El depósito irregular y su aplicación en Derecho mercantil

AutorJoaquín Garrigues y Díaz Cañabate
CargoCatedrático de Derecho Mercantil en la Universidad Central
Páginas561-575

El depósito irregular y su aplicación en Derecho mercantil1

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(Historia y Derecho comparado)

El depósito de cosa frangible se presume siempre irregular, a no ser que haya pacto o prueba en contrario ; la presunción recae a favor del depositario, debiendo probar el depositante. Consecuencia importante de tal presunción es que el dinero, títulos, etc., se transmiten, con los riesgos, ventajas y pérdidas correspondientes, al depositario, el cual puede libremente servirse de ellos como de cosa propia, transferirlos a su vez en propiedad de un tercero, constituir sobre ellos derechos reales, etc. El asume solo la obligación personal de la restitución de tantundem. En caso de quiebra, el depositante no tiene derecho a ejercitar reivindicación ninguna, sino sólo a ser compensado con el dinero de la quiebra 2.

Pipia dice que, generalmente, se identifican los depósitos ban-Page 562carios con el depósito irregular, y hace la distinción, ya apuntada, de depósitos disponibles y no disponibles. A los primeros se les acuerda un interés menor, por la obligación en que está el depositario de tener siempre capitales disponibles para los reembolsos, los cuales se verifican1 o por medio de letras de cambio, o emitiendo cheques contra el banquero, o con la presentación de los pertinentes libretos de cuenta corriente o de ahorro y las correspondientes anotaciones. Por el contrario, a los depósitos no disponibles les corresponde un interés mayor, expidiendo el Banco a su constitución los llamados buoni fruttiferi nominativos, que pueden ser transferidos mediante cesión, aunque en la forma abreviada del giro. Pero a continuación se pronuncia contra la pretendida identificación de los depósitos bancarios con el depósito irregular, afirmando que tales formas económicas (las examinadas), por las cuales los grandes y pequeños capitalistas consignan su dinero en los Bancos, aun cuando presentan algunos puntos de contacto con la figura jurídica del depósito irregular, se diferencia, sin embargo, en cuanto que contrariamente a lo dispuesto en el artículo 1.848, la Banca depositaría se libera, restituyendo las sumas depositadas no sólo en la misma especie, sino también en papel o en especie amonedada diversa ; y en cuanto que la Banca tiene siempre el derecho a rehusar los reembolsos que no se pidan en el debido preaviso o anteriormente al vencimiento del plazo fijado, en el caso de depósitos no disponibles, y esto en oposición a lo dispuesto en el artículo 1.860. Por tanto, deben reputarse como formas impropias del depósito, que constituyen nuevas manifestaciones economicojurídicas, en las cuales predominan conjuntamente elementos del depósito y del mutuo, pero que dan vida a una relación de nuevo cuño y fisonomía autónoma e independiente, esto es, el depósito bancario. El Novísimo Proyecto de Código de comercio italiano, publicado en 1925 por la Comisión Real para la reforma de los Códigos .(Subcomisión B), contiene la novedad de consagrar un título del libro II a los depósitos bancarios. Dentro de ellos contempla dos supuestos de depósito irregular.

El primero es en el caso de que la Banca tenga en depósito una suma de dinero (artículo 366). La Banca adquiere la propiedad de esa suma, y tiene obligación de restituirla en una cantidad equivalente de la misma especie, en una o más veces, a petición del de-Page 563 positante o en la fecha fijada por el contrato. Esta última posibilidad está en: contradicción con el criterio de La Lumia, seguido por nosotros, para determinar, que depósitos bancarios constituyen propiamente depósito irregular. ;El Proyecto italiano considera que subsiste el depósito de suma de dinero, sin transformarse en mutuo aun cuando se haya estipulado una fecha cierta para la restitución. Por otra parte, se advierte que no exige el Proyecto, a los efectos del paso de propiedad de la suma depositada, un especial acuerdo de los contratantes o autorización de uso concedida por el depositante. De todo ello resulta evidente el propósito del Proyecto de mantener decididamente la figura del depósito irregular, aun violentando alguno de los rasgos específicos de la institución.

El segundo supuesto dice relación al depósito bancario de títulos (artículo 36S). En este caso, el Proyecto toma mayores precauciones, inspirándose en el mismo deseo de evitar abusos que ha determinado en. el Proyecto de reforma del libro II del Código español la existencia de una disposición absolutamente prohibitiva del depósito irregular de títulos. Según el Proyecto italiano, en esta clase de depósitos la propiedad persiste en el depositante, si éste no ha demostrado la intención de transmitírsela a la Banca. Esta intención se presume si el depositante la concede el derecho de disponer sin limitación o le da la facultad de restituir otros tantos títulos de la misma especie. Esta disposición está inspirada en la ley sobre depósitos alemana.

