Derecho y políticas ambientales en la Región de Murcia (Primer semestre 2020)

AutorSantiago Manuel Alvarez Carreño
CargoProfesor Titular de Derecho Administrativo Universidad de Murcia
Páginas2-24
S. M. Álvarez Carreño RCDA Vol. XI Núm. 1 (2020)
2
Sumario: 1. Introducción: en tiempos de confinamiento y desescalada. 2. El Decreto-ley 2/2019,
de 26 de diciembre, de protección integral del mar menor. 2.1. El precio de los pactos políticos:
la derogación de la Ley 1/2018, de 7 de febrero, de medidas urgentes para garantizar la
sostenibilidad ambiental en el entorno del Mar Menor. 2.2. La perspectiva regulatoria adoptada:
las “restricciones” que impone la distribución competencial y la aplicabilidad territorial y temporal
del Decreto-ley. 2.3. El Decreto-ley de 2019 contiene muchos elementos regresivos para la
protección del Mar Menor. 2.4. Los excesivos plazos de entrada en vigor para muchas de las
medidas previs tas, la remisión a reglamento y la existencia de preceptos va cíos de contenido
normativo. 2.5. Una consideración final sobre la abdicación de la CARM en el ejercicio de sus
competencias ambientales. 3. La pandemia como coartada del gobierno carm para avanzar en
su agenda desreguladora y regresiva. 3.1. El totum revolutum del Decreto-ley 3/2020: turismo,
puertos, vivienda, ordenación del territorio, urbanismo… ¡y el terremoto de Lorca!. 3.2. El turno
del medio ambiente: la regresión ambiental se profundiza con el Decreto-ley 5/2020. 3.3
Conclusión urgente y provisional: la Covid-19 como excusa para profundizar en la agenda
desreguladora regresiva.
1. INTRODUCCIÓN: EN TIEMPOS DE CONFINAMIENTO Y DESESCALADA
Este primer semestre del 2020 quedará ya para siempre marcado por la
epidemia causada por el virus SARS-CoV-2 —síndrome respiratorio agudo grave
coronavirus 2— que causa la enfermedad del coronavirus 2019 (Covid-19). El
invierno nos trajo este virus desde la lejana ciudad de Wuhan en China y, desde
comienzos de marzo, vivimos en estado de alarma, confinados en nuestros
domicilios hasta que fue disminuyendo el número y la gravedad de los
infectados. A partir de ese momento, comenzó una lenta y complicada fase de
vuelta a lo que se ha dado en llamar “nueva normalidad”, término que aún en su
imprecisión oximorónica pretende condesar los cambios que durante mucho
tiempo sufriremos en nuestros modos de vida social.
A los efectos de esta crónica, debemos adelantar que, hasta finales del mes de
abril, la única novedad relevante, producida además a finales del mes de
diciembre del pasado 2019 y que no pudo ser incluida por tanto en nuestra
anterior entrega, hacía referencia de nuevo a la degradada situación en que se
encuentra el Mar Menor. A esta cuestión hemos dedicado ya muchas páginas
en nuestras crónicas
1
y en esta ocasión debemos de nuevo referir importantes y
decepcionantes novedades.
1
Vid. en concreto la última a cargo de PÉREZ DE LOS COBOS HERNÁNDEZ, E. (2019), “Derecho y políticas
ambientales en la Región de Murcia (segundo semestre 2019)”, Revista catalana de Dret Ambiental, vol.
X, núm. 2, pp. 131 (accesible en <https://revistes.urv.cat/index.php/rcda/article/view/2715/2727> (fecha
últmo acceso: 26/04/2020).
RCDA Vol. XI Núm.1 (2020) Derecho y políticas ambientales en La Región de Murcia
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Por lo demás, no se había detectado otros cambios normativos o decisiones
políticas de naturaleza ambiental que fueran dignas de mención durante este
periodo en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (en adelante,
CARM). La consulta atenta de nuestras fuentes habituales de información así
nos lo confirma
2
. Apenas señalar, en esta misma introducción, las mínimas
variaciones de naturaleza puramente organizativa llevadas a cabo por el Decreto
6/2020, de 5 de marzo, que modifica el anterior Decreto 173/2019, de 6 de
septiembre, que establece los órganos directivos de la Consejería de Agua,
Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente y por el que se procede a
modificar la atribución de algunas competencias entre los órganos directivos de
la mencionada Consejería
3
.
De acuerdo con las modificaciones operadas por este Decreto y a los efectos de
nuestra crónica, se puede dejar constancia de que será la Dirección General de
Política Agraria Común la que asuma las competencias y funciones en medidas
de agroambiente y clima, agricultura ecológica y, entre otras, ayudas a las zonas
con limitaciones naturales (art. 5). Por su parte, la Dirección General de
Producción Agrícola, Ganadera y del Medio Marino asume las competencias y
funciones en materia de prevención y seguimiento de zonas vulnerables a la
contaminación por nitratos de origen agrario, bienestar animal y, entre otras,
pesca en aguas interiores (art. 7).
A finales de abril, cuando estaba cerca el final del confinamiento impuesto por el
estado de alarma, el Gobierno de la CARM aprueba el Decreto-ley 3/2020, de
23 de abril, de mitigación del impacto socioeconómico del Covid-19 en el área
de vivienda e infraestructuras (BORM, núm. 97, de 28 de abril de 2020) que,
entre muchas y abigarradas medidas, lleva a cabo una profunda desregulación
urbanística. Estas regresivas medidas tienen su continuación y profundización
en el siguiente Decreto-ley 5/2020, de 7 de mayo, de mitigación del impacto
socioeconómico del Covid-19 en el área de medio ambiente (BORM, núm. 106,
de 9 de mayo de 2020). ¡Ay, ignoto y añorado, amable lector de esta crónica!...
2
Además del Boletín Oficial de la Región de Murcia (en adelante, BORM: <https://www.borm.es/>),
también nos permiten detectar la aparición de alguna novedad sitios web como el de «Murcia Na tural»
(accesible en <http://www.murcianatural.carm.es/>) y para las ordenanzas municipales de medio ambiente
de la Región de Murcia se puede consultar <http://www.ciss.es/Ordenanzasmunicipales/>.
3
BORM, núm. 56, de 7 de marzo de 2020.

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