Concreción del derecho urbanístico estatal

AutorAngel Ortega García

VIII CONCRECIÓN DEL DERECHO URBANÍSTICO ESTATAL

En el estudio de esta materia, que desemboca en los correspondientes cuadros, se tiene en cuenta el distinto tratamiento aplicable a Ceuta y Melilla, haciendo sobre ellas consideraciones y cuadros propios.

El estudio se desarrolla en cuatro epígrafes:

  1. Anulaciones producidas en los preceptos subsistentes de la Ley de 1992 por la Sentencia del Tribunal Supremo de 25 de junio de 1997.

  2. Derogaciones producidas en los preceptos subsistentes de la Ley del Suelo de 1992 por la Ley de 1998.

  3. Derogaciones producidas en la Ley del Suelo de 1976 por la Ley de 1998.

  4. Preceptos legales aplicables en Ceuta y Melilla.

    Del resultado obtenido tras el estudio de los cuatro epígrafes, se ha pasado a la formulación de los siguientes cuadros:

    1. PRECEPTOS DE CARÁCTER BÁSICO O PLENO SUBSISTENTES EN LA LEY DEL SUELO DE 1992, DESPUÉS DE LAS SENTENCIAS DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL Y DEL TRIBUNAL SUPREMO Y DE LA LEY DE 1998

      Es el punto de partida para conocer la base aplicable en todas las Comunidades Autónomas con competencia legislativa, en las que inciden los preceptos de la Ley de 1998.

    2. PRECEPTOS BÁSICOS Y EXCLUSIVOS DE LA LEGISLACIÓN ESTATAL

      Con la utilización de la estructura de la Ley de 1992, se vertebran los preceptos subsistentes de ella con los de la Ley de 1998.

    3. ARTÍCULOS DE LA LEY DEL SUELO DE 1976 APLICABLES DESPUÉS DE LA LEY DE 1998.

      Estos artículos compatibles con los vigentes de la Ley de 1992 y con los de la Ley de 1998, sirven para su aplicación en las Comunidades Autónomas sin legislación urbanística propia o respecto de lo que ésta no contemple, al ser, en general, supletorios, con las excepciones que se han indicado en el Capítulo VI.

    4. REGLAMENTOS

      En estos Cuadros se indica la derogación de los Reglamentos de Edificación Forzosa y Reparcelaciones y la vigencia del Real Decreto 1093/1997, de 4 de julio, que contiene las normas complementarias del Reglamento Hipotecario, sobre Inscripción en el Registro de la Propiedad de Actos de Naturaleza Urbanística.

      En los Cuadros de los Reglamentos de Planeamiento, Gestión y Disciplina Urbanística se examinan los artículos derogados por el Real Decreto 304/1993, que han recuperado su vigencia, los dejados sin efecto por la Sentencia del Constitucional, los derogados o modificados por la Ley de 1998 y por el Real Decreto 1093/1997, para concluir con la enumeración de los artículos aplicables de cada uno de los Reglamentos, en el de Disciplina por exclusión de los no aplicables, que son pocos.

      Con esta enumeración, se ponen al día los Reglamentos, como se hizo en el Libro que preparé para el Colegio de Arquitectos de Madrid, publicado en 1987 bajo el título «Ley del Suelo y Reglamentos», y cuyo examen es muy recomendable para saber la redacción introducida en diversos preceptos del Reglamento de Planeamiento y alguno del de Gestión por los Reales Decretos-Leyes 3/1980 y 16/1981, que se contiene en ese Libro, al margen de los artículos afectados, y que aquí se indican con el signo (R.D-L).

    5. CEUTA Y MELILLA

      En el Cuadro se ha tenido en cuenta la aplicación general de la Ley de 1992 y de la tabla de vigencias del Real Decreto 304/

      1993, en cuanto a los Reglamentos, con la indicación de los artículos legales y reglamentarios vigentes tras la incidencia del Real Decreto 1093/1997 en el Reglamento de Gestión y...

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