de actuación que la Comisión de la UE prevé para 2001 dedique especial atención a las em- presas pequeñas y de reciente creación, así como al establecimiento de «asociaciones para el desarrollo de las competencias y la innova- ción» entre los distintos agentes (pequeña y gran empresa, sindicatos, ONG, economía so- cial, entes locales, servicios públicos) 11 para aumentar la competitividad. Los pactos terri- toriales de empleo y otros planes de actuación local similares podrían servir de modelo para una cooperación fructífera a nivel local. 8.8. Junto con la aprobación del estatuto de la sociedad europea y la directiva corres- pondiente se deben introducir cuanto antes las correspondientes reglamentaciones rela- tivas a las cooperativas, mutualidades y aso- ciaciones. 8.9. En las conclusiones de Lisboa se hace un llamamiento especial al sentido de responsabilidad social de las empresas, ade- más de proponer un seguimiento en la Agen- da social. 8.10. El Comité es favorable a la respon- sabilidad social de las empresas teniendo en cuenta a todos los interesados (agentes), así como a la reglamentación acordada por los in- terlocutores sociales o los organismos legisla- tivos. El CES considera que las empresas deben esforzarse por lograr legitimidad acep- tando un compromiso a largo plazo en favor de la sociedad y el desarrollo sostenible, fo- mentando las buenas prácticas respecto de la integración en el entorno local, un diálogo so- cial profundo, la igualdad de oportunidades y de trato, la integración de las minorías, la fi- nanciación de microempresas, etc., y para ello podrían inspirarse, entre otras cosas, en las orientaciones que acaba de aprobar la OCDE para las empresas multinacionales que inclu- yen compromisos no vinculantes de carácter ético, social y medioambiental. 9. SIMPLIFICACIÓN DE LA LEGISLACIÓN SOBRE EL MERCADO INTERIOR 9.1. La cumbre de Lisboa se comprometió a culminar el mercado interior para garanti- zar los intereses de las empresas y de los con- sumidores. 9.2. El CES reconoce la necesidad urgen- te de poner en marcha una nueva política de simplificación para garantizar el funciona- miento correcto del mercado único. 159 11 DO 14 de 16.1.20011. DOCUMENTOS REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 31 El Comité considera que las normas deben elaborarse de manera equilibrada para evitar la interposición de nuevos obstáculos despro- porcionados respecto del objetivo perseguido y sin poner en peligro por ello la calidad de los bienes y servicios. El Comité se ha com- prometido a proponer un código de buena conducta para los agentes comunitarios en el proceso legislativo. 9.3. Con tal fin, el CES insta al Consejo Europeo a que adopte en 2001 un plan pluria- nual para la simplificación con validez hasta 2005, con prioridades y un calendario de me- didas que incluyan recursos para el segui- miento, control de la elaboración de informes anuales y cuadros de indicadores. 9.4. El plan plurianual debería estable- cer, entre otros aspectos, las siguientes pro- puestas: --- uso más eficaz de las fichas de impacto; --- medidas alternativas, como códigos de conducta y acuerdos contractuales, así como un uso más frecuente de etiquetas, certificación y demás procedimientos de autorregulación que requieren la partici- pación de empresas, sindicatos y consu- midores en el proceso. 9.5. El Comité insta también al Consejo a proponer medidas especiales que favorezcan los efectos positivos del mercado único en los problemas específicos permanentes de las zo- nas rurales o islas menos favorecidas y de las regiones periféricas de la UE 12 . 10. CONTRIBUCIÓN DE LOS MERCADOS Y SERVICIOS FINANCIEROS A LA COHESIÓN SOCIAL 10.1. El Comité apoya toda norma que in- tegre los mercados financieros y bancarios, que se encuentran fragmentados en la UE, pero que también tenga en cuenta los intereses de las principales partes afectadas (consumido- res, ahorradores, empresas e inversores). 10.2. Los mercados y servicios financie- ros no sólo deben contribuir a los resultados económicos, sino también a la cohesión social. 10.3. Existe la preocupación de que el de- sarrollo de los mercados y servicios financie- ros lleve a la exclusión de los ciudadanos con escasos recursos, regiones periféricas y pequeñas empresas. Para contrarrestar esta tendencia, se debería investigar cómo, sin comprometer el secreto bancario, se puede imponer a escala europea la obligación de que los bancos, compañías de seguros y demás proveedores de servicios financieros infor- men sobre la forma de distribución de sus servicios de acuerdo con criterios sociales y regionales. 10.4. Siempre y cuando se ajusten a unos criterios bancarios normales, el Comité consi- dera que: --- los ciudadanos deberían tener derecho a disponer de una cuenta bancaria básica y de servicios financieros básicos de cali- dad que satisfagan sus necesidades, in- cluidos el acceso a créditos al consumo y protección contra la usura y otras formas de explotación, así como la posibilidad de dedicar su ahorro a fines éticos, sociales y ecológicos; --- las pequeñas empresas deberían tener acceso a los créditos. Con el fin de satisfacer dichos compromi- sos, las entidades financieras pueden recu- rrir a los intermediarios constituidos por las propias empresas pequeñas y los ciudadanos. 11. INVESTIGACIÓN E INNOVACIÓN 11.1. El CES ha reiterado en diversos dictámenes su apoyo al compromiso de la UE de avanzar hacia un espacio europeo de in- 160 12 Artículos 158 y 299 del Tratado de la UE. DOCUMENTOS REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 31 vestigación e innovación para impulsar la so- ciedad basada en el conocimiento 13 . 11.2. La coordinación y la descentraliza- ción son indispensables para mejorar al má- ximo el rendimiento de la investigación y el uso de los recursos financieros. El Comité quiere subrayar la importancia de que las in- vestigaciones sean accesibles también a los grupos de la sociedad que se han visto desfa- vorecidos con anterioridad. 11.3. Por lo tanto, el Comité sugiere que el futuro Sexto programa de LDT se centre en un número limitado de prioridades bajo con- trol directo de la Comisión; prevea la gestión descentralizada a nivel nacional y local de proyectos de pequeña escala; y asigne una pe- queña participación financiera comunitaria a los proyectos nacionales incluidos en las prio- ridades comunitarias 14 . 11.4. El CES también espera que la cum- bre de Estocolmo apruebe su propuesta de la creación inicial de unas pocas «redes de exce- lencia» de manera experimental y durante un período limitado. Asimismo, apoya la crea- ción de una red de sistemas estratégicos de inteligencia para la ciencia y la tecnología, con el fin de difundir los resultados y organi- zar los intercambios 15 . 11.5. Por último, el Comité apoya la crea- ción de un organismo europeo de las tecnolo- gías de la información para impulsar una sociedad europea de la información que sea competitiva. Bruselas, 28 de febrero de 2001 El Presidente de Comité Económico y Social Göke FRERICHS El Secretario General de Comité Económico y Social Patrick VENTURINI 161 13 Nuevos conocimientos, nuevos empleos, DOC 14 de 16.1.2001. Empleo, reforma económica y cohesión social, DOC 117. 26.4.00, p. 62. 14 Seguimiento, evaluación y máximo aprovecha- miento del impacto económico y social de la IDT: Del Quinto Programa Marca al Sexto Programa Marco, DOC 367 de 20.12.2000. 15 Nuevos conocimientos, nuevos empleos, CES 1194/2000. Hacia un espacio europeo de investigación, DOC 204, 18.7.00, p. 70. DOCUMENTOS REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 31

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR