Los derechos humanos de la cuarta generación. Caracterización y estructura

AutorMaría Eugenia Rodríguez Palop
Páginas119-192

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1. Presentación preliminar de la cuarta generación de derechos

Como ya he indicado, el uso de la expresión «cuarta generación de derechos humanos», permite adoptar una perspectiva histórica en su análisis, sin excluir por ello la exigencia lógica de reunir en cada generación sólo a aquellas demandas que tienen algunos rasgos básicos en común. De este modo, se pretende examinar el idéntico origen histórico de los derechos, su aparición en un contexto espacio-temporal concreto, para agruparlos en una categoría, pero sin marginar el análisis de su justificación y de las características por las que se puede identificar a la totalidad de sus integrantes.

Ciertamente, si se adoptara un punto de vista estrictamente histórico, a los derechos de la cuarta generación habrían de sumarse los denominados «derechos de la sociedad tecnológica» en sentido estricto (la libertad informática y el derecho a la autodeterminación informativa), y también, por qué no, los llamados «derechos cotidianos», pues todos ellos han visto la luz en el mismo contexto. Sin embargo, teniendo en cuenta el significado que en este libro he otorgado a la expresión «generaciones de derechos», creo que ambas categorías han de ser excluidas si se pretende configurar el elenco de las nuevas reivindicaciones.

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Como ya he indicado más arriba, desde mi punto de vista, el catálogo de los derechos de cuarta generación estaría configurado por el derecho al medio ambiente, al desarrollo, a la paz, a la autodeterminación de los pueblos y al patrimonio común de la humanidad. Según he podido mostrar, no existe acuerdo si se trata de alcanzar una enumeración de los nuevos derechos, pero creo que el índice que aquí presento es el mayo-ritariamente aceptado por la doctrina y el que recogen también los textos internacionales más relevantes. Además, pueden subrayarse algunos de los rasgos que todos ellos comparten y que los definen como tales (si bien, curiosamente, en su mayor parte, se trata de problemas que podrían dificultar su incardi-nación en el repertorio de derechos humanos). De esta manera, interpretados adecuadamente, el contenido, el fundamento y la finalidad última de cada uno de los integrantes de la nueva generación, no entrará en colisión con las particularidades que presentan el resto de sus componentes.

1.1. Un origen común y una misma orientación crítica
1.1.1. El protagonismo del movimiento social

Puede decirse que todos los derechos que he mencionado más arriba surgen en el mismo contexto histórico: su reivindicación comenzó a dejarse oír en la Europa occidental y en los Estados Unidos tras la segunda guerra mundial. Durante los años posteriores a 1945, especialmente en la década de los sesenta-setenta, el panorama político, económico y social pareció sufrir una profunda transformación. La sensación generalizada de que el modelo imperante necesitaba ser actualizado se difundió entre los países integrantes del «mundo desarrollado» y se tradujo, entre otras cosas, en la aparición de estas nuevas exigencias, y en el resurgimiento de necesidades antiguas cuya satisfacción se consideraba entonces urgente. El pretendido cambio de rumbo afectaba al papel político-económico del Estado tanto en el orden interno como, sobre todo, en el ámbito internacional.

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Los derechos de cuarta generación están vinculados a la aparición, en estos años, de nuevos movimientos sociales que, como el ecologismo, el feminismo y el pacifismo (y, posteriormente, el denominado ecofeminismo y el ecopacifismo), se orientaban a desvelar las insuficiencias del diseño político en el que se asentaba el Estado de bienestar1 (que no resultaba ser

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suficientemente representativo, ni participativo) así como las deficiencias de un modelo económico de graves efectos destructivos; un modelo que se apoyaba en un desarrollo tecnológico al servicio de la guerra, en la explotación de los países subdesarrollados, en el colonialismo y en el imperialismo2. Es decir, ninguno de los derechos de cuarta generación puede considerarse un mero fenómeno ideológico surgido en el vacío.

Entre la doctrina que se ocupa del estudio de los movimientos sociales, en general, no puede decirse que exista un acuerdo unánime ni acerca de su definición, ni en relación a sus características. Dado que no es este el espacio adecuado para solventar tal conflicto conceptual, sostendré, siguiendo ciertas corrientes,

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que los movimientos sociales son comportamientos colectivos que se desarrollan en el interior de un conjunto de orientaciones culturales pero que, al mismo tiempo, se oponen al modelo de control y utilización social de los valores vigentes y representan una alternativa frente a las formas más enquistadas de la vida social3. Para desgranar un poco esta aproximación, me parece útil el análisis de J. Riechmann4, que ha identificado a los movimientos sociales del siguiente modo:

  1. Los movimientos sociales son agentes colectivos necesariamente movilizadores que se caracterizan por un elevado grado de diferenciación y pluralismo interno y que cuestionan las formas más institucionalizadas de poder;

  2. sus objetivos son provocar, impedir o anular un cambio social importante, lo cual no tiene que suponer una subversión total del sistema, pero sí la transformación de estructuras sociales relevantes;

  3. para distinguirlos de meros episodios de acción colectivos, es necesario que actúen con una cierta continuidad;

  4. poseen un alto nivel de integración simbólica, manifestándose en su seno un acusado sentimiento de pertenencia al grupo. En este sentido, para lograr el afianzamiento del movimiento social, es importante la identificación/construcción del Otro, la definición del oponente frente al que se afirmará el movimiento;

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  5. en los movimientos sociales el grado de especificación de roles es bajo (no existe una militancia formal) y crece con el nivel de organización del movimiento;

  6. existe una afinidad entre movimiento social y formas no convencionales de acción individual y colectiva. Dado que surgen ante la incapacidad del sistema institucional establecido para hallar respuesta a los problemas en torno a los cuales se articulan, es lógico que, al menos en principio, sitúen su práctica fuera de los cauces sociopolíticos formales;

  7. en su fase inicial, los movimientos sociales suelen estar impulsados por grupos de individuos socioestructuralmente definidos, aunque siempre intentan movilizar a sectores sociales más amplios.

    Por consiguiente, para que exista la acción colectiva es necesario: que se aprecie un desfase entre lo que se espera y su realización, que el actor tenga una identidad que le permita situarse (una capacidad para reconocer los efectos de su acción como tales y un adversario identificable contra el cual movilizarse), y que valore el objeto del que se le priva, considerando que tiene derechos sobre él. Pero como los condicionantes expresados más arriba también pueden generar otras actitudes (repliegue sobre el grupo, elaboraciones simbólicas, creación de imaginarios jurídicos alternativos, absorción por parte de las instituciones, etc.), para que haya movimientos sociales es necesario, además, que la acción colectiva provoque una ruptura de los límites del sistema en el cual se sitúa, con el cuestio-namiento de sus reglas, en el caso de un sistema político, o de su forma de apropiación e inversión, en el caso de un modo de producción5.

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    A la vista de esta caracterización, puede decirse que los movimientos sociales no se identifican con grupos de presión o de interés y, menos aún, con una simple reivindicación: una reivindicación intenta modificar la relación entre lo que el actor aporta y lo que recibe en un conjunto social particular; y un grupo de presión intenta acrecentar su influencia en un sistema decisional o, cuando menos, evitar que ésta disminuya. En cambio, un movimiento social es una acción colectiva conflictual que pretende modificar el modo en que se utilizan los modelos mediante los que una colectividad construye sus relaciones con el entorno. No hablamos, por tanto, únicamente de una fuerza, sino de un conjunto de actores sociales orientados normativamente y definidos por sus relaciones con otros actores sociales6.

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    Evidentemente, optar por una definición concreta de lo que sea un movimiento social, como se ha hecho en estas páginas, no es suficiente para resolver todos los problemas que plantea su definición, pues a medida que evolucionan en sus formas de organización, en su proyección política y en sus análisis e interpretaciones teóricas, los movimientos sociales sufren profundos cambios, incluso algunos no son más que una etapa en un proceso de maduración política y acaban teniendo plasmacio-nes formales menos atípicas que la de las nuevas formas de acción colectiva.

    Estas dificultades han llevado a algunos autores a considerar que los movimientos sociales son cíclicos, pues, por un lado, responden a circunstancias que varían...

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