Destino de las faltas del Libro III
Autor | Manuel Jaén Vallejo - Ángel Luis Perrino Pérez |
Cargo del Autor | Magistrado - Fiscal |
Páginas | 205-210 |
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En relación con las faltas que se encontraban reguladas en el Libro III, han sufrido diverso tratamiento tras la reforma, algunas pasan directamente a convertirse en delito leve, otras han pasado a tener la consideración de infracciones administrativas dentro de la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana, que entra en vigor a la vez que la LO 1/2015, y otras quedan ya para la jurisdicción civil. Siguiendo la sistemática que utilizaba en Código penal, cabe distinguir:
- Art 617.1 (falta de lesiones). Es el actual delito leve del art. 147.2.
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- Art. 617.2 (falta de maltrato de obra sin lesión). Es el actual delito leve de art.147.3.
- Art. 618.1. Queda al margen del derecho penal salvo que tenga entidad suficiente para ser considerada como un delito de omisión del deber de socorro.
- Art. 618.2. Pasa a la jurisdicción civil salvo que tenga entidad para constituir un delito contra los derechos y deberes familiares del Capítulo II, del Título XII, del Libro II del Código Penal.
- Art. 619. Despenalizado, salvo que tenga entidad para ser delito de omisión del deber de socorro del 195 del Código Penal.
- Art. 620. Falta de amenazas, coacciones, pasan a formar parte de los delitos leves en los siguientes términos:
· Art. 171.7. Amenaza leve. También cuando se trate de personas mencionadas en el art 173 (segundo párrafo).
· Art. 172.3. Coacciones leves. También cuando se trate de personas mencionadas en el art 173 (segundo párrafo).
- Art. 621. Imprudencia, se reconduce a la vía civil la imprudencia leve, y pasan a formar parte de los delitos leves:
· Art. 142.2. Lesiones graves por imprudencia menos grave (nuevo concepto).
· Art. 152.2. Homicidio por imprudencia menos grave (nuevo concepto).
- Art. 622. Despenalizado, salvo que concurra desobediencia del art. 556. En algún supuesto, también puede reconducirse a la jurisdicción civil.
- Art. 623.1. Es el actual delito leve del art. 234.2 (hurto de menos de 400 euros).
- Art. 623.2. Es el actual delito leve del art 236.2 (hurto de cosa propia de menos de 400 euros).
- Art. 623.4. Pasan a formar parte de los delitos leves en los siguientes términos:
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· Art. 247.2 (distracción de aguas de menos de 400 euros).
· Art. 249 (estafa de menos de 400 euros).
· Art. 252.2 (administración desleal de menos de 400 euros).
· Art. 253.2 (apropiación de cosa perdida o abandonada de...
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