Derecho musulmán. Visión de conjunto

AutorPedro Cabello
CargoRegistrador de la Propiedad
Páginas265-268

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Derecho musulmán. Visión de conjunto.-Conferencia del Registrador de la Propiedad D. Juan Francisco Marina Encabo, en la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación el 23 de febrero de 1948.

Estoy hecho un lío. Desde la riberas del Tiber y del Sena, en cuyas aguas casi me sumergió Cánovas 1, me traslada Marina, para secarme del remojón, a los países orientales y africanos. Mis recuerdos de estos últimos datan del cumplimiento de deberes militares en 1921 y no se cifran, precisamente, en textos jurídicos, sino en la algarabía y en el ir y venir del zoco del pan, en los haíques sucibs, blancos que fueron o pardos que son, en los borriquillos y en los vendedores, en los velos blancos y en los ojos negros. La preparación no es muy adecuada para una disertación sobre Derecho musulmán.

Menos mal que me lleva del brazo un buen guía. Cenceño, enjuto. Nacido en Atienza, aunque debía haber nacido, por sus aficiones, en la mismísima Meca. No digo la fecha, porque su prodigiosa memoria me señalaría en seguida que aquel día fue jueves, hubo un terremoto en cualquier sitio del mundo y tomó posesión de su cargo un Ministro determinado. Sin embargo, su memoria tal vez quede empequeñecida por su modestia, por su cultura y por su capacidad de trabajo. Es Doctor en Derecho, Licenciado en Filosofía y Letras y obtuvo por oposición plaza de Secretario judicial, Notario y Registrador de la Propiedad. Además, es un enamorado del Derecho musulmán, que ha divulgado en innumerables artículos y conferencias y que ha practicado como Abogado en ejercicio en todo el norte de África, donde ha permanecidoPage 266 largas temporadas, alguna vez invitado especialmente por el Alto Comisario de nuestra Zona.

Propugna la sustitución del sistema registral vigente en la Zona del Protectorado, mal inspirado en el del Acta Torrens e inadecuado a la situación jurídica de la propiedad territorial en Marruecos, por otro sistema registral similar al que rige en la Península. Pero en esta ocasión su propósito no fue comentar un tema concreto inmobiliario, sino una visión panorámica del Derecho musulmán, ese mar sin riberas, según acertada y poética frase de un jurisconsulto árabe.

Este Derecho forma parte de la religión musulmana. No existen Códigos, sino principios enraizados en el Alcorán y en la Sunna, fuentes principales de aquel Derecho, aun cuando existen otras dos fuentes de carácter secundario.

Los 11 4 capítulos o Suras del Alcorán (etkitab, el libro) fueron...

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