Derecho de la infancia y adolescencia

AutorD. Agustín Luna Serrano
Páginas5-7

Page 5

La especial atención que toda la comunidad debe prestar hacia las particulares circunstancias personales, familiares y sociales, con frecuencia negativas -como la crisis de la familia en que han nacido, el abandono, la enfermedad, la explotación e incluso el abuso sexual- en que se desarrollan los niños y los adolescentes ha venido encontrando, en los últimos decenios y a medida que se ha ido haciendo mayor la conciencia de toda persona sensible ante la multiplicación de los riesgos que con demasiada frecuencia afectan a los menores de edad, ha encontrado una mayor y más efectiva respuesta por parte de los poderes públicos para intentar asegurar de manera creciente y de modo permanente y mayormente institucionalizada la conveniente protección que en la compleja sociedad de nuestros días merecen las jóvenes generaciones.

Estas preocupaciones básicas, que lógicamente deben inscribirse en un marco institucional más amplio como es el de la protección de la familia -que en nuestro derecho se postula constitucionalmente, si bien con muy escaso reflejo en la legislación ordinaria, en el artículo 39 de nuestra Constitución política-, son oportunamente en la actualidad ampliamente compartidas en todos los ámbitos sociales y políticos y han ido generando una intenso normativa internacional, continuamente perfeccionada, cuyos planteamientos ya han sido con frecuencia incorporados, como es el caso de nuestro país a las legislaciones nacionales.

El documento internacional más importante sobre estas cuestiones es, sin duda, la Convención de las Naciones Unidas sobre los derechos del niño de 20 de noviembre de 1989, a la que pronto siguió otra Convención a la que pronto siguieron otras Convenciones de las propias Naciones Unidas, entre las cuales destacan la Convención sobre la protección del niño y cooperación en materia de adopción internacional de 29 de mayo de 1993 y la Convención sobre res-

Page 6

ponsabilidad parental y protección de los niños de 29 de mayo de 2010. Otras Convenciones han sido promovidas por el Consejo de Europa y entre ellas, como más significativas, cabe recordar las relativas al ejercicio de los derechos del niño de 21 de enero de 1996, a la protección del niño frente a la explotación y al abuso sexual de 28 de octubre de 2007, y sobre adopción de menores de 29 de noviembre de 2008.

En paralelo a estos textos normativos internacionales, habitualmente todos ellos ratificados por España, se han ido dictando en nuestro...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR