Derecho Civil - Arrendamientos
Autor | Catalino Ramírez Ramírez |
Páginas | 107-112 |
Page 107
A juicio de los propietarios arrendadores de la finca, el contrato ha de entenderse excluido de la legislación especial, por estar enclavada en zona de ensanche del núcleo urbano, afectada por el Plan General de Ordenación Urbana, que la calificaba como de reserva urbana edificable, teniendo además, por su proximidad a las playas de la Costa Brava, un valor en venta que duplica el precio que corresponde en el mercado a las de su misma calidad y cultivo. Según ello, el arrendatario debía abandonar la mitad de las tierras arrendadas el 24 de junio y la otra mitad el 24 de diciembre. Requerido notarialmente el colono, no atendió el mismo, por lo que se le demandó ante el Juzgado de La Bisbal para el desahucio, conforme al artículo 1.569 del Código civil. El Juzgado desestimó la demanda, pero la Audiencia de Barcelona revocó la anterior sentencia.
No prospera el recurso de revisión. Por certificación del Ayuntamiento consta que la finca está incluida en el Plan de Ordenación, con la calificación antes indicada y próxima a un club de tenis y a una urbanización, por lo que concurren los requisitos para excluirla del carácter rústico, probándose la plusvalía de la finca mediante informe pericial, sin que sean aceptables los argumentos del recurso de que esta valoración haya que deducirla de la correspondiente a otras de la misma calidad y cultivo porque, una vez señalado el precio en venta por los medios procedentes, no es preciso ningún término comparativo, según reiterada jurisprudencia. No puede admitirse la estimación basada en la renta, que por el tiempo transcurrido desde la fecha inicial del contrato es inferior a la que le correspondería en la actualidad, mientras que en el informe pericial se hacen contar datos como la situación, descripción y medida superficial de la finca, sus características de productividad y renta y las peculiaridades de las que la rodean, todo ello como antecedente necesario para fijar su actual precio de venta.
Se pretende el desahucio del arrendatario por no haber pagado las cuotas de la Seguridad Social y de la Hermandad de Labradores, así como el importe de las reparaciones en la finca. El Juzgado número 2 de Badajoz estimó en parte la demanda y condenó a satisfacer al actor las sumas...
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