Decreto 92/2019, de 11 de julio, por el que se modifica el Decreto 143/2016, de 22 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia

AutorDr. Carlos Javier Durá Alemañ
CargoInvestigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Páginas65-67
www.actualidadjuridicaambiental.com
65
Galicia
Publicado en Actualidad Jurídica Ambiental el 23 de septiembre de 2019
Decreto 92/2019, de 11 de julio, por el que se modifica el Decreto 143/2016, de 22 de
septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 2/2016, de 10 de febrero,
del suelo de Galicia
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Centro Internacional de Estudios
de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: DOG Núm. 144 Miércoles, 31 de julio de 2019
Temas Clave: Suelo; Ordenación territorio; Planeamiento; Urbanismo
Resumen:
La Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia, establece el marco general para la
regulación de la actividad urbanística en la Comunidad Autónoma de Galicia, y habilita al
Consello de la Xunta de Galicia, en su disposición final quinta, para dictar, en el plazo de
un año, las disposiciones para su desarrollo reglamentario.
Dando cumplimiento a dicho mandato normativo, se procedió a la aprobación del Decreto
143/2016, de 22 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 2/2016, de
10 de febrero, del suelo de Galicia, que vino a completar el marco normativo existente, a
como la aplicación directa del reglamento autonómico de disciplina urbanística aprobado
en desarrollo de la Ley 1/1997, de 24 de marzo, del suelo de Galicia.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y 37.a) de la Ley
14/2013, de 26 de diciembre, de racionalización del sector público autonómico, en todas
las iniciativas normativas se justificará su adecuación a los principios de necesidad, eficacia,
proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia, accesibilidad, simplicidad y eficiencia,
principios a los que se dé cumplimiento a través de la modificación propuesta.
Así, el cumplimiento del principio de necesidad deriva directamente del mandato
normativo por lo que se habilita para el desarrollo reglamentario de la Ley del suelo en su
disposición final quinta. Al mismo tiempo, es necesario ahora abordar una modificación de
dicha regulación, atendiendo a las necesidades detectadas en la aplicación práctica del
Decreto 143/2016, de 22 de septiembre, derivadas de la propia complejidad de la materia,
En definitiva, pretende ser una reforma que conforme una norma reguladora del suelo más
clara, que contribuya a la protección territorial y el desarrollo urbanístico sostenible,
apostando por la defensa y respeto del suelo rústico, y todo ello sin perder de vista su
dimensión como suelo productivo y útil, que debe ser recogida y potenciada, así como las
actividades que se desarrollan en el mismo.

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