El debilitamiento de la colegialidad en la organización pública del franquismo

AutorJulián Valero Torrijos
Páginas289-329

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1. La fundamentación política del régimen franquista como justificación del fortalecimiento de la unipersonalidad

El régimen político instaurado durante la Dictadura del General Franco constituye el punto de referencia histórico inmediato para el análisis de cualquier institución enmarcada en el sistema constitucional actual, hasta el punto de que, ciñéndonos al ámbito puramente organizativo, algunos de los problemas que planteaba el anterior modelo estatal todavía manifiestan sus efectos. En este sentido, la asunción pacífica de las estructuras organizativas anteriores como material primario de la reconstrucción operada a partir de 1978 ha supuesto la pervivencia de algunas de ellas más allá de la duración del propio sistema político en que se desarrollaron, si bien con la imprescindible adaptación que el cambio constitucional exigía, mutación que en algunas ocasiones se ha diferido casi veinte años.

Al igual que en anteriores períodos de nuestra Historia más inmediata, el que ahora nos corresponde analizar trae causa de la contienda bélica posterior al levantamiento del 18 de julio de 1936 y el consiguiente establecimiento de un régimen político de corte autoritario y personalista junto con una intensa inspiración militar. Estos parámetros justificarían la generalizada preponderancia de las estructuras monocráticas frente a las colegiadas en la asunción de las principales atribuciones, de manera que los órganos pluripersonales quedarían desplazados al ejercicio de funciones predominantemente consultivas y de asesoramiento no vinculante así como al ejercicio de una aparente representatividad de carácter esencialmente formal. En este sentido, aunque resulte preciso reconocer la progresiva institucionalización del sistema político analizado, especial-mente a partir de la Ley Orgánica del Estado de 1967, lo cierto es que su diseño organizativo se fundamentaría en el férreo control por parte del General Franco del nombramiento de las autoridades ejecutivas, que adoptarían prefe-289

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rentemente la planta unipersonal con el fin de facilitar la fiscalización de su actividad y garantizar la unidad ideológica y de acción que requería el sistema político al que servían. En consecuencia, como tendremos ocasión de demostrar pormenorizadamente, las ventajas que conlleva la colegialidad en orden a la confrontación de puntos de vista diversos y la maduración colectiva de las decisiones se convertirían en eficaces instrumentos al servicio de las autoridades unipersonales que, de esta manera, saldrían reforzadas en su configuración institucional.

En este sentido, el peculiar sistema de sufragio orgánico que se instaura conllevará el debilitamiento funcional de las Cortes y las Corporaciones Locales en relación con el modelo republicano anterior fundamentado en amplios criterios electivos, debilitándose en consecuencia los órganos pluripersonales en los que se manifestaba la participación ciudadana. Estos últimos quedarían sometidos a la superioridad de los órganos unipersonales -Jefe del Estado y del Gobierno, Gobernador Civil y Alcalde- a fin de garantizar eficazmente la continuidad de la línea jerárquica desde la cúspide de la organización pública hasta el último extremo del territorio estatal y mitigar los riesgos que conllevaría la presencia de estructuras colegiadas representativas para garantizar la efectiva unidad ideológica y política que requería el apuntalamiento institucional del Régimen. En efecto, la representación orgánica en torno a la cual se articularon tanto las Cortes como las Corporaciones Locales permitía controlar el sometimiento de estas estructuras a los planteamientos generales del sistema en que se integraban, debilitando su eventual cualificación para expresar las aspiraciones políticas de los ciudadanos.

Así pues, frente al precedente democrático republicano de 1931 donde las autoridades unipersonales se encuentran sometidas a las colegiadas representativas hasta el punto de corresponder a estas últimas su nombramiento, la concepción autoritaria y centralizada del poder en que se fundamenta el sistema franquista habría de determinar un desplazamiento del protagonismo institucional a favor de las figuras monocráticas a fin de garantizar tanto la unidad ideológico-política en la dirección como su transmisión eficaz y sin fisuras. De esta manera, inspirado en el modelo militar que tan bien conocía el Generalísimo, se consagraría un sistema organizativo de carácter activo articulado bajo forma piramidal y estructura unipersonal donde el vértice, ocupado por el Jefe del Estado, se habría de proyectar tanto materialmente a través de Ministros directamente sometidos en su nombramiento y ceses como territorialmente con los Gobernadores Civiles y los Alcaldes, correspondiendo a los órganos colegiados funciones de naturaleza preferentemente formal, consultiva y judicial. Estas mismas coordenadas se reproducirían en la configuración estructural del Movimiento Nacional, de manera que la organización estatal en sentido estricto se proyectaría en las instancias encargadas de velar por la pureza ideológica de las autoridades públicas: Jefatura Nacional, Secretaría General cuyo titular se integraría en el Gobierno, Jefaturas Provinciales y Jefaturas Locales, órganos unipersonales que se encontrarían arropados por estructuras colegiadas con funcio-

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nes primordialmente representativas, consultivas y de apoyo a los órganos monocráticos, conjunto presidido por estrechos vínculos jerárquicos entre estos últimos como exigencia de la unidad esencial al proyecto político de la Dictadura.

2. La consolidación de la unipersonalidad en el vértice superior de la organización estatal: la concentración de poderes en torno al jefe del estado
2.1. El carácter personalísimo, impreciso y absorbente de las funciones asumidas por el General Franco en los momentos iniciales del Régimen

La configuración de la Jefatura de Estado en la nueva organización pública correspondiente al sistema político instaurado a la finalización de la Guerra Civil supuso una importante quiebra de la línea evolutiva que, hasta entonces y con las importantes excepciones representadas por la Dictadura de Primo de Rivera y el sistema republicano de 1931, había sufrido la más alta magistratura de la organización pública a lo largo la etapa constitucional, caracterizada por la progresiva debilitación del Jefe del Estado y el consiguiente fortalecimiento del Gobierno como principal impulsor de las decisiones políticas y administrativas. En este sentido, el General Franco supo utilizar en su favor una serie de circunstancias que habrían de facilitar la concentración de todos los poderes del Estado en su persona, a la vez que...

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