El Derecho Penal en una sociedad de cambio.

AutorEliseu Frígols i Brines

1. El carácter dinámico de los ordenamientos jurídicos modernos

La afirmación del carácter dinámico del Derecho se puede entender, hoy en día, como una afirmación no problemática y hasta evidente por sí misma.

En primer lugar, el Derecho cambia: es un fenómeno que experimentamos todos los días, y no sólo aquellos que tenemos una relación directa con el mundo del Derecho, sino que la creación de nueva legislación trasciende la esfera jurídica para entrar de lleno en la esfera política y social.

Los ciudadanos, además, no sólo sufren las consecuencias del cambio normativo, sino que, conociendo dicho mecanismo, lo pretenden utilizar instrumentalmente para conseguir reformas legislativas que contemplen sus intereses.

En segundo lugar, el propio Derecho está concebido de forma que puede ser cambiado. Las constituciones de los actuales Estados de Derecho tienen previstas, junto con la propia competencia legislativa que pertenece a los parlamentos –que supone, ya de por sí, la posibilidad de modificar el Derecho–, instituciones que hacen posible el propio cambio constitucional y, con ello, la modificación de aspectos esenciales de la regulación jurídica de las sociedades, como, por otro lado, resulta lógico en el ámbito de una democracia, cuya regla decisoria es la de las mayorías.

Un tercer y último aspecto que merece ser destacado, en relación con la mutabilidad del Derecho, no afecta a su aspecto cualitativo, sino a su aspecto cuantitativo, es decir, al ritmo y a la extensión en el cambio del Derecho. En cuanto al ritmo de producción jurídica, sólo se puede ser consciente de su rapidez si se observa el volumen de los Diarios oficiales donde se publican las disposiciones de carácter jurídico que son aprobadas anualmente.

Si a ello se suma, de un lado, la multiplicación de las entidades con poder legiferante –v.gr., en el caso de España, mediante la creación de las Comunidades autónomas con parlamento y competencias legislativas propias, junto a toda la normativa que se crea en el ámbito de la Unión Europea– y, del otro, la especial rapidez del cambio legislativo y la profusión de disposiciones jurídicas existentes en determinados ámbitos jurídicos –como, por ejemplo, en los ámbitos laboral, fiscal o administrativo–, el resultado es una verdadera situación de cambio normativo masivo que, lejos de ser excepcional, es trasunto de la realidad cotidiana1.

Dicha situación afecta, no sólo a los profesionales del Derecho –quienes se hallan...

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