El derecho de relación de los menores con sus padres y abuelos. Medidas de protección

AutorJuan José Nevado Montero
CargoMáster en Derecho de Familia y Sistemas hereditarios
Páginas894-920
894 Revista Crítica de Derecho Inmobiliario, N.º 772, págs. 894 a 920
1.2. Familia
El derecho de relación de los menores con sus
padres y abuelos. Medidas de protección
The right of relationship of minors with their
parents and grandparents. Protection measures
por
JUAN JOSÉ NEVADO MONTERO
Máster en Derecho de Familia y Sistemas hereditarios
Abogado
Doctorando Programa de Doctorado en Derecho y Ciencias Sociales UNED
RESUMEN: Tras la crisis de pareja, se organiza de forma diferente el núcleo
familiar, y es necesario establecer en la resolución que regule las medidas pater-
nofiliales como se van a llevar a cabo las tareas de los progenitores comprendidas
en el ámbito de la patria potestad.
Uno de los deberes del progenitor incardinados en el ámbito de la patria
potestad, es tener a los hijos en su compañía, extremo que tras la crisis solo
será posible de manera alternada al haber quebrado la convivencia de la pareja.
Siendo el derecho de relación de los menores con sus progenitores esencial
para el normal desarrollo de aquellos, el ordenamiento jurídico debe garantizar
su protección, mediante mecanismos que aseguren su correcto ejercicio.
No solo se garantiza el derecho de relación de los menores con sus padres,
sino que también se hace respecto a los abuelos y otros parientes y allegados.
ABSTRACT: After the couple crisis, the family nucleus is organized differently,
and it is necessary to establish in the resolution that regulates the parent-child
measures as the tasks of the parents included in the scope of parental authority
will be carried out.
One of the duties of the parent incardinated in the area of parental authority, is
to have the children in their company, an end that after the crisis will only be pos-
sible in an alternating way because they have broken the coexistence of the couple.
Being the right of relationship of minors with their parents essential for the
normal development of those, the legal system must guarantee its protection, through
mechanisms that ensure its proper exercise.
Not only is the right of minors’ relationship with their parents guaranteed, but
it is also done with respect to grandparents and other relatives and relatives.
PALABRAS CLAVE: Patria potestad. Derecho de relación. Visita. Incumpli-
miento. Ejecución de sentencia.
KEY WORDS: Parental authority. Right of relationship. Visit. Non-compliance.
Execution of sentence.
Revista Crítica de Derecho Inmobiliario, N.º 772, págs. 894 a 920 895
El derecho de relación de los menores con sus padres y abuelos
SUMARIO: I. LA REGULACIÓN DEL DERECHO.—II. EL CONTENIDO
DEL DERECHO. SU INTERPRETACIÓN DOCTRINAL Y JURISPRUDENCIAL.
—III. LOS INCUMPLIMIENTOS DEL RÉGIMEN DE VISITAS: 1. INCUMPLIMIENTOS
DEL PROGENITOR CUSTODIO. 2. INCUMPLIMIENTOS DEL PROGENITOR NO CUSTODIO.—IV. ME-
DIDAS DE PROTECCIÓN DEL DERECHO DE VISITAS: 1. MEDIDAS DE ORDEN
PENAL. 2. MEDIDAS DE ORDEN CIVIL: A) Prevención de incumplimientos recogida en la
sentencia. B) El cauce procesal. C) Compensación de las visitas perdidas. D) In-
demnización por pérdida de visitas. E) Cambio del régimen de visitas (cambio de
custodia, visitas en punto de encuentro, etc.).—V. LA ACCIÓN DE PROTECCIÓN
DEL DERECHO DE VISITAS POR PARTE DE LOS ABUELOS.—VI. CONCLU-
SIONES.—VII. ÍNDICE DE RESOLUCIONES CITADAS.—VIII. BIBLIOGRAFÍA.
I. LA REGULACIÓN DEL DERECHO
La ruptura de las relaciones de pareja causa una modificación en la vida del
núcleo familiar, pues la obligación de los padres que consagra el artículo 154 del
Código civil de tener a los hijos en su compañía, tendrá que hacerse compatible
con la nueva situación de falta de convivencia.
La Audiencia Provincial de Madrid (SAP Madrid 560/2012, de 20 de julio
de 2012. Id Cendoj 28079370222012100499) se pronunció al respecto diciendo
que tras el cese de la convivencia conyugal, la función de la patria potestad
que consiste en tener a los hijos en su compañía se desdobla en dos nuevas
funciones: la atribución de la custodia a un progenitor, y el establecimiento de
un régimen de comunicaciones, visitas y estancias para que los hijos puedan
estar con el otro.
El derecho de visitas tiene su origen en la filiación, tal y como afirman el
Tribunal Constitucional diciendo que «es manifestación del vínculo filial que une
a ambos» (STC 172, de 22 de diciembre de 2008, recurso de amparo número
4595/2005), y la doctrina indicando que las relaciones personales entre padres e
hijos encuentran su fundamento profundo en la propia relación de filiación que
los une (RIVERO HERNÁNDEZ, 2000, 291), por ello el derecho subsiste aunque
los progenitores no ejerzan la patria potestad, se divorcien o separen, aunque nun-
ca hayan vivido juntos, o aunque nunca hayan mantenido relación con los hijos.
En el ámbito internacional, la Convención sobre los Derechos del Niño, es-
tablece en su artículo 9.3 que los Estados parte han de respetar el derecho del
niño que esté separado de uno o de ambos padres a mantener relaciones perso-
nales y contacto directo con ambos padres de modo regular, a no ser que ello
sea contrario a su interés superior.
La regulación básica del derecho de relación de los padres con los hijos en
el ordenamiento español la encontramos en el Código civil, que se refiere con
varios vocablos al denominado comúnmente «derecho de visitas». Analizaremos
lo tocante a la relación padres-hijos, sin hacer referencia a las situaciones de
desamparo o de adopción.
Aunque cronológicamente no es la primera referencia a este derecho que
podemos encontrar en dicho cuerpo legal, creo que merece ser citado en primer
lugar el derecho del menor a relacionarse con sus progenitores establecido en
el artículo 160. Dicho precepto (enclavado en el Título VII del Libro I: De las
relaciones paternofiliales) disocia titularidad y ejercicio de la patria potestad, y
permite la relación del menor con el progenitor que no la ejerza, situación que
se dará en caso de quiebra de la relación de pareja o aunque no haya quiebra

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