Desdoblamiento M-501, Carretera de los pantanos, en el tramo de la Cuenca de los ríos Alberche y Cofío (Madrid)

AutorAntonio Ramos Medrano, Jose - Ramos Díez, Francisco Javier
Cargo del AutorLicenciado en Ciencias Ambientales
Páginas236-239

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ASUNTO: Desdoblamiento de la M-501, carretera de los pantanos, en el tramo de la Cuenca de los ríos Alberche y Cofío (Madrid)

SENTENCIA: STS de 14 de febrero de 2011 y del TJ de la Unión Europea de 15 de diciembre de 2011.

RECURRENTE: Ecologistas en acción-CODA

En el año 1997 la Comunidad de Madrid proyectó el desdoblamiento de la carretera M-501, conocida coloquialmente con el nombre de carretera de los pantanos, que fue sometido a la previa declaración de impacto ambiental, siendo favorable en su primer tramo hasta el kilómetro 21,8 y desfavorable en el tramo comprendido entre los kilómetros 21,8 a 39,5, al atravesar la cuenca de los ríos Alberche y Cofío, por ser un espacio de alto valor ecológico que goza de protección medioambiental siendo Zona de Especial Protección de Aves (ZEPA 52) y Lugar de Importancia Comunitaria incluida en la Red Natura 2000, además de albergar especies prioritarias como el lince ibérico y el águila imperial.

El primer tramo fue construido y entró en servicio en el año 2001 y para el segundo tramo se optó inicialmente por ampliar y mejorar la carretera existente, firmándose un convenio con el Consejo Superior de Investigaciones Científicas para estudiar la incidencia de la actuación en este espacio protegido. No obstante, el desarrollo económico de estos últimos años, el aumento de población en estas zonas, el mayor tráfico que supuso el desdoblamiento del primer tramo y una petición expresa y formal de los Ayuntamientos afectados, a través de la aprobación de las correspondientes mociones en sesión plenaria de estas corporaciones locales, llevó a la Comunidad de Madrid a optar por el desdoblamiento de la carretera, aun siendo consiente de los riesgos ambientales que suponía esta opción.

De esta forma, con fecha 21 de julio de 2005 se adopta el Acuerdo de Gobierno en el que se decide resolver la discrepancia existente entre el órgano gestor que propone el desdoblamiento de la carretera y el órgano ambiental que se pronunció en su momento contra el desdoblamiento de la misma en el tramo de la cuenca de los ríos Alberche y Cofío y declarar de interés general, por razones imperiosas de seguridad vial, el desdoblamiento del segundo tramo de la carretera M-501 (Tramo M-522 a Navas del Rey).

A pesar de la impugnación judicial se inician los trabajos quizás con la idea de que las obras pudieran estar finalizadas en el momento de dictarse

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sentencia firme, tal y como así ha ocurrido, siendo muy difícil lograr cualquier solución una vez finalizadas. La Administración regional era consiente de los problemas jurídicos que suponía esta opción y también que si observaba con rigor los requisitos de la normativa ambiental posiblemente no pudiera desdoblarse este tramo, motivo por el cual opta por su ejecución intentando evitar el cumplimiento de los dos requisitos que, como mínimo, la hubieran retrasado...

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