Decreto 33/2020, de 6 de marzo, del Consell, de ampliación de la delimitación de la zona especial de protección para las aves (ZEPA) El Fondo d'Elx-Crevillent

AutorDr. Carlos Javier Durá Alemañ
CargoInvestigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Páginas72-73
Recopilación mensual n. 97, Enero 2020
72
Comunidad Valenciana
Publicado en Actualidad Jurídica Ambiental el 27 de abril de 2020
Decreto 33/2020, de 6 de marzo, del Consell, de ampliación de la delimitación de la
zona especial de protección para las aves (ZEPA) El Fondo d’Elx-Crevillent
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación
del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: DOGC Núm. 8764 de 17 de marzo de 2020
Temas Clave: Red Natura 2000; Zona Especial Protección Aves (ZEPA); Especies
amenazadas
ResumEn:
La Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, en su
artículo 45 establece que corresponde al Consell la declaración de las Zonas de Especial
Protección para las Aves en adelante ZEPA-, previo procedimiento de información
pública, a propuesta de la conselleria competente en materia de medio ambiente; así como
que los ámbitos terrestres y marítimos más adecuados para la conservación de las especies
de aves que se relacionan en el anexo IV de la citada ley, en relación con el anexo I de la
directiva 79/409/CEE el Consejo, de 2 de abril de 1979, relativa a la conservación de las
aves silvestres, serán declarados ZEPA.
Tras una primera declaración en la Comunitat Valenciana de 18 ZEPA, con una superficie
total de 277.239 hectáreas, la Generalitat incrementó dicho elenco mediante el Acuerdo de 5
de junio de 2009, del Consell, de ampliación de la Red de Zonas de Especial Protección para
las Aves (ZEPA) de la Comunitat Valenciana; la ampliación supuso un incremento sustancial
de la superficie total de las ZEPA, obtenido con 25 nuevas ZEPA y mediante modificaciones
de distinta entidad en los límites de 16 de las 18 ZEPA existentes hasta el momento de
entrada en vigor de este acuerdo. La red ampliada resultante quedó configurada con 43
ZEPA.
La lista de ZEPA ha cambiado como resultado del proceso de segregación marítimo-terrestre
y ahora son 40 espacios, usándose la denominación oficial de la base de datos CNTRYES.
En virtud de Acuerdo de 25 de abril de 2014, del Consell, se adecúan los espacios protegidos
de la Red Natura 2000 marinos y marítimo- terrestres al reparto de competencias en el medio
marino establecido en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la
Biodiversidad.
Mediante este Acuerdo se produjo un reconocimiento expreso por parte de la Generalitat de
la competencia de la Administración General del Estado para la declaración y gestión de los
espacios de la red Natura 2000 situados íntegramente en aguas marinas, así como de aquellos
ámbitos de los espacios marítimo-terrestres situados en medio marino para los que no se
justificaron los criterios de continuidad ecológica establecidos en la mencionada ley. En este

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