Derecho Urbanístico Común

AutorFernando Romero Saura
CargoCatedrático de Universidad

JOSÉ MARÍA BAÑO LEÓN, Derecho Urbanístico Común, Madrid 2009, Iustel.

Paralelamente observamos como la producción científica se vierte sobre una temática bastante dispersa cuya lectura —¿porqué no decirlo?—, produce en ocasiones una cierta fatiga, puesto que se trata de análisis de elementos una y otra vez repetidos, con variantes de más o menos enjundia, a lo largo del ancho panorama autonómico.

Quienes ya llevamos años participando de una u otra manera en el urbanismo, sabemos que esto no fue siempre así. Con anterioridad a las legislaciones urbanísticas, nos movíamos dentro de un sólido edificio levantado por leyes, doctrina y jurisprudencia que operaban sobre el mismo espacio, en el que los perfiles institucionales aparecían definidos con trazos firmes y el administrado gozaba, seguramente, de una mayor seguridad jurídica de la que hoy se ofrece. Con la perspectiva que dan los años —han pasado ya casi una docena desde la STC 61/1997—, el profesor Baño León se plantea de modo original una cuestión clave que, de forma un poco simplista, podría formularse: ¿qué suerte ha corrido todo aquel caudal plasmado en leyes, jurisprudencia y doctrina producido con anterioridad a la STC 61/1997?, ¿ha quedado relegado a la simple aplicación supletoria del Texto Refundido de 1976?, ¿por el contrario, es un corpus que subyace en las actuales instituciones urbanísticas y en qué medida? Me parece que estas preguntas son muy pertinentes en el momento actual y me atrevo a decir que más de uno pensábamos que era una cuestión pendiente que alguien debería afrontar, en el convencimiento de que quien lo hiciera prestaría un buen servicio al Derecho urbanístico y al urbanismo. Esta temática que me parece de una importancia notable, es la que afronta el profesor Baño León dejando constancia de una notable calidad científica. Este sería el que puede calificarse de horizonte básico del trabajo que justifica la denominación de Derecho Urbanístico Común.

Pero el tratado no se limita a identificar qué elementos de la tradición jurídica y en qué medida perviven en el Derecho urbanístico actual, sino que el profesor Baño afronta una empresa mucho más ambiciosa, puesto que tomando en consideración lo que podríamos denominar elementos jurídicos «perennes», se proyecta hacia el futuro dando cuenta de la situación actual, de toda la temática del Derecho urbanístico en base al impacto producido por los nuevos condicionantes. El mismo, en las primeras líneas del tratado...

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