El debilitamiento del concepto de autoridad en la sociedad moderna

AutorCristina López Sánchez
Cargo del AutorDoctora en Derecho. Universidad de Alicante

La autoridad paterna ha sufrido un declive importante en los últimos años, sin que ello haya supuesto una desaparición de los deberes y derechos que corresponden a los padres -o a los tutores o maestros, en su caso- en relación con los menores. Lo que sucede es que la autoridad que ahora ejercen los progenitores ha adquirido unos matices diferentes a los que imperaban en el momento en que se redactó el Código civil, matices más acordes con el tiempo en que vivimos1. Se ha pasado de una relación basada en el máximo respeto hacia la figura de los padres a otra en donde su potestad está siendo cuestionada y donde, además, la práctica diaria demuestra con claridad que el deber de vigilancia se diluye en la adolescencia y a medida que los hijos van cumpliendo años. La relación entre la vigilancia y la madurez es inversamente proporcional, en el sentido de que cuanto mayores son los hijos sometidos a patria potestad, menor es la vigilancia que los padres ejercitan sobre ellos.

Sin duda, el art. 1903 Cc encuentra su antecedente en una realidad histórica muy distinta de la actual, en la que las relaciones paterno filiales se fundaban en la idea de potestad-sujeción, y en ese contexto cobraba verdadero sentido la presunción de culpa de los padres. El menor de edad normalmente se hallaba bajo la vigilancia de alguno de sus progenitores -la mayor parte de las veces de la madre, que no trabajaba- y los hijos no disfrutaban de ninguna autonomía. Ahora bien, si paulatinamente se ha ido reivindicando una parcela de independencia a favor de la libertad de movimiento de cualquier menor que se encuentre próximo a la mayo- ría de edad, todo ello ha supuesto un cambio en los postulados iniciales que inspiraron la responsabilidad por hecho ajeno.

De ahí se deriva que si las reformas del Derecho de familia acaecidas en numerosos países durante los últimos años se han caracterizado por la reducción de los aspectos autoritarios de la potestad en relación con los hijos, deberían haber estado acompañadas de la modificación de las respectivas normas sobre la responsabilidad de los padres por los ilícitos cometidos por sus hijos menores2. Si a la circunstancia de que en la actualidad los padres no poseen suficiente poder de control sobre sus hijos se le une la transformación del concepto tradicional de la familia, el legislador debería hacerse cargo de todo ello y haber reflejado estas nuevas tendencias, como ya lo han hecho la doctrina y, aunque aisladamente, la...

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