Deducción del IVA soportado por adquisiciones previas al inicio de la realización de operaciones activas. Análisis de la Sentencia de la Audiencia Nacional de 25 de julio de 2018 (rec. núm. 277/2017)

AutorCarlota Ruiz de Velasco Punín
CargoProfesora Contratada Doctora de Derecho Financiero y Tributario. Universidad de Cantabria
Páginas195-204
Nueva Fiscalidad 195
Jurisprudencia y doctrina administrativa.
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Deducción del IVA soportado
por adquisiciones previas al inicio
de la realización de operaciones activas
Análisis de la Sentencia de la
Audiencia Nacional de 25 de julio de 2018
(rec. núm. 277/2017)
Carlota Ruiz de Velasco Punín
Profesora Contratada Doctora de Derecho Financiero y Tributario
Universidad de Cantabria
RESUMEN:
La Audiencia Nacional reconoce el derecho a deducir el IVA soportado en la adquisición de
un terreno con carácter previo al inicio de la realización efectiva y regular de operaciones
activas, aun cuando el escaso tiempo transcurrido entre la adquisición y el procedimiento
de inspección no haya permitido al sujeto pasivo confirmar por hechos objetivos su
intención de destinar el bien adquirido a una actividad económica.
Palabras clave: IVA; derecho a la deducción; actividades previas a la realización regular
de operaciones económicas.
ABSTRACT:
The Spanish National Court recognizes the right to deduct input VAT on the acquisition
of a land, prior to carrying out taxable transactions on a regular basis, even if, due to
the immediacy of the inspection procedure, the intention to commence independently an
economic activity can not yet be confirmed by objective evidence.
Keywords: VAT; right to deduction; activities prior to carrying out economic transactions
on a regular basis

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