Decreto 72/2016, de 9 de junio, por el que se autorizan y se regulan determinados sistemas de eliminación de subproductos animales no destinados al consumo humano en Galicia y se concretan determinados aspectos sanitarios de las explotaciones porcinas

AutorFernando López Pérez
CargoInvestigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA ? CIEMAT)
Páginas23-24
www.actualidadjuridicaambiental.com
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Publicado en Actualidad Jurídica Ambiental el 18 de julio de 2016
Decreto 72/2016, de 9 de junio, por el que se autorizan y se regulan determinados
sistemas de eliminación de subproductos animales no destinados al consumo
humano en Galicia y se concretan determinados aspectos sanitarios de las
explotaciones porcinas
Autor: Fernando López Pérez. Investigador del Centro Internacional de Estudios de
Derecho Ambiental (CIEDA CIEMAT)
Fuente: DOG núm. 118, de 22 de junio de 2016
Temas clave: Ganadería; Residuos animales; Subproductos animales
Resumen:
La Unión Europea, sobre todo a inicios del presente siglo, ha mostrado una intensa
preocupación por el adecuado tratamiento de los residuos animales, especialmente a raíz de
la enfermedad conocida popularmente como de las vacas locas. Así, desde el prisma
comunitario, cabe destacar la regulación vigente en este momento, esto es, el Reglamento
(CE) n.º 1069/2009, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de octubre, por el que
se establecen las normas sanitarias aplicables a los subproductos animales y los productos
derivados no destinados al consumo humano y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.º
1774/2002 (Reglamento sobre subproductos animales), y del Reglamento (UE) n.º
142/2011, de la Comisión, de 25 de febrero de 2011, por el que se establecen las
disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) n.º 1069/2009, y la Directiva 97/78/CE
del Consejo en cuanto a determinadas muestras y unidades exentas de los controles
veterinarios en la frontera en virtud de la misma.
Este es el marco actualmente vigente en la Unión Europea al respecto del tratamiento de
los subproductos animales no destinados al consumo humano (en adelante, SANDACH).
En cuanto a la normativa española, es el Real Decreto 1528/2012, de 8 de noviembre, por
el que se establecen las normas aplicables a los subproductos animales y los productos
derivados no destinados al consumo humano, el encargado de adoptar las disposiciones
específicas de aplicación en España al respecto de los Reglamentos comunitarios citados.
Pues bien, en el artículo 16 de este Real Decreto 1528/2012, se permite que la eliminación
de determinados SANDACH sea mediante un procedimiento más laxo que el general
establecido en la normativa anteriormente mencionada. En concreto mediante el
enterramiento. A tal fin, y dada las competencias que en esta materia tienen las
Comunidades Autónomas -artículo 2 del Real Decreto 1528/2012- se dicta en Galicia el
Decreto 72/2016 objeto de análisis, cuya finalidad es la de regular la autorización en
condiciones que garanticen la protección de la salud pública, la sanidad animal y el medio
ambiente las siguientes actuaciones:
a) La eliminación mediante enterramiento de los equinos muertos en las explotaciones
equinas.

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