Diccionario de términos jurídicos, de Ignacio Rivera García.

AutorEduardo Vázquez Bote
Páginas255-256

Page 255

    RIVERA GARCÍA, IGNACIO: Diccionario de términos jurídicos. Equity Publishing Co. IX-513 págs. New Hampshire, 1976.

No es un diccionario de términos jurídicos, es algo más y algo menos. En efecto, de unas 12.000 voces recogidas, casi un tercio de las mismas son vocablos que nada tienen que ver con el Derecho, en cuanto ciencia y en cuanto técnica, sino que son expresiones corrientes, del uso comercial, de la economía (sin rigor económico, v. gr.: el concepto de capital), geografía, etc. Por diversos ejemplos, cabría citar: «a quemarropa», «a sobre hora», «abolengo», «adagio», «balacera», «balizaje», «bandera», «camino de herradura», «ciudad», «deberá» (?), «dedicación», «emigrar», «enchufe», «era cristiana», «exacta», «fascismo», «furor», «indiferente», «ínterin», «mafia», «máquina automática», «matón», «meter», «nudo», «obrero», «obstinación», «odioso», «pacifismo», «pengermanismo», «paso a nivel», «pescar», «porción», «prever», «puerto», «resguardar», etc. Por el contrario, se observa la omisión de conceptos puramente técnico-jurídicos (v. gr.: débito, precontrato, deferir, vocación, estirpe, etc.).

La razón de lo expuesto puede hallarse en las palabras del autor, que tuvo «que ponerse en guardia contra la tendencia a explicar la ley para así poder exponer el término en su acepción más adecuada». Precisamente ésta puede ser muy bien la finalidad de un diccionario de términos jurídicos, recoger la acepción técnica que el Derecho atribuye a palabras vulgares o ajenas al Derecho, aparte, claro es, de poderse incluir pequeñas exposiciones institucionales, planteamientos o enfoques doctrinales, etc.

Ciertamente, no se trata de emitir un juicio negativo contra el autor por lo hasta ahora indicado, por cuanto muy seguramente él se limita a seguir la corriente del medio profesional en que se ha desenvuelto (el señor Rivera fue Secretario del Tribunal Supremo de Puerto Rico). Aquí quizá esté la clave para comprender su esfuerzo y, desde luego, el peligro al que, sin referirme, estoy dedicando mi pensamiento.

Es un tópico común en el país que el Derecho es algo muy sencillo, asequible a cualquiera; que basta explicarlo llanamente. Refutar el tópico es muy sencillo, pues resulta suficiente con leer a Hernández Gil (El Abogado y el razonamiento jurídico) para acreditar lo contrario. Por lo que los esfuerzos que pretenden sencillez pierden, necesariamente, en rigor técnico. Y la labor del jurista dirigida a juristas debe ser técnica.

El...

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