Derecho de asistencia sanitaria de los inmigrantes irregulares en España

AutorJosé Antonio Martínez Rodríguez
Páginas215-221

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En nuestro país no existe acuerdo entre el Gobierno Central y las Comunidades Autónomas sobre el derecho a la atención sanitaria a los inmigrantes irregulares. Actualmente en España la asistencia médica para estas personas sin papeles se presta dependiendo en la Comunidad donde resida el inmigrante irregular, dado que algunas de las CCAA aplican la reforma del Gobierno de 2012, por la que se privó de la tarjeta para recibir atención sanitaria a los inmigrantes en situación irregular, y esta privación vino como consecuencia del Real Decreto Ley 16/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones. Con esta reforma de 2012 se dejó sin tarjeta sanitaria a todos los inmigrantes irregulares limitando la cobertura solamente a las urgencias, con excepción a las mujeres embarazadas y a menores de edad. Al respecto, con la reforma mediante Real Decreto Ley 16/2012, se modificó la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud, que añadió un nuevo artículo 3 ter, sobre asistencia sanitaria en situaciones especiales, al establecer este precepto que los extranjeros no registrados ni autorizados como residentes en España, recibirán asistencia sanitaria sólo en la modalidad de urgencias por enfermedad grave o accidente, cualquiera que sea su causa, hasta la situación de alta médica; la asistencia al embarazo,

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parto y postparto; y en todo caso, los extranjeros menores de dieciocho años recibirán asistencia sanitaria en las mismas condiciones que los españoles.

Sin embargo, no todas las CCAA han seguido al pie de la letra el Real Decreto Ley 16/2012, pues mientras que algunas la acataron otras se opusieron a la exclusión de los irregulares, así como alguna que otra atendieron a este colectivo de personas inmigrantes pero con limitaciones244.

  1. Andalucía: La Comunidad Autónoma de Andalucía se opuso totalmente a la exclusión de los irregulares y en su consecuencia prestó asistencia médica a las personas extranjeras que no tenían regularizada su residencia en dicha Comunidad Autónoma, que carecieran de recursos económicos, considerando el ejecutivo andaluz que se trataba de una decisión de solidaridad en la protección de la población más vulnerable, que no tiene medios de subsistencia. Para la prestación médica al inmigrante irregular se le hace entrega de un documento de reconocimiento temporal expedido por los distritos de atención primaria que le garantizan el acceso al sistema sanitario público.

  2. Aragón: En esta región autónoma también se ha extendido la prestación sanitaria a estos colectivos más vulnerables, pero sujeto a la condición de que para el acceso a la cobertura total de los servicios médicos, los...

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