Derechos humanos, trabajo social y sinhogarismo. Enfoque práctico desde un modelo participativo- creativo en la Ciudad de Sevilla)

AutorManuel Muñoz Bellerín
CargoProfesor Asociado. Facultad de Ciencias Sociales
Páginas220-236

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1. Introducción

Los derechos humanos han estado presente en el trabajo social moderno desde la aparición de la declaración universal en 1948. Antes, pioneras como Jane Addams fundamentaron la disciplina desde unos valores que han sido determinantes para su concepción actual. Valores como el sufragio universal, la justicia o la igualdad, fueron pilares con los que Addams forjaron esta construcción. Sin embargo, la materialización de estos derechos no es un asunto sencillo. Se hace necesario concretar qué espacios e instrumentos son los idóneos para llevar a cabo este proyecto. El sinhogarismo es un fenómeno contemporáneo que está presente en ciudades como Sevilla (España). Este contexto social y territorial nos servirá de caso práctico para analizar los derechos humanos como categoría dentro del trabajo social, así como los posibles niveles de aplicación.

En los apartados 2 y 3 de este artículo, trataremos de dar sentido teórico a la acción del trabajo social como agente que articula saberes, principios y métodos en el marco de los derechos humano. Para ello, nos basamos en la ya anunciada figura de Jane Addams. En este primer acercamiento epistemológico afrontaremos, en los capítulos 4 y 5, la categoría sinhogar como fenómeno de las ciencias sociales, así como las implicaciones que tiene en el terreno de las sociedades. Este último aparatado ofrecerá un perfil hipotético con el que aproximarse cualitativamente a la realidad del sinhogarismo en la ciudad de Sevilla. Tanto este acercamiento, como muchos de los contenidos vertidos en los capítulos, parte de una posición crítica que no está exenta de discusión. Una discusión que toca de lleno el modelo de la acción social preponderante, y por tanto del trabajo social en su ámbito de actuación con personas sin hogar. Dicha disconformidad está basada en la experiencia práctica que llevamos a cabo como investigadores y agentes sociales con implicación en el trabajo social dirigido a grupos y sujetos que sufren el sinhogarismo. A tenor de las contradicciones existentes en dicho modelo, a continuación presentaremos una opción de modelo alternativo, entre otros muchos posibles. En el apartado 5 pasamos a describir las implicaciones metodológicas que tiene el teatro como herramienta del trabajo social y los niveles de aplicación en materia de derechos humanos. No se trata de presentar un modelo de caso práctico centrado en los resultados. Más bien, se trata de reflejar un proceso metodológico que se viene realizando desde 2007 en el que el teatro, como modelo de la acción social, está al servicio del conocimiento y el desarrollo de estrategias con sujetos en contextos donde se dan circunstancias que son adversas a la aplicación de los derechos humanos. Por ello, nos ajustaremos a una descripción donde aparecerán dinámicas que has sido útiles para tal propósito.

Finalmente, queremos precisar que el artículo tiene como objeto de estudio la situación de los derechos humanos en un contexto determinado como es el sinhogarismo, así como el papel que desempeña el trabajo social en el mismo. Para ello, se hace insoslayable evaluar la realidad inmediata donde se dirimen la cuestión de los derechos. Esta realidad estará acotada en la cotidianeidad, donde acontecen las relaciones e interacciones entre los agentes en unos espacios determinados. Las relaciones como categoría de las ciencias sociales presenta muchas aristas que deben ser analizadas. Entre otras, existen diferentes niveles de relaciones, pro ejemplo: las que se establecen entre los trabajadores sociales y los sujetos de la intervención; las establecidas entre los sujetos entre si; y las que establecen estos con el resto de la sociedad. En los tres niveles, se pueden matizar aspectos concretos del intercambio producido entre los actores en ciernes. Sin embargo, de manera específica, en este artículo nos interesa resaltar un nexo común de estos tres niveles. A saber, la aplicabilidad de los derechos humanos en su concreción inmediata y que, en el caso del trabajo social, es de una incumbencia asentada en la propia disciplina.

