Decisión (UE) 2015/451 del Consejo, de 06 de marzo de 2015, relativa a la adhesión de la Unión Europea a la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres, (CITES). (DOUE L75/1 de 19 de marzo de 2015)

AutorSara García García
CargoDoctoranda en Derecho de la Universidad de Valladolid
Páginas16-17
Recopilación mensual n. 45, Abril 2015
16
Publicado en Actualidad Jurídica Ambiental el 15 de abril de 2015
Decisión (UE) 2015/451 del Consejo, de 06 de marzo de 2015, relativa a la adhesión
de la Unión Europea a la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies
Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres, (CITES). (DOUE L75/1 de 19 de marzo
de 2015)
Autora: Sara García García, Doctoranda en Derecho de la Universidad de Valladolid
Temas clave: CITES; especies amenazadas; fauna y flora silvestres; controles de comercio;
adhesión
Resumen:
La Unión, aprovechando la condición obtenida tras Lisboa, momento en el que recibió su
personalidad jurídica propia, y en virtud de lo dispuesto por el artículo 192 apartado 1 del
Tratado de Funcionamiento, con el que la Unión Europea por sí misma ya es competente
para celebrar acuerdos internacionales y dar cumplimiento a las obligaciones que de ellos se
deriven, ha decido sumarse a la lista de miembros Parte de esta Convención sobre
comercio internacional de especies amenazadas de fauna y flora.
CITES, para todos conocida, es un importante instrumento internacional medioambiental
cuyo objetivo está en proteger a las especies amenazadas de fauna y flora mediante
controles en el comercio internacional de especímenes; hasta ahora eran ya 178 los países
Parte, entre los cuales están los 28 Estados miembro de la Unión Europea.
La incorporación de la Unión Europea es posible gracias a que el 29 de noviembre del año
2013 entró en vigor una enmienda interpuesta en 1983, en el marco de una Conferencia de
las Partes especial celebrada en Gaborone, (Botswana), la cual, modificando el artículo XXI
de la Convención permitía la adhesión no sólo a Estados sino también a «organizaciones de
integración económica regional constituidas por Estados soberanos con competencia para
negociar, concluir y hacer aplicar acuerdos internacionales relativos a materias que les hayan
sido remitidas por sus Estados miembros y que estén cubiertas por la Convención».
Esta adhesión resultó aprobada el pasado 16 de diciembre, pero la decisión no ha sido
publicada hasta este momento, siendo desde ahora cuando desplegará sus efectos
definitivos.
¿Qué supone la adhesión de la Unión Europea como Parte en CITES?
El marco de actuación no se verá afectado sino ampliado, pues esto permitirá a la Unión
participar como una Parte más en los trabajos de la Convención y la obligará jurídicamente
a aplicar y hacer cumplir los objetivos de la misma en asuntos propios de su competencia,
pero ello no restará ni funciones ni capacidad alguna a los Estados miembro Parte también
de la misma.
Entrada en vigor: 19 de marzo de 2015

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