Democracia y constitucionalismo

AutorFrancesco Riccobono
CargoDipartimento di Giurisprudenza. Università di Napoli Federico II
Páginas17-29

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El nexo entre Estado constitucional de Derecho y democracia es muy estrecho. Desde un punto de vista histórico, el Estado constitucional de Derecho ha sido la forma de Estado elegida, al final de la Segunda Guerra Mundial, por las fuerzas políticas democráticas para construir y garantizar un orden social basado en los valores de libertad e igualdad y para cortar todo vínculo con el pasado autoritario y dictatorial. Esta razón histórica de la expansión europea del constitucionalismo, como práctica político-institucional y como teoría político-jurídica, no debe olvidarse. Dicha razón define polémicamente la identidad del constitucionalismo de la segunda mitad del siglo XX en los términos de la oposición radical frente a todo resurgir de autoritarismo y queda como rasgo identitario de su actual evolución neoconstitucionalista 1. Desde un punto de vista teórico, el Estado constitucional de Derecho no puede no ser un Estado democrático. El necesario vínculo entre derechos fundamentales y democracia -hoy considerado obvio por la conciencia común democrática- encuentra, de hecho, su más neta confirmación y la mayor protección en la forma del Estado constitucional de Derecho 2. No por casualidad, en la teoría discursiva de Robert Alexy, por ejemplo, la necesaria pretensión de corrección de los ordenamientos jurídicos encuentra respuestas positivas en el constitucionalismo democrático que satisface "dos

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exigencias cardinales respecto al contenido y a la estructura del sistema jurídico: los derechos fundamentales y la democracia" 3.

Hoy, la expresión "crisis de la democracia" aparece con altísima frecuencia en la literatura politológica y jurídica mundial. Circunscritos al contexto italiano de los estudios filosófico-jurídicos y filosófico-políticos de los últimos tres años, encontramos contribuciones cuyos títulos lanzan un grito de angustioso peligro. Marina Lalatta Costerbosa habla de "democracia asediada" 4; Geminello Preterossi se pregunta sobre "aquello que queda de la democracia" 5; los filósofos de la política dedican su Congreso nacional de 2013 a la "crisis de la democracia" 6; un famoso lingüista, Raffaele Simone, reconstruye "cómo fracasa la democracia" 7; Nadia Urbinati describe una "democracia desfigurada" 8. Es sólo una pequeña muestra que puede enriquecerse fácilmente con otros títulos, ya por sí elocuentes, tanto en el ámbito nacional como en el ámbito internacional 9.

La literatura del siglo XX nos había, en realidad, acostumbrado desde el inicio del siglo, al tratamiento, repetido y alternado, de dos temas: la inevitabilidad de la democracia y la crisis de la democracia. También aquellos que alimentaban sentimientos autoritarios se sentían en la obligación de oponerse al ideal democrático "con una reverencia cortés o al amparo de una estudiada máscara de terminología democrática". Así escribía Hans Kelsen, en el fulgurante comienzo de la primera edición, 1920, de Vom Wesen und Wert der Demokratie 10, reproducido también en la edición de 1929. Democracia como un lugar común político, por tanto, del cual no se puede huir. Pero, precisamente en cuanto lugar común, es un nombre tendencialmente vacío que necesita continuas redefiniciones en relación con las convulsiones sociales y las revoluciones políticas que dan contenidos diversos a la concreta e histórica

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expectativa de democracia. De aquí una fisiológica "crisis" de la democracia, en cuanto forma de gobierno que debe reflejar sentimientos, expectativas y necesidades de sujetos empeñados en la construcción de su historia y, por tanto, absorbidos en el tiempo que cambia hábitos, cuerpos y mentes de los hombres. Frente a la identidad igual a sí misma de los regímenes teológicos, tiránicos y autoritarios, la democracia, como autonomía, está destinada a estar siempre en crisis ya que lleva en su interior el desenvolverse en el tiempo de la vida de los hombres que quieren decidir sobre sí mimos. De aquí una necesaria -y vital- inestabilidad definitoria.

