Derecho de Obligaciones y Contratos en la Unión Europea

AutorEsther Arroyo Amayuelas
CargoProfesora Titular de Derecho civil, Universidad de Barcelona
Páginas1142-1145

Page 1142

1. Programa de trabajo de la Comisión para 2011 y propuestas para un Acta del Mercado Único (Bruselas, 27 de octubre de 2010 COM (2010) 608 final y 623 final)

Entre las medidas que afectan al derecho privado, se propone emprender iniciativas en materia de legislación sobre el acceso a los servicios bancarios básicos y realizar acciones para promover la práctica responsable aplicable a prestamistas y prestatarios de hipotecas. De esto último es muestra la Propuesta de directiva del Parlamento europeo y del Consejo, sobre los contratos de crédito para bienes inmuebles de uso residencial (Bruselas, 31 de marzo de 2011, COM (2011) 142 final). Se trata de procurar la integración de los mercados hipotecarios europeos para aportar estabilidad financiera e incrementar las ventajas de los consumidores.

Además, la Comisión anuncia la elaboración de propuestas para un método alternativo de solución de conflictos que facilite la resolución de los problemas de los consumidores en la UE y la continuación del trabajo sobre el recurso colectivo sobre la base de una consulta pública puesta en marcha en 2010. De aquí a 2012, la Comisión propondrá un sistema europeo de solución de diferencias en línea para las transacciones electrónicas. Además, en 2010-2011, la Comisión realizará una consulta pública sobre un plan-teamiento europeo para los recursos colectivos, con el fin de determinar las modalidades que podrían integrarse en el marco jurídico de la Unión Europea y en los ordenamientos jurídicos de los Estados miembros.

Igualmente, se prevé la proposición de un instrumento jurídico sobre el derecho europeo en materia de contratos.

2. Respuestas al Libro Verde «Opciones para avanzar hacia un Derecho contractual europeo para consumidores y empresas»
  1. Dictamen del Comité Económico y Social Europeo (DOUE C 84, de 17 de marzo de 2011)

El documento recuerda la necesidad de procurar unas normas comunes a escala europea y recuerda los pasos que ya se han dado, así como las recomendaciones efectuadas tanto por el Parlamento como por la Comisión y el propio Consejo Económico y social en la última década. En sus observaciones generales, detecta los problemas que comporta la fragmentación legislativa y apuesta por la creación de un derecho optativo, al estilo de un 28.º régimen, que debería revestir la forma de reglamento («nuevo régimen reglamentario optativo avanzado»), disponible en todas las lenguas. Pero, a la vez, se mues-* Profesora Titular de derecho civil, universidad de Barcelona. El trabajo forma parte del Proyecto...

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