La determinación de los conceptos jurídicos

AutorÓscar Buenaga Ceballos
Páginas143-145

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Junto al lenguaje ordinario, y valiéndose de éste, el Derecho ha creado un lenguaje técnico, que ha sido construido o formulado fundamentalmente por la Ciencia jurídica de forma progresiva en el tiempo y que permanece en constante remodelación, a consecuencia de la aplicación del Derecho y de la adaptación de las normas jurídicas a la realidad social que pretenden disciplinar. En tal sentido, es destacable también la labor incesante de los tribunales, pues no hay un solo día en el cual las resoluciones judiciales no perfilen y precisen alguna norma jurídica o principio jurídico.

El que el Derecho haya creado un lenguaje técnico se debe indudablemente a querer dotar de una mayor precisión a algunos conceptos o términos que originalmente procedían del lenguaje ordinario, pero cuya reiterada utilización o aparición en los confiictos jurídicos, determinó la necesidad de aclarar su significado ante su carácter típico. Expresiones tales como la de "declaración de voluntad", "el abuso de derecho", "mala fe", "error contractual", son una buena muestra de ello.

Ahora bien, el que una palabra o expresión haya devenido en concepto jurídico no supone que se haya logrado su precisión absoluta -si es que esto fuera posible-, pues las palabras técnicas del Derecho siguen adoleciendo de un cierto grado de indeterminación, derivada de su propia formulación abstracta. La tecnificación jurídica de una palabra o expresión proveniente del lenguaje ordinario puede haber solucionado los problemas concernientes a la ambigüedad semántica, dotando al concepto de un significado unívoco, pero no ocurre lo mismo con la cuestión de la vaguedad, pues los conceptos jurídicos siguen presentando, en distintas medidas, este problema.

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En este sentido, los conceptos jurídicos presentan distintos grados de determinación, hasta el punto de que se distingue usualmente entre conceptos jurídicos determinados e indeterminados.

A este respecto, es evidente que la propia naturaleza abstracta de los conceptos jurídicos implica que éstos estén sujetos siempre a determinación o concreción cada vez que resultan aplicados para la resolución de un supuesto concreto, pero la misma formulación abstracta del concepto jurídico presenta diferentes grados de abstracción. Así, en ocasiones la formulación se realiza con un carácter marcadamente general, lo cual supone que el operador jurídico tiene un margen muy amplio para dotarle de significación jurídica (diligencia de un...

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