Derecho Comunitario

AutorGorgonio Martínez Atienza
Cargo del AutorDoctor en derecho y licenciado en criminología
Páginas311-311

Page 311

Conjunto de normas jurídicas destinadas a la creación y funcionamiento de la UE y a la progresiva realización de sus objetivos (derecho originario los tratados constitutivos, modificativos o complementarios y adhesivos; derecho derivado los reglamentos que son obligatorios, directivas que requieren de intervención normativa del Estado miembro para su desarrollo, decisiones que son obligatorias en todos sus elementos para los destinatarios concretos a los que van dirigidas, recomendaciones que no son vinculantes y dictámenes que tampoco son vinculantes; y derecho complementario los acuerdos celebrados por la UE, además de los principios generales del derecho, costumbre y jurisprudencia del TJUE que garantiza el respeto del derecho en la interpretación y aplicación de los Tratados, con base en el art. 267 TFUE de 1985 el TJUE es competente para pronunciarse con carácter prejudicial sobre la interpretación de los Tratados y actos adoptados por las instituciones de la UE planteadas por los Jueces Nacionales); el DC tiene eficacia directa y prevalente, esto es, efecto directo (sentencia factortame de 19990) y primacía (sentencia simenthal de 1978). Los Jueces Nacionales deben garantizar la plena eficacia del Derecho Comunitario y la protección de los derechos que confiere a los particulares a través del recurso por responsabilidad contractual ante los Tribunales...

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