Derechos y Deberes de los asociados

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El ejercicio del derecho de asociación, tanto para integrarse (art. 19), como para separarse de una asociación en cualquier tiempo (art. 23), es libre y voluntario. Todo asociado ostenta, según se desprende del contenido del art. 21, una serie de derechos, que podemos encuadrar, con carácter general, en cuatro grandes áreas, que serían: derecho de participación activa, de información, de garantías disciplinarias y de impugnación.

Así, primer lugar, los socios tienen derecho a participar en las actividades de la asociación y en los órganos de gobierno y representación, a ejercer el derecho de voto, así como a asistir a la Asamblea General, de acuerdo con los Estatutos.

También tiene derecho todo socio a ser informado sobre los órganos de gobierno de la asociación, el estado de cuentas y el desarrollo de su actividad.

Respecto a las posibles medidas disciplinarias y sancionadoras, todo socio tiene derecho a ser oído con carácter previo a la adopción de medidas disciplinarias contra él, ser informado de los hechos origen de las medidas, y en caso de recibir sanción, el acuerdo debe ser motivado.

Y, en último lugar a impugnar los acuerdos de los órganos de la asociación que estime contrarios a la ley o a los Estatutos.

Los deberes de los asociados29, básicamente, son los de compartir los fines

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y objetivos de la asociación, y cumplir las obligaciones fijadas por la...

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