Derecho a la intimidad como límite al 'interés público

AutorLaura Caballero Trenado
Páginas41-42
CASO XI
DERECHO A LA INTIMIDAD
COMO LÍMITE AL “INTERÉS PÚBLICO”
Supuesto de hecho
1. En 2005, dos programas de una cadena privada de ámbito estatal
difundieron una serie de manifestaciones relativas a la identidad del padre
de un personaje muy conocido mediante la emisión de una serie de reporta-
jes con voz en off y a través de manifestaciones directas de ciertos periodistas
que participaban en el debate suscitado a tal efecto.
2. El famoso decidió demandar a la cadena y durante años las sentencias
emitidas por las diferentes instancias fueron contradictorias entre sí.
3. Un Juzgado de Primera Instancia falló a favor de la cadena dictaminan-
do que no existía violación del derecho a la intimidad, ya que las informacio-
nes que se vertieron en televisión no identificaron al padre del famoso y que
sólo eran “conjeturas sobre las posibles filiaciones paternales”.
4. Sin embargo, poco después, el hijo interpuso un recurso y la Audiencia
Provincial condenó a la cadena de televisión.
5. Finalmente, la máxima instancia, el Tribunal Constitucional, dictami-
nó que el derecho a la intimidad no puede reducirse frente al derecho a la
información pues “la información sobre la filiación paterna del recurrente de
amparo carece de interés público, sin perjuicio de que sean datos que pue-
dan interesar a un mayor o menor número de espectadores”.
Cuestiones
1. Localice la Sentencia. A tenor de lo expresado en el FJ 4º, ¿estima que
hay vulneración en el derecho a la imagen del recurrente en amparo?

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