  1. En la legislación alemana, Los depósitos peculiares del derecho mercantil pueden dividirse en dos grandes grupos según se incluyan o no en el concepto del depósito irregular. Al primero pertenecen, tanto los depósitos de dinero (Depositengescha.fi), como los depósitos de títulos fungibles (Suvimendepot bei Wertpapiere). Al segundo pertenecen los depósitos colectivos o conjuntos (Mengeverwahrungsvertrag, Sammeldepot).

  1. Los autores alemanes consideran, en efecto, como depósito regular el Sanmeldepot o Vermengungsdepot (depósito colectivo o conjunto) en el cual el depositario puede mezclar entre sí las cosas fungibles pertenecientes a varios depositantes. El depositario no se hace propietario, sino que constituye una copropiedad por fracciones para los depositantes.Page 564

    Sustentan esta opinión O. v. Gierke 3, J. Gierke 4, Cosack 5, Riezze 6. Este último autor considera el depósito colectivo como un tipo intermedio entre el depósito regular y el irregular.

    Una aplicación práctica especial encuentra el depósito colectivo de títulos valores, a partir del año 1882 en él Banco de la Berliner Kassenverein. Los Bancos y los bolsistas entregan allí, en esta clase especial de custodia, sus títulos mercantiles, y el Banco depositario los agrupa en especies separadas en calidad de Sammeldepot. Bl Banco se convierte en administrador. Cada depositante tiene una fracción de copropiedad y puede reclamar la restitución de piezas del mismo género, así como disponer sobre su parte mediante enajenación y constitución en prenda. El tráfico se opera por medio de cheques de diferentes colores. El cheque blanco del depositante se utiliza para la restitución in natura ; el cheque rojo, para la transmisión mediante la transferencia de su cuenta a la cuenta de otro depositante (tráfico de efectos mediante giro, etcétera) y el cheque verde sirve, finalmente, para fines de prenda 7.

    Heilfron 8 considera que el depósito en los almacenes generales, a que se refieren los artículos 416 y siguientes del Código de comercio alemán, puede ser depósito irregular o depósito regular, según los casos. Cuando se depositan cosas no fungibles no hay duda respecto de la naturaleza del depósito. Y cuando se trata de cosas fungibles puede llevarse a efecto la entrega de modo que 4a propiedad pase al almacenista y éste se obligue a devolver cosas del mismo género, cantidad y calidad (Swnmenlagergut). En tal supuesto, y según el párrafo 3.0 del artículo 419, no se aplican las prescripciones del Código de Comercio sobre depósito en los almacenes generales, sino las del artículo 700 del Código civil, sobrePage 565 el llamado depósito irregular. Por el contrario, se aplican las disposiciones del Código de Comercio sobre almacenes generales cuando en el depósito de cosas fungibles (especialmente cereales, espíritus, petróleos) se autoriza al depositario para mezclarlas con otras cosas de la misma especie y calidad (Sammellagergut), transformándose la propiedad del depositante en una copropiedad determinada conforme el valor de las cosas que deposita.

  2. El Depositengeschaft consiste en un depósito de dinero hecho en un Banco en calidad de depósito de suma, en el sentido de que lo que se ha de restituir es simplemente una suma igual a la depositada. El depositante puede exigir la restitución en todo tiempo sin necesidad de aviso (cf. artículos 695 y 700 del Código civil alemán). Los alemanes hablan en este caso de Tagliche gelder. El depositante obtiene intereses conforme a especial estipulación, interés que es muy bajo en el caso de Tagliche gelder.

  3. El Summendepot de títulos valores consiste en un depósito de títulos fungibles. En oposición al depósito regular, este depósito es especialmente peligroso para el depositante, porque pierde su propiedad, según repetidamente se ha dicho. Por esta razón, ya el Código civil alemán prescribe, para que tenga validez, un acuerdo expreso. La ley sobre depósitos bancarios de 5 de Julio de 1896, modificada en 21 de Noviembre de 1923. refuerza la protección concedida al depositante por el Código civil, exigiendo en su artículo segundo un acuerdo especial y escrito para que el depositante pueda devolver títulos distintos a los recibidos en depósito.

    El artículo 2.° de esta ley dispone que: «La declaración del depositante o pignorante por cuya virtud se autoriza al depositario o acreedor prendario para restituir, en lugar de los títulos, valores depositados o empeñados de la clase...

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