Derechos y Deberes em el marco de la relación de empleado público

AutorAlberto Palomar Olmeda
Cargo del AutorMagistrado de lo Contencioso-Administrativo

Introducción.

La determinación de los derechos y deberes de los funcionarios públicos es uno de los elementos claves para identificar un modelo empleo. En el ordenamiento jurídico español esta determinación es, en el momento actual, ciertamente complejo porque deriva de menciones expresas en las distintas normas que se han citado junto a exigencias implícitas derivadas de exigencias que se marcan o determinan en el ámbito del régimen disciplinario.

Examinemos algunos de los factores más característicos de la misma.

4.1. Los derechos fundamentales y su conexión con las exigencias de la relación administrativa.

La concepción tradicional de la relación funcionarial sobre la base de la relación estatutaria y en su inclusión dentro de las relaciones de sujeción especial ha producido históricamente una dificultad: la capacidad de dicha relación de modular o limitar el contorno de los derechos de los funcionarios incluidos en su seno.

Esta limitación general fue aceptada tradicionalmente sin mayores dificultades ya que los esfuerzos doctrinales y jurisprudenciales se han limitado a construir garantías formales y materiales en la configuración de estas relaciones.

Es lo cierto que la introducción sucesiva en los Ordenamientos Jurídicos del papel de los Derechos fundamentales, la ratificación de diversos Textos Internacionales que configuran un acervo internacional sobre la materia y, finalmente, la incorporación al Texto Constitucional de 1978 con un papel ordinamental y horizontal ha hecho necesario el replanteamiento acrítico sobre esta cuestión y la necesidad de rebatir en torno a sí la mera presencia de una relación de sujeción especial puede ser el pretexto para una degradación del sistema hasta el punto de la negación de dichos derechos o, si por el contrario, su disfrute debe restringuirse únicamente en la medida única que el ejercicio pugne directamente con la causa justificativa del establecimiento de la relación.

Esta misma línea evolutiva puede encontrarse en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional que acepta inicialmente la exclusión y que, en el momento actual, conecta directamente las limitaciones con el fin público tutelado por la Administración al definir la relación de sujeción especial por oposición a las relaciones de sujeción general que corresponden y disciplinan al conjunto de los ciudadanos.

Derechos como la libertad de expresión, la de circulación, la de residencia, etc... sólo podrán ser limitados en la medida...

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