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2. Los derechos humanos como categoría del trabajo social

La influencia de Jane Addams en el desarrollo del trabajo social moderno tuvo una serie de repercusiones que siguen vigentes en el momento actual1. El compromiso de la autora norteamericana con los movimientos políticos que lucharon por el sufragio universal, la democratización de una sociedad plural, así como la defensa de los valores y derechos de una ciudadanía cada vez más diversa y compleja, fueron, entre otros, idearios que trascendieron su vida y su manera de concebir el trabajo social. En la figura de Addams, el trabajo social toma un sentido político desde la misma praxis, a partir de la confluencia de las ideas teóricas con el ejercicio de la disciplina. El contexto científico que compartió fue el interaccionismo, aspecto este crucial si analizamos el desarrollo práctico que llevó a cabo a través de los Settlement House donde las relaciones adquirían un valor fundamental. La creación de los Hull House supuso una hipótesis de tal empresa llevada a la práctica. La creación de un espacio de este tipo permitió relaciones humanas desde un nivel de intercambios recíprocos entre los sujetos, y entre estos y las trabajadoras sociales. Valores como la emancipación, el respeto o el derecho a las identidades infirieron en una acción social con fundamentación participativa y democrática. Por otra parte, la instrumentalización de técnicas procedentes de las ciencias sociales con otras de ámbitos tan dispares (pero no distantes) como las artes supuso un hito que merece una atención especial. Por todo ello, el legado de Addams está arraigado a una concepción del trabajo social justificado en dichos valores. Es decir, sobre la base de la igualdad y la justicia social, en los derechos de los sujetos, grupos y comunidades a decidir sobre sus vidas, en definitiva, en la construcción de una sociedad democrática en el sentido ético y práctico. Estas fueron algunas de las aportaciones que Addams realizó al designio del trabajo social desde los principios de los derechos humanos.

Con posterioridad, y de manera progresiva, los derechos humanos fueron tomando espacio significativo en la disciplina. En la Asamblea General de la Federación Internacional de Trabajo Social celebrada en Montreal (FITS, 2000) se señaló la asociación de los derechos humamos como principios fundamentales. Después, en la Asamblea General de 2014 se propuso una definición que contemplaba las siguientes coordenadas: "El trabajo social es una profesión basada en la práctica y una disciplina académica que promueve el cambio y el desarrollo social, la cohesión social, y el fortalecimiento y la liberación de las personas. Los principios de la justicia social, los derechos humanos, la responsabilidad colectiva y el respeto a la diversidad son fundamentales para el trabajo social" (FITS, 2014). La reiterada distinción de los derechos humanos como categoría substancial exhorta a un detenido análisis acerca del alcance que tiene en el trabajo social. No obstante, en dicho análisis debe incluirse un estudio crítico acerca del alcance que los derechos humanos tiene en el contexto general de las sociedades. Sobre todo en aquellos espacios donde son vulnerables. Así mismo, en el ámbito internacional, el reconocimiento jurídico de los derechos humanos es una cuestión irrefutable. Es la materialización de estos derechos y su concreción lo que cabe analizar.

El trabajo social tiene en la práctica un aspecto añadido que le es connatural: organiza, orienta y valora principios, fundamentos, objetivos y métodos. En cuanto a la práctica, por lo general, la acción del trabajo social se realiza en aquellos contextos inmediatos donde acontecen los hechos. Se establece en una cotidianeidad cuya esfera cardinal son los acontecimiento, el aquí y ahora de un espacio- tiempo concreto. Por ejemplo, en un contexto específico, las relaciones que se establecen entre los sujetos, y de estos con los agentes sociales, supone un parámetro de significativa relevancia para la práctica de los derechos humanos. Es aquí donde el trabajo social desempeña un rol substancial en la valoración material de los derechos humanos, pues es en dicha cotidianeidad, es decir en la práctica

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diaria y contextualizada, donde se hace factible verificar los niveles de aplicación existentes. Como apuntamos en la introducción, existen diferentes tipos de relaciones e interacciones que son posibles examinar en la práctica. El primero hace alusión a las relaciones que establecen los sujetos entre si como miembros de un grupo determinado. El segundo, hace referencia a las relaciones de los sujetos pertenecientes a un grupo determinado con el resto de la sociedad. Y el tercero, en el modelo de relaciones que establece el trabajo social con los sujetos. En los tres casos, el trabajo social activa procesos desde el marco de las interacciones. Bien sea porque construye modelos socioeducativos dentro de cada contexto grupal, bien porque promueve interacciones entre estos y la sociedad, y viceversa. Pero, es en las prácticas sociales, es decir, en las "formas de organización y acción a favor o en contra de la situación de acceso a los bienes que se pretende" (Herrera, 2008, p.113) donde se crean las posibilidades de materialización de los derechos humanos. Estas formas de organización están basadas en los modelos de relaciones que se establezcan entre...

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