Descripción del estudio de campo

AutorHelena Soleto/Aurea Grané
Páginas27-42

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La calidad de la justicia penal es evaluada por numerosas instituciones nacionales e internacionales. Destaca por la calidad de los datos y la profundidad de sus estudios los de la Comisión para la Eficacia de la Justicia del Consejo de Europa.

Las mediciones de calidad de la justicia en general abordan cuestiones relativas al presupuesto, cualificación e independencia de la judicatura, duración de los procesos y eficacia de las resoluciones.

En lo que toca a la justicia penal, los estudios del CEPEJ y los de la Unión Europea, basados en datos del CEPEJ y otras entidades, se limitan al volumen de asuntos por fiscal, relación entre delitos graves e infracciones menores, ritmo de liquidación de asuntos, duración de los pleitos, pago de multas e indemnizaciones y situación específica en relación con delitos de robo y homicidio, además de tasa de apelaciones y mediación33. Mientras que los datos sobre justicia civil, laboral o administrativa son amplios, en el ámbito penal los datos son muy escasos34. La misma situación se refleja en el estudio específico del CEPEJ sobre ejecución, que cuenta con datos sobre carga de trabajo, duración, e intentan abordar la eficacia de la ejecución sin resultados sobre las cuestiones económicas35.

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Los datos de la Fiscalía y el Consejo General del Poder Judicial sobre eficacia de las resoluciones son también inexistentes: en la Memoria del CGPJ de 2016 se reflejan únicamente las cifras relativas a la cantidad de ejecutorias por tipo de órgano, y en la Memoria de la Fiscalía de 2016 se hace referencia únicamente al número de sentencias.36Entendemos que la evolución histórico jurídica de los diferentes países obliga a trabajar la calidad de la justicia a sus Estados de forma diferentes, esto es, en una primera fase de democracia, las exigencias básicas de independencia económica, política y profesionalización de los jueces cobrarán protagonismo y todos los esfuerzos posibles, procurándose al mismo tiempo una normativa de calidad y una regulación procesal adecuada. En fases de mayor desarrollo jurídico y social, la calidad de la justicia pasará por ofrecer un sistema fiable, accesible, garantista, independiente, rápido y sin errores.

Evidentemente, la situación de la víctima en el proceso penal ha de ser un elemento básico de medición y estudio para poder garantizar una efectiva protección.

1. Contextualización del estudio

La eficacia y la eficiencia de la Justicia son ámbitos de estudio del Derecho con cada vez mayor trascendencia: la regulación más o menos perfecta de las relaciones jurídicas y la solución de conflictos ha detentado el interés de los legisladores, prácticos y doctrina durante siglos, y, desde hace unos años, una vez aproximados normativamente a un diseño garantista de Justicia, se produce un interés sobre la aplicación práctica, real, de lo regulado.

Esta investigación se ha centrado en el ámbito penal, y, concretamente, en la reparación a la víctima, intentando medirse el grado de eficacia de la reparación económica a favor de los perjudicados recogida en la sentencia condenatoria.

El proyecto “La eficacia de la reparación de la víctima en el proceso penal” se desarrolla en el marco de los Trabajos Fin de Grado de la Universidad Carlos III de Madrid de estudiantes del último curso de estudios conjuntos de Derecho y Administración de Empresa. Para los estudiantes, tiene una carga lectiva de 18 créditos, que equivale a tres asignaturas cuatrimestrales. Durante el curso 2015/16, el Trabajo Fin de Grado

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(TFG) ha sido tutorado por dos profesoras de Derecho Procesal, Rosa Gómez de Liaño y Helena Soleto, y dos profesoras de Estadística, Aurea Grané y Ana Arribas, y durante el curso 2016/2017 por las mismas profesoras de Derecho Procesal y la profesora Aurea Grané de Estadística.

El objetivo del proyecto es evaluar la eficacia de la reparación a la víctima. Para la parte de Derecho, los estudiantes deben abordar la reparación a la víctima de forma genérica y específica respecto a temas concretos, mientras que el trabajo estadístico consiste en la construcción de una base de datos y en el análisis y extracción de resultados, desarrollando en conjunto un trabajo interrelacionado entre las dos materias que estudian la eficacia de la justicia.

Helena Soleto y Aurea Grané son responsables del diseño de la base de datos, mientras que el diseño muestral, es decir, el cálculo de los tamaños y cupos requeridos para lograr una máxima representatividad de la muestra, así como la selección aleatoria de expedientes a analizar, ha ido a cargo de las profesoras de Estadística. La recogida de datos se ha realizado en todas las jurisdicciones para la ejecución de causas de la Comunidad de Madrid además de en la Audiencia Provincial de Madrid. En ella han participado 63 alumnos de sexto curso del grado en Derecho-Administración de Empresas de la Universidad Carlos III de Madrid.

Los resultados obtenidos en el primer año han servido para orientar la recogida de datos y la profundización de las causas de la ineficacia de la reparación a través de la indemnización en el segundo año. Hemos obtenido así resultados del que llamaremos primer estudio, realizado en el curso 2015/2016 y del que llamaremos segundo estudio, en el curso 2016/2017.

Agradecemos la colaboración del Consejo General del Poder Judicial por facilitarnos el acceso a la recogida de datos y, además, muy especialmente, queremos manifestar nuestro agradecimiento a los Letrados de la Administración de Justicia, y a los Jueces y Magistrados que han aceptado participar en este proyecto, así como al personal de los Juzgados por su apoyo, y al buen hacer de los alumnos colaboradores.

2. Sobre el objetivo de la investigación
2.1. Objetivos del primer estudio

La tesis inicial es que la indemnización recogida en la sentencia no se suele cobrar por la víctima.

El objetivo principal es comprobar si esta tesis se confirma.

El objetivo secundario sería identificar factores que puedan influir en la eficacia, y se sustentan en las siguientes tesis secundarias:

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— El plazo entre la comisión del delito y la ejecución de la sentencia, concretamente el pago de la indemnización, es muy largo.

— Cuando la cuantía de pena privativa de libertad sea de 2 años o menos debería haber una mayor posibilidad de cobro de indemnización que cuando no hay pena privativa de libertad o que cuando la pena es superior a 2 años, pues el incentivo para el pago es muy alto: si se paga, la pena se suspende y el sujeto no entra en prisión.

— Cuando hay conformidad debería haber mayor probabilidad de cobro, sobre todo cuando la reducción de la pena permite la suspensión de la pena privativa de libertad.

— La acusación particular...

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