El deporte como fenómeno jurídico y bien constitucionalmente protegido

AutorAlfredo Allué Buiza
Páginas59-81

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1. Introducción

El presente capítulo aborda los antecedentes histórico-legislativos del deber de fomento del deporte, principalmente su expansión en el período franquista y el tránsito a la democracia. Seguidamente se hace un análisis del contenido del art. 43.3 del Texto Constitucional, del carácter polisémico del significado de esta disposición, es decir, su conexión con el ocio y la salud, y su posición en el sistema de protección de los derechos y su vinculación con derechos efectivamente garantizados, ya sean derechos de la personalidad o colectivos.

A continuación se relata el desarrollo legislativo que, en el marco de esta disposición, han realizado los poderes públicos. En primer lugar, la Ley de 1980 de Educación Física y Deporte y, posteriormente la Ley del Deporte de 1990, ordenamiento que genera una regulación híbrida entre lo privado y lo público, centrándose más en la regulación del deporte profesional y no tanto en el deporte que se conecta con el descanso o el ocio y la salud. Hacemos también una simple referencia a su desarrollo reglamentario, que será comentado específicamente en los siguientes capítulos.

La regulación del deporte en las Comunidades Autónomas es objeto de obligado comentario, pues la regulación estatutaria, determina el ámbito de exclusividad de la competencia. Del mismo modo la prolija legislación autonómica aborda los diferentes aspectos de la actividad deportiva, esencialmente el grado de fomento y el intervencionismoPage 60 público, el asociacionismo deportivo y la tutela de la administración autonómica sobre éste. Estas cuestiones están tan exhaustivamente reguladas en la legislación autonómica, que se hace necesario en este capítulo comentarlas, a expensas de una mayor concreción en posteriores apartados de esta obra.

2. Antecedentes histórico-legislativos
2.1. Antecedentes remotos

Las primeras referencias que se conocen acerca de la regulación del deporte en España se remontan al Siglo XIX como materia integrada en el contexto educativo. Así, el documento Bases para la formación de un Plan General de Instrucción Pública, de 16 de noviembre de 1809 donde se reconocía a la «educación física» como la «que se puede hacer por medios corporales». En 1837, se promulga el Real decreto reorganizador de los estudios de segunda enseñanza, donde se introduce la gimnástica, que, sin embargo, no prosperó, como el restante elenco de proyectos legislativos; hasta que en 1882 se creó la Escuela Central de Profesores de Gimnástica, transformada por Ley de 1883 en Escuela Central de Gimnástica, creándose, mediante Real Orden, en 1893, plazas de profesores de gimnasia en los institutos provinciales.

En los inicios del Siglo XX, por Real Decreto de 20 de julio de 1900, se declara asignatura obligatoria a la gimnasia en los seis cursos de bachillerato. Sin embargo se producirá en las décadas posteriores una reducción horaria de dedicación en los planes de estudio a la educación física y deporte (así, el Decreto de 1903, reduciendo la gimnasia como asignatura obligatoria solamente en 2.º y 3.º de bachillerato). Esta situación no se subsana ni siquiera en el importante Plan Callejo de 1926 donde la Educación Física no es obligatoria en el bachillerato elemental. En el ámbito del asociacionismo deportivo un Real Decreto de 1927, durante la Dictadura de Primo de Rivera se regularon las federaciones deportivas y se creó el Comité Olímpico Nacional.

Esta situación de claro déficit de la intervención pública en el ámbito deportivo tampoco se subsana en la Segunda República Española,Page 61 periodo en el cual brilla como excepción la Autonomía Catalana, la cual sentó una valioso precedente al acoger el deporte, desde una perspectiva institucional, al hacer confluir el ámbito federativo catalán en la Unión Catalana de Federaciones Deportivas, entendido este organismo como «Corporación Oficial de la Generalidad de Cataluña». En el ámbito estatal en este período, el 7 de agosto de 1931 se restablece el Decreto de 1903 y el 12 de diciembre de 1933 se crea la Escuela de Educación Física y el 23 de abril de 1935 se crea la Junta de Educación Física en el Ministerio de Instrucción Pública. Como se ha advertido «aunque este período no haya pasado a la historia por un interés desmedido del poder público hacia la educación física y el deporte, tampoco permite la normativa publicada afirmar tajantemente que no hubo ningún tipo de actividad pública en la materia (Espartero Casado, 2000: 45 a 51).

