Derecho y políticas ambientales en Catalunya (Primer semestre 2016)

AutorMarina Rodríguez Beas
Páginas1-106
REVISTA CATALANA DE DRET AMBIENTAL Vol. VII Núm. 1 (2016): 1 105
-Crònica-
EL DERECHO AMBIENTAL EN CATALUÑA (pp. 2-55)
EL DRET AMBIENTAL A CATALUNYA (pp. 56-106)
MARINA RODRÍGUEZ BEAS
Profesora de Derecho Administrativo / Professora de Dret Administratiu
Universitat Rovira i Virgili
Investigadora
Centre d’Estudis de Dret Ambiental de Tarragona
M. Rodríguez Beas RCDA Vol. VII Núm. 1 (2016)
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Sumario. 1. Derecho estatal de aplicación en Cataluña. 1.1. El nuevo texto refundido de la Ley de Suelo
y Rehabilitación Urbana. 1.2. Novedades en ámbitos sectoriales diversos. A. Aguas. B. Protección de la
atmósfera. C. Instalaciones nucleares. D. Comercio de madera. E. Biocarburantes. F. Sustancias
peligrosas. G. Energía eléctrica. H. Eficiencia energética. I. Movilidad y transporte. 1.3. Otras normas de
interés. 2. Derecho y políticas ambientales autonómicas. 2.1. El nuevo régimen de comunicación previa y
registros generales de productores y gestores de residuos. 2.2. La regulación del desarraigo de árboles y
de arbustos. 2.3. Otras normas de interés. 2.4. Algunas actuaciones de interés desde la perspectiva de la
protección del medio ambiente. A. La Mesa de Calidad del Aire en El Camp de Tarragona. B. El
establecimiento de una prórroga a la moratoria para determinadas infraestructuras de gestión de residuos.
C. El Programa de Inspección Ambiental Integrada de Cataluña para el año 2016. D. Subvenciones para
el fomento de la adquisición de vehículos eléctricos y de bajas emisiones. E. El Catálogo del Paisaje de
las Comarcas Centrales
!
1. Derecho estatal de aplicación en Cataluña
Durante el período objeto de análisis (del 1 de octubre de 2015 al 20 de abril de 2016), a
nivel estatal son pocas las novedades normativas en materia ambiental que se han
producido. Desde las pasadas elecciones generales, celebradas el 20 de diciembre,
donde ninguna fuerza política obtuvo un resultado que le permitiese gobernar sin
apoyos, continúa en funciones el último Gabinete de la X Legislatura. Como
consecuencia de esta situación política, la actividad legislativa se ha visto gravemente
afectada. De hecho, únicamente se ha aprobado una norma con rango de ley, el Real
Decreto-Ley 1/2016, de 15 de abril, por el que se prorroga el Programa de Activación
para el Empleo1, la cual no tiene una incidencia ambiental.
No obstante, como viene siendo habitual, se han aprobado en estos meses varias normas
reglamentarias en ámbitos sectoriales diversos (aguas, eficiencia energética, protección
de la atmósfera…), aunque quizá lo más destacable sea la aprobación del Real Decreto
Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
de Suelo y Rehabilitación Urbana, que introduce una concepción nueva respecto a la
ordenación del territorio y la ordenación urbanística, al disponer que estas son funciones
públicas no susceptibles de transacción que organizan y definen el uso del territorio y
del suelo de acuerdo con el interés general y con el principio de desarrollo sostenible.
En el plano internacional, merece especial mención la autorización del Consejo de
Ministros, a propuesta del Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación y del
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, para la firma del Acuerdo
de París, un hito en la lucha contra el cambio climático. El 12 de diciembre de 2015, la
XXI Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el
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1 BOE, núm. 92, de 16 de abril de 2016.
RCDA Vol. VII Núm. 1 (2016) Derecho ambiental en Cataluña
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Cambio Climático alcanzó el Acuerdo de París. Este acuerdo tiene como objetivo evitar
que el incremento de la temperatura global del planeta supere los 2 !C respecto a los
niveles preindustriales e intentar lograr, además, esfuerzos adicionales que hagan
posible que el calentamiento global no supere los 1,5 !C. También cabe destacar el
Acuerdo del Consejo de Ministros del pasado mes de noviembre de 2015, que reconoce
el compromiso de España con el Fondo Verde para el Clima, el principal instrumento
financiero de lucha contra el cambio climático de la ONU, que promueve el desarrollo
económico y la reducción de la pobreza. En materia de energía renovable, también debe
destacarse que se ha resuelto a favor del Reino de España el primer laudo arbitral
internacional sobre las reformas en el sector de la energía fotovoltaica. El Tribunal
Arbitral del asunto Charanne B.V. y Construction Investments S.A.R.L. contra el Reino
de España2 ha desestimado la demanda presentada por ambos inversores, sobre la base
del Tratado de la Carta de la Energía, contra las reformas llevadas a cabo en el año 2010
en el sector de la energía fotovoltaica.
También se ha puesto de manifiesto en este período la conflictividad competencial entre
Estado y comunidades autónomas. Prueba de ello es el conflicto positivo de
competencias promovido por el Gobierno de Cataluña contra varios preceptos del Real
Decreto 900/2015, de 9 de octubre, por el que se regulan las condiciones
administrativas, técnicas y económicas de las modalidades de suministro de energía
eléctrica con autoconsumo y de producción con autoconsumo3. Asimismo, el Gobierno
ha aprobado interponer un conflicto de competencia ante el Tribunal Constitucional en
relación con la adquisición de créditos de carbono a cargo del Fondo de Carbono, dentro
del Plan de Impulso al Medio Ambiente en el Sector de la Empresa (PIMA Empresa),
para la reducción de gases de efecto invernadero4. Además, en este período el Tribunal
Constitucional ya ha resuelto dos recursos de inconstitucionalidad comentados en
crónicas anteriores. Por una parte, recientemente el Tribunal Constitucional, en la
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2 Arbitraje núm. 062/2012.
3 Admitido a trámite por el Pleno del Tribunal Constitucional por providencia de 15 de marzo de 2016.
Vid. Dictamen del Consell de Garanties Estatutàries 26/2015, de 29 diciembre, sobre el Real Decreto
900/2015, de 9 de octubre, por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas
de las modalidades de suministro de energía eléctrica con autoconsumo y de producción con
autoconsumo.
4 Vid. Dictamen del Consell de Garanties Estatutàries 1/2016, de 25 de febrero, sobre el Real Decreto
1007/2015, de 6 de noviembre, por el que se regula la adquisición, por el Fondo de Carbono para una
Economía Sostenible, de créditos de carbono del Plan de Impulso al Medio Ambiente en el Sector de la
Empresa “PIMA Empresa” para la reducción de gases de efecto invernadero en sus instalaciones.

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