Hoy permanece la sensación de una inevitabilidad de la democracia, quizás reforzada por la constatación de que "al menos la mitad de la humanidad vive en un régimen democrático (más de mil millones sólo en la India), y de la otra mitad una buena parte aspira en cualquier caso a vivir en una democracia, aunque no vivan en ella" 11. La "crisis de la democracia" de la que se habla hoy, me parece, sin embargo, que tiene rasgos diferentes a las acostumbradas "crisis" del siglo XX, a menudo dramáticas en sus consecuencias autoritarias. Estas crisis indicaban generalmente un conflicto con una forma de gobierno antagonista, conflicto que culminaba en una derrota para los gobiernos de inspiración democrática . Si bien la democracia mantenía su identidad "polémica" hacia regímenes autoritarios y tiránicos, no se discutía su posibilidad de ser una forma política de la sociedad. Creo que en los textos antes citados surge, al contrario, una duda, por decirlo así "definitiva" y no "definitoria". Ya no existen las condiciones de existencia para una forma de gobierno democrático. Utilizando una formula ya famosa, puede decirse que las sociedades complejas constituyen un "terreno inhóspito" para la democracia. Todos podemos intuir fácilmente a qué se hace referencia. La financiarización de la economía, la aceleración del tiempo a escala global, el impulso de la agresividad supranacional que surge de la globalización, la transformación de la esfera pública por la debilidad de los medios tradicionales. Alessandro Ferrara nos ha ofrecido un precioso inventario de estas "condiciones de inhospitalidad", que se añaden a las identificadas por Frank Michelman en los años ochenta-noventa del siglo XX 12.

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Obviamente se puede reaccionar frente a estas "condiciones inhóspitas" o, por lo menos, no considerarlas "condiciones insuperables" sino más bien "insidias" contra la democracia -como hace Marina Lalatta Costerbosa- que, en tanto potencialmente letales, pueden ser neutralizadas gracias a la implementación de un paradigma constitucionalista centrado en la visión del Derecho como límite frente a la fuerza 13.

Hemos llegado así a la cuestión que quería plantear. Dado el vínculo entre democracia y Estado constitucional de Derecho, ¿la crisis de la democracia es también crisis del Estado constitucional de Derecho? ¿Se trata del mismo fenómeno visto desde dos puntos de vista diferentes o de dos fenómenos distintos? La respuesta que voy a sugerir defraudará a muchos. Considero que una de las razones de la crisis actual de la democracia reside precisamente en la adopción general de la forma político-jurídica del Estado constitucional de Derecho con la consiguiente hipertrofia de las modalidades "jurídicas" de constitución y conducción de las relaciones sociales y de las respectivas respuestas políticas.

La crisis actual de la democracia indudablemente está en relación con el movimiento de la globalización en todos sus aspectos. La financiarización de la economía, el triunfo de un liberalismo salvaje con sus modelos pedagógicos de competitividad exasperada y de agresividad interpersonal, la homo-logación telemática de la comunicación con sus mecanismos de inclusión/ exclusión, la inalcanzable lejanía e impenetrable oscuridad de los centros de decisión con el poder de determinar los destinos laborales y humanos de grandes masas de individuos, designan ciertamente un modo de vivir en sí, o una modalidad política muy diversa a cualquier significado de democracia. Quizás estas grandes masas de individuos son así necesariamente integradas en las nuevas modalidades de existencia globalizada como para no

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poder imaginar modalidades alternativas de vida en común; han perdido la percepción del gusto de la autonomía, contentándose con ser situados en espacios de participación efímeros e ilusorios y de ocupar, inevitablemente, cualquier puesto capaz de asegurar una supervivencia estrecha. Asume así lamentablemente un valor real una bella frase de Robert Alexy: "Si no hay un número suficiente de personas que quieren la democracia, nadie podrá salvarla" 14.

Este proceso de globalización tiene como condición y, al mismo tiempo, como consecuencia el desmantelamiento del aparato material e ideológico del Estado soberano. Bien...

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