Decreto Ley 9/2020, de 25 de mayo, de medidas urgentes de protección del territorio de las Illes Balears

AutorDra. Eva Blasco Hedo
CargoResponsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Páginas152-154
Recopilación mensual n. 102/1, junio 2020
152
Publicado en Actualidad Jurídica Ambiental el 22 de junio de 2020
Decreto Ley 9/2020, de 25 de mayo, de medidas urgentes de protección del territorio
de las Illes Balears
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del
Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOIB Extr. núm. 92, de 25 de mayo de 2019
Palabras clave: Ordenación del territorio. Suelo rústico. Suelo urbanizable. Medio ambiente.
Paisaje. Patrimonio cultural. Agua.
Resumen:
El artículo 23 del Estatuto de autonomía contiene un mandato expreso a las administraciones
públicas de las Illes Balears que, en el ámbito de sus competencias, protejan el medio
ambiente e impulsen un modelo de desarrollo equitativo, territorialmente equilibrado y
sostenible. En su apartado 2 añade que los poderes públicos de la Comunidad Autónoma
deben velar por la defensa y la protección de la naturaleza, del territorio, del medio ambiente
y del paisaje.
Por su parte, el apartado 1 del artículo 24 del Estatuto, que reconoce la actividad turística
como elemento económico estratégico de las Illes Balears, nos recuerda que el fomento y la
ordenación de la actividad turística se deben llevar a cabo con el objetivo de hacerla
compatible con el respeto al medio ambiente, al patrimonio cultural y al territorio.
En este contexto, y para hacer frente a los graves efectos derivados del Covid 19 en paralelo
a las medidas relativas a la protección de la salud pública y a las de reactivación de la actividad
económica; esta Comunidad Autónoma ha considerado imprescindible adoptar medidas que
profundicen en la protección del territorio y en la defensa del medio ambiente, con el fin de
avanzar hacia un modelo socioeconómico sostenible y respetuoso con el entorno.
Al efecto, este Decreto-ley tiene por objeto establecer determinadas medidas de rango legal,
que pretenden incrementar la protección del suelo rústico de las Illes Balears, contener el
desarrollo urbanístico del suelo no adaptado a las limitaciones establecidas en los
instrumentos de ordenación territoriales vigentes, introducir medidas de integración
paisajística y ambiental relativas a la recuperación y conservación de las fincas rústicas, así
como establecer medidas de ahorro de agua.
De lo que se trata es de contener el crecimiento expansivo de la nueva urbanización y asegurar
la protección del suelo rústico, estableciendo un conjunto de determinaciones específicas que
afectan a las diversas clases de suelo, esto es, tanto a aquellas que están asociadas a la idea de
desarrollo urbano como a aquellas otras que, contrariamente, responden al propósito de
preservar el suelo de los procesos de transformación urbanística.
A la vista de que ha transcurrido el plazo previsto en el apartado 4 de la disposición transitoria
undécima de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Illes Balears, sin que
todos los municipios afectados hayan iniciado la adaptación a dicha disposición, se considera

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