El Derecho de autor en Internet: el caso Napster

AutorInmaculada Barral Viñals
CargoProfesora Titular de Derecho Civil Universidad de Barcelona

La propiedad intelectual, y esto está fuera de toda duda, se atribuye a su creador y desde el momento de la creación, durante su vida y 70 años más (art. 27 TRLPI). Luego pasa a ser de dominio público que supone su libre utilización con respeto a la autoría y a la integridad de la obra. El derecho de propiedad intelectual da a su creador -autor- los derechos de explotación de la obra (arts. 17 ss. TRLPI) que incluyen la posibilidad de autorizar la reproducción, la comunicación pública, la distribución y la transformación de la obra. También se conceden derechos similares- llamados derechos afines- a los interpretes y ejecutantes, a los productores de fonogramas y a las entidades de radiodifusión que protegen la inter- vención de estos sujetos en el proceso creativo.

La era digital aporta un nuevo espacio de determinación y de conflicto en los derechos de autor que, en realidad, ha cuestionado los mecanismos jurídicos que tutelaban al creador artístico y, en consecuencia, ha hecho aflorar nuevos e interesantes problemas jurídicos. En concreto, la existencia de nuevas realidades a las que aplicar el concepto de creación intelectual, por ejemplo, las páginas web; o la das que exigen una adaptación del diseño tradicional de los derechos de explotación para garantizar que el autor mantenga su control.

El mecanismo técnico que ha permitido poner en cuestión todos estos problemas es la transmisión digital de información. Tal fenómeno abarca las obras directamente nacidas en el entorno digital, por ejemplo programas de ordenador o bien bases de datos electrónicas; pero también las obras convertidas con posterioridad a formato electrónico. En definitiva, la técnica permite la difusión infinita y difícilmente controlable de cualquier tipo de creación intelectual, y este problema se agudiza todavía más en la transmisión digital de información realizada en redes abiertas, como Internet. La dificultad se acentúa por el hecho de que en las redes abiertas las creaciones intelectuales pueden prescindir de un soporte material, porque se descargan y se almacenan en el disco duro del ordenador del usuario. Esta desaparición del soporte tangible cuestiona todavía más el control de su difusión.

El problema de la copia incontrolada de obras protegidas por un derecho de propiedad intelectual no es nuevo, basta con pensar en el auge de las fotocopias de libros que supone una vulneración de los derechos de autor, o bien la posibilidad de reproducir una cinta de audio o video "pirata". Sin embargo, es cierto que en el entorno digital los ataques al derecho de autor toman un perfil claramente diferenciado por cuatro factores:

- La facilidad para realizar copias ilegales. La...

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