Decreto-ley 15/2020, de 10 de septiembre, de medidas urgentes de impulso de los sectores primario, energético, turístico y territorial de Canarias

AutorDra. Eva Blasco Hedo
CargoResponsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Páginas204-208
Recopilación mensual n. 105, octubre2020
204
Autonómica
Canarias
Publicado en Actualidad Jurídica Ambiental el 21 de octubre de 2020
Decreto-ley 15/2020, de 10 de septiembre, de medidas urgentes de impulso de los
sectores primario, energético, turístico y territorial de Canarias
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del
Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOCAN núm. 187, de 11 de septiembre de 2020
Palabras clave: Pandemia. Economía. Sociedad. Medio ambiente. Simplificación
administrativa. Medidas de intervención. Comunicación previa. Declaración responsable.
Turismo. Energías renovables. Autoconsumo eléctrico. Recursos naturales. Sostenibilidad
ambiental. Suelos urbanos y rústicos. Suelo Rústico de Protección Ambiental. Costas.
Instalaciones energéticas. Explotaciones ganaderas.
Resumen:
En un contexto de crisis sanitaria que todavía no ha finalizado, anudado a las intensas
consecuencias sociales y económicas derivadas de la pandemia, a lo que se suma el riesgo que
representa para un destino turístico de relevancia internacional como es el archipiélago
canario, se aprueba el presente Decreto-ley que, a su vez, se enmarca dentro de los objetivos
del Pacto para la Reactivación Social y Económica de Canarias, firmado el pasado 30 de
mayo.
Su objeto es establecer una serie de medidas urgentes de simplificación y agilización
administrativas con la finalidad de reactivar la actividad económica en determinados sectores
estratégicos que se han visto especialmente afectados por la paralización de actividades
derivada de la pandemia (turismo y hostelería, construcción), y en otros sectores que, aun
habiendo resistido el choque inicial, se consideran también fundamentales para impulsar la
recuperación (sector primario y sector energético, con especial atención a las energías
renovables).
Todo ello sin olvidar que las medidas de reactivación a adoptar deben atender a criterios de
sostenibilidad ambiental y de utilización racional de los recursos naturales. De hecho, las
medidas se proyectan fundamentalmente sobre suelos urbanos, sobre edificaciones
preexistentes o sobre suelos rústicos no protegidos por razones ambientales. En este sentido,
son numerosas las excepciones que se introducen en el Decreto ley para salvaguardar los
suelos rústicos protegidos por razones ambientales o incluso los incluidos en zonas Red
Natura 2000.
Se regulan, ampliando el elenco actual, nuevos supuestos de actuaciones sujetas a
comunicación previa urbanística o a declaración responsable turística. La sustitución de
títulos habilitantes urbanísticos (licencias que pasan a ser comunicaciones previas o que

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