Aplicación de la deducción fomento de las tecnologías de la comunicación

AutorMiguel Gil del Campo
PáginasInspector de Hacienda del Estado. Licenciado en Derecho y Master en Cooperación al Desarrollo

Los gastos de personal en que incurre una empresa de reducida dimensiÛn por la contrataciÛn de un trabajador que va a crear, desarrollar, instalar e implantar la p·gina web de la empresa pueden acogerse a la deducciÛn del artÌculo 33 bis de la Ley 43/1995, del Impuesto sobre Sociedades, pudiendo la empresa deducirse el 10% de los mismos en concepto de deducciÛn para el fomento de las tecnologÌas...

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