Derecho Mercantil

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Derecho de sociedades

Bolognesi, C.: «Contratto preliminare di trasformazione societaria ed esecuzione in forma specifica: incompatibilità ontologica?», CI, 2013, núm. 6, pp. 1253-1265.

Artículo que se construye a partir de la importante sentencia del Tribunal Supremo italiano de 2 de agosto de 2012, que ha afrontado el problema del contrato preliminar de transformación societaria y de su posible ejecución en forma específica ex artículo 2932 del Código Civil. (Alma R. G.)

D’Arcangeli, A.: «Legittimazione dell’azionista tra possesso di un documento e intestazione scritturale», RDC, 2014, núm, 5, pp. 1129-1167.

Reflexión sobre la legitimación de los accionistas para representar a la sociedad, en función del tipo de sociedad y las facultades concedidas a los socios. (M. R. D. R.)

Dondero, B.: «L’ordennance núm. 2014/863 du 31 juîllet 2014relative au droit des sociétés», RD, 2014, núm. 33, pp. 1885-1894.

Estudio de la Ordenanza de 31 de julio de 2014 en la que el legislador francés regula nuevas formas para simplificar y asegurar la vida de las empresas. (R. A. R.)

Weller, M.-Ph/Bauer, J.: «Europäisches Konzernrecht: vom Gläubigerschutz zur Konzernleitungsbefugnis via Societas Unius Personae», ZEuP, núm. 1, 2015, pp. 6-31.

Los grupos de sociedades desempeñan un papel importante en la realidad económica de todos los Estados miembros de la UE. Sin embargo, no hay ni a nivel europeo ni interno un cuerpo de normas que trate específicamente los problemas de los grupos de sociedades. Mientras que la discusión académica tradicional se centraba en los riesgos que representaban los grupos, especial-mente para los accionistas minoritarios y los acreedores, un tratamiento moderno se centra más bien en la función facilitadora de un marco legal que autorice el manejo del grupo para implantar una política de grupo coordinada para todas las sociedades secundarias. Este artículo realiza un análisis sobre el régimen legal en Inglaterra, Francia y Alemania y discute el concepto moderno de Derecho de grupos como Derecho que favorece su creación. Finalmente, presenta la reciente propuesta de la Comisión de una directiva sobre una sociedad de responsabilidad limitada de un solo socio (Societas Unius Personae). (M. G.-R.)

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Contratos mercantiles

Bellomia, V.: «La banca diligente e l’assegno bancario firmato dallo stesso soggetto per la società traente e la...

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