Colombia: Desvinculación en Colombia del servidor público por uso impropio del e-mail oficial.

AutorAlexánder Díaz García.
CargoAbogado especialista en Ciencias Penales y Criminológicas, experto en Derecho Informático e Informática Jurídica, docente de estas materias en la Universidad Cooperativa de Colombia, Director del Diplomado en Informática Jurídica en la misma Alma Mater y actualmente, Juez Segundo Promiscuo Municipal de Rovira Tolima.

En Colombia señala el artículo 6º del Decreto 2400 de 1968 en su capítulo tercero, aparece bajo el epígrafe de CONTRATO DE TRABAJO, que son deberes de los empleados públicos entre otros, dedicar la totalidad del tiempo reglamentario del trabajo al desempeño de las funciones que le han sido encomendadas y responder por la conservación de los documentos, útiles, equipos, muebles y bienes confiados a su guarda o administración y rendir oportunamente cuentas de su utilización; siguiendo este lindero normativo lo aplicaremos en un ejemplo practico y trataremos del servidor público ficticio llamado PEDRO PATAQUIVA, que trabaja en un Ministerio y ha enviado un spam a un listado de E-mail de su oficina y a través del computador que le ha asignado la administración para el ejercicio de sus funciones, en circunstancias ajenas a la prestación del servicio y remitidos en horario laboral. Al señor PATAQUIVA se le encontró responsable de su comportamiento que atenta claras normas disciplinarias que son causales para declararlo insubsistente ora destituido.

Los deberes de los servidores públicos colombianos están consagrados además en el decreto 2400 de 1968 en el artículo 40 de la Ley 200 de 1995 (1), entre otros los siguientes: “ 4. Utilizar los recursos que tengan asignados para el desempeño de su empleo, las facultades que le sean atribuidas o la información reservada a que tengan acceso por su función exclusivamente para los fines a que están afectos. 5. Custodiar y cuidar la documentación e información que por razón de su empleo, cargo o función, conserve bajo su cuidado o a la cual tenga acceso impidiendo o evitando la sustracción, destrucción, el ocultamiento o utilización indebidos. 11. Dedicar la totalidad del tiempo reglamentario de trabajo al desempeño de las funciones encomendadas, salvo las excepciones legales referentes a la docencia universitaria.”

Ahora con la entrada de las nuevas tecnologías que se están aplicando a la vanguardia de actividades sociales, políticas y económicas, no podemos desprendernos de su incidencia que tiene en el derecho mismo y especialmente en el campo laboral administrativo. Se ha planteado el interrogante si es viable la desvinculación del servidor público por el uso impropio del correo electrónico asignado para sus funciones públicas. Para mí tal determinación se torna viable, la desvinculación del servidor público en forma unilateral por el uso impropio de su cuenta de correo electrónico oficial; tal...

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