Derechos humanos y derechos de la mujer

AutorMaria José Azaustre Fernández

Esta cuestión no trata de realizar una distinción entre ambos ámbitos jurídicos, aunque sí exponer las diferentes teorías que sobre la problemática existen.

La raíz de tal polémica se encuentra en el denominativo genérico de «hombre», donde se esconde y se ignora la realidad de las mujeres cada vez que se utiliza otorgándole el sentido de «persona» o «humano».

¿Se puede considerar que los Derechos Humanos incluyen los Derechos de las mujeres, o no es necesaria esta especificación, interpretándose globalmente, o simplemente se puede considerar que los Derechos de las Mujeres no están incluidos en los Derechos Humanos?193

Las respuestas a este interrogante difieren unas de otras así como las consecuencias que acarrean, pues la regulación interna específica que se haga sobre la materia difiere según el sentido y la interpretación que se haga del interrogante realizado ut supra.

La consideración de que los Derechos Humanos incluyen los derechos de todas las personas, sin concretar ni distinguir cualquier alusión a los Derechos de las Mujeres, conllevaría la protección de la integridad de las mujeres en la violencia doméstica de forma intrínseca en la regulación genérica del delito de lesiones194.

Otra proyección jurídico-penal de la consideración de los Derechos Humanos de forma global, se llevaría a cabo con la creación de un tipo penal específico sobre el maltrato doméstico, pero manteniendo la formulación genérica en cuanto no especifica los malos tratos a la mujer, sino como consecuencia de las relaciones afectivo-familiares195.

Y por último, si consideramos que los Derechos de las Mujeres no se encuentran incluidos en los Derechos Humanos, conduciría a sancionar el maltrato doméstico contra la mujer en el Ordenamiento jurídico-penal, en la búsqueda de la protección necesaria y exclusiva que necesitaría la mujer en este sentido.

No obstante, estas teorías variarían en función de los Derechos que tratemos como exclusivos de las Mujeres. En este sentido, y por tratarse nuestro objeto de estudio de los malos tratos a la mujer nos hemos referido y concretado la aplicación de estas teorías al mismo.

Actualmente se pretende la aprobación de otro texto la Declaración de Derechos Humanos para el siglo XXI, donde se recoja la perspectiva de género y etnicidad, perspectivas que han ganado en preeminencia desde la adopción de la Declaración...

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