Diccionario de Derecho Privado

AutorLa Redacción
Páginas291-293

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Diccionario de Derecho Privado. Editorial Labor, S. A.Tomo I. Letras A-F (Derecho civil, común y foral, Derecho mercantil, Derecho notarial y registral, Derecho canónico). 1950.Directores: Excmo. Sr. D. Ignacio de Casso y Romero e Ilmo. Sr. D. Francisco Cervera y Jiménez Alfaro, catedrático de Derecho civil y Registrador de la Propiedad, respectivamente.

Siempre es agradable poder elogiar un libro, pero cuando este libro reúne las características de, este Diccionario, el elogio es innecesario. Basta nna inspección ocular en cualquier librería para convencerse de su utilidad y mérito.

Hace tiempo era corriente el empleo de Diccionarios como medio de proporcionar a los lectores un conocimiento suficiente de la materia objeto de la obra. En Derecho se alcanzó algo más. Recordemos a Febrero y a Escriche, que más constituyeron obras de consulta que acopio de elementales ideas al alcance de profanos. Para una rápida visión de conjunto, acaso se,an insustituibles, y irradias veces proporcionan la indicación del camino a seguir si se quiere profundizar el estudio. Enseñan y orientan. Con esto está logrado un fin y tienen los autores la satisfacción del deber cumplido y de haber realizado plenamente sus propósitos.

Pero yo no me conformo, y creo que el editor no discrepe, con una vulgar alabanza. Es necesaria la difusión de esta obra, porque su contenido lo merece. Casso, el infatigable trabajador, y mi competente compañero Cervera, con la colaboración de gente joven, entusiasta, decidida, estudiosa y dinámica, han conseguido condensar el saber de una biblioteca de Derecho en comprimidos difíciles de superar en el espacio que ocupan. La doctrina se desenvuelve con palabras precisas, sin prescindirPage 292del antecedente histórico cuando es necesario, y se añade la jurisprudencia (al estilo de, Medina y Marañón), para concluir con la indicación bibliográfica y las iniciales del autor, que de esta maneta carga con la responsabilidad de sus afirmaciones y garantiza la veracidad.

Me apresuro a salir al paso de una posible equivocada creencia. Que nadie busque una panacea universal y crea que con leer el concepto jurídico correspondiente puede descansar. En Derecho no existe el non plus ultra. Si el lector persigue recordar ideas, concretar opiniones, adquirir el conocimiento adecuado en determinado momento, resolver una duda o prepararse en un mínimum de tiempo, este Diccionario le prestará servicios inapreciables. Pero si quiere hacer una...

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