Derecho y políticas ambientales en la Comunidad Valenciana

AutorMarta Oller Rubert
CargoProfesora contratada doctora de Derecho Administrativo / Professora contractada doctora de Dret Administratiu. Universitat Jaume I
Páginas1-6

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1. Anteproyecto de Ley de Vías Pecuarias

El pasado febrero de 2013 el Consell de la Generalitat Valenciana aprobó el anteproyecto de Ley de Vías Pecuarias con el fin de adecuar, como anuncia la norma, dicha regulación a las exigencias sociales actuales de la Comunidad Valenciana, pues es una realidad que, si bien asistimos a la disminución de los usos ganaderos, también es cierto que han surgido nuevos usos lúdicos de estas vías que deben ser compatibilizados con la garantía ambiental de las vías pecuarias, en el presente y en el futuro, sobre la base del principio de desarrollo sostenible que recoge el propio artículo 1 de la norma. En la actualidad y hasta mayo de 2013 el anteproyecto se encuentra en fase de audiencia pública. Con todo y a la vista del articulado que puede consultarse en la web de la Conselleria (http://www.cma.gva.es), pueden realizarse algunas observaciones.

Entre los aspectos más relevantes destacan la clasificación de las diversas vías pecuarias (art. 5) y la creación de la Red de Vías Pecuarias de la Comunidad Valenciana (art. 6), cuyo principal objetivo es la restauración ambiental de las vías y la adecuación de su uso público. También se crea un fondo documental en el que se pretende recoger la información relativa a las vías pecuarias valencianas y que será la base para la aprobación de un futuro Catálogo de Vías Pecuarias.

Entre las potestades administrativas atribuidas a la Administración autonómica, destaca la preservación de las vías por su valor ambiental. Así, estas deberán estar incluidas en los planes generales.

De gran interés es la regulación de la modificación de los trazados (art. 19), pues se tasan los supuestos, que son: "[...] razones de interés público" y, excepcionalmente y de forma motivada, "por interés particular [...]", que en todo caso exigen "información

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pública por dos meses" y que, en el supuesto de que sea por interés particular, se condiciona a la "mejora de carácter sustancial en el nuevo trazado".

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