2.2. La intervención pública del deporte durante el Franquismo

Instaurado el régimen franquista se ordena en plena guerra civil la intensificación de la Educación Física y el deporte, que como toda Dictadura se identifica plenamente en una concepción fuertemente politizada y autoritaria del deporte, como así se recogió en el Plan de Estudios de 1938. El deporte se va a mostrar en este período fuertemente institucionalizado, con una función estatal tutelar que se ha heredado incluso en el actual período democrático, siendo esencial protagonista la fuerte intervención pública y la confusión, o al menos mixtificación, del carácter público y privado del asociacionismo deportivo, confundiéndose éste con la propia administración pública, como actualmente ocurre. Así, en 1937 se crea el Consejo Nacional de Deportes y se transforma en Comité Olímpico Español un año después. Por Decreto de 22 de febrero de 1941 se encomienda la dirección y fomento del deporte a la Falange Española, constituyéndose la Delegación Nacional de Deportes (en la que se integran las federaciones deportivas) y, mediante Orden de 7 de junio de 1945 se aprueba su estatuto orgánico, compartiendo la función de dirección y fomento de la educación física y el deporte con otros organismos fuertemente politizados y vinculados directamente al Partido único del Movimiento —el cual, a través de su Secretaría General será el sujeto normador por excelencia— (Sindicato Español Uni-Page 62versitario, Frente de Juventudes, Obra Sindical de Educación y Descanso, Sección Femenina etc.). De este modo, el deporte se politiza plenamente y «al permanecer ubicado en el Movimiento Nacional la actividad deportiva, el deporte estará completamente al margen de la Administración pública, y, por ende, del régimen jurídico-público aplicable a sus actuaciones, lo que producirá auténticas situaciones de abuso por todos conocidas» (Calonge Velázquez y Allué Buiza, 1992: 1649). La Delegación Nacional de Deportes cambia de denominación y, al menos aparentemente, se desvincula de la estructura orgánica de la Falange, denominándose Delegación Nacional de Educación Física y Deporte, en 1956.

En 1961 entra en vigor la Ley 77/1961, de 23 de diciembre de Educación Física que, según Espartero (2000: 54) se trataba de «un continuismo normativo, pues mantiene la organización deportiva de los primeros años de la Dictadura al atribuir a la Delegación Nacional la alta dirección, el fomento y la coordinación de la educación física y el deporte» y que, en palabras, un tanto exageradas de Bassols Coma (citado por Espartero Casado, 2000: 55) «legó una herencia ruinosa en el campo de la Educación Física y el deporte en la enseñanza. Por un lado, fue un instrumento más para dejar al deporte en una situación de “no derecho” (en su consideración estatal) —regido por un ordenamiento singular y especialísimo, de difícil justificación—, en el que sólo a través de una tensa insistencia ha penetrado ocasionalmente, por obra de la jurisprudencia, el régimen garantizador del Ordenamiento Jurídico General». Por el contrario Cazorla (Idem p. 55, cita 145) considera que impuso un gran paso adelante, al mismo tiempo que la consagración legal de un proceso ya desarrollado años atrás. Con ella se emprende la loable tarea de reconducir unos esquemas generales y de rango legal las líneas maestras por las cuales se desenvolvía hasta entonces la actividad deportiva.

Estamos más de acuerdo con esta segunda opinión en la medida que en los años sesenta en España se produce una lenta pero paulatina «desideologización» del Régimen, una generación de clases medias, el advenimiento de una cultura de ocio, una incipiente proyección internacional en materia de competiciones deportivas fruto del fin del aislamiento y la universalización de la educación a través de una fuerte intervenciónPage 63 pública, en una suerte de regeneracionismo que hoy ninguna reserva ideológica al carácter no democrático del franquismo puede obviar. Así, a partir de los años sesenta se produce un amplio elenco de normas en la materia, destacando la Ley General de Educación 14/70, de 4 de agosto, la cual persiguió la formación integral del alumnado en el desarrollo de la capacidad físico-deportiva.

No puede decirse lo mismo de la regulación de las federaciones deportivas que permanece inalterada en las últimas décadas del franquismo hasta la desaparición del Movimiento Nacional. Consecuentemente, las federaciones deportivas continuarán siendo esos organismos técnicos y administrativos dependientes e integrados en la Delegación Nacional de Educación Física y Deportes.

Con la Ley de la Reforma Política de 4 de enero